A pocos meses de que entren en vigencia las normas y los ajustes derivados de la reforma pensional, todavía existen ciertas dudas, por parte de los trabajadores, con respecto a cuáles serían los principales cambios que podrían venirse a futuro. Y es que las mujeres, por ejemplo, serían unas de las que mayores cambios tendrán con esta nueva reforma, por lo que es necesario tener claridades sobre lo que se vendría. De antemano debe tenerse claro que las mujeres ya no tendrán que trabajar las 1.300 semanas, como previamente estaba establecido, sino que una vez entrada en vigencia la reforma pensional deberán cotizar solo 1.000 semanas (en cuanto a las mujeres que pertenezcan al régimen de transición). (Lea también: Reforma pensional: ¿qué pasa si llego a la edad de pensión y no tengo las semanas?)"Por primera vez una reforma pensional tendrá enfoque de género. Por cada hijo o hija que tenga una mujer se le reducirán 50 semanas como requisito para pensionarse. Además, se incorpora la sentencia de la Corte Constitucional que reduce a 1.000 semanas la cotización a pensión de las mujeres", dijo en su momento el viceministro de Empleo y Pensiones del Ministerio del Trabajo, Iván Daniel Jaramillo.Además, aquellas mujeres que sean madres también contarán con un importante beneficio, pues en caso de que no logren cumplir con las semanas de pensión establecidas por la norma podrán reducir la exigencia de acuerdo con el número de hijos que tengan y con un máximo de tres.Así las cosas, por cada hijo que tengan las mujeres trabajadoras de Colombia se les reduciría en 50 número de semanas cotizadas exigidas con un máximo de hasta tres hijos. De esta manera, si una madre no logró cumplir con la exigencia de semanas establecidas por la ley (1.000 teniendo en cuenta el ajuste de la reforma pensional), pero cuenta con dos hijos, esta cuota exigida se reduciría a 900 semanas. Reforma pensional: estas serán las semanas exigidas para que las madres puedan pensionarseLas madres que cumplan la edad mínima para pensionarse y no hayan cumplido con las exigencias de semanas establecidas (1.000), podrán obtener una reducción de 50 semanas por cada hijo que tengan de la siguiente manera: "Como reconocimiento al trabajo no remunerado, a partir de la vigencia de esta ley, para las mujeres que cumplan la edad mínima para acceder a la pensión y no tengan las semanas establecidas en el componente de prima media del pilar contributivo, podrán obtener el beneficio de disminuir en cincuenta semanas por cada hijo(a) el número de semanas requeridas, hasta llegar a un mínimo de 850 semanas por un máximo de tres hijos(as)", se lee en el artículo 36 de la reforma.Con base en lo anterior, este sería el número de semanas cotizadas con el que deben cumplir, como mínimo, las madres en Colombia una vez aprobada la reforma pensional: Madres con un hijo: 950 semanas.Madres con dos hijos: 900 semanas. Madres con tres hijos o más: 850 semanas.
Antonio Sanguino se posesionó el martes 18 de febrero como nuevo ministro de Trabajo, remplazando a Gloria Inés Ramírez en el puesto. En el acto, el presidente Gustavo Petro le dijo que su labor será “colosal", porque tiene que “defender” las reformas pensional, ya aprobada y que estaría en revisión por parte de la Corte Constitucional, y la laboral, que entra a tercer debate en la Comisión Séptima del Senado.(Lea también: Así se está conformando el nuevo gabinete del presidente Gustavo Petro)El nuevo miembro del gabinete ministerial habló con Noticias Caracol sobre esas dos iniciativas del Gobierno y cómo espera que ambas prosperen.¿Qué dijo sobre la reforma pensional?Sobre esta ley ya aprobada, el ministro Sanguino dijo que “no sabemos si es cierto lo que se filtró en los medios en relación con la ponencia del magistrado Ibáñez. Ahora, una ponencia no es una sentencia, eso es muy importante que la gente lo sepa, porque no podemos dar por hecho que entonces se tumbó. Va a haber una discusión de tres cuatro semanas en la Corte Constitucional. Hay unas realidades. Nosotros, por ejemplo, ya publicamos el decreto, el más robusto de reglamentación de la reforma pensional. La gente se está pasando de los fondos privados a Colpensiones”.Sin embargo, precisó que si la revisión del alto tribunal “afecta la implementación de la reforma, vamos a afectar también incluso a los fondos privados, a su estabilidad y a su existencia misma”.Por eso se expresó confiado “en que la Corte Constitucional entienda que, además de los temas de funcionamiento del Congreso y de los debates, etcétera, pues a la Corte le corresponde también velar, ser guardián del concepto de Estado social de derecho. El presidente lo dijo muy bien ayer: el Estado de Derecho es distinto al Estado social de derecho de la Constitución del 91”.(Lea también: Por falta de quórum, suspenden de nuevo debate de reforma a la salud en Cámara de Representantes)Expectativas y cómo va a ser la defensa de la reforma laboralEl presidente Petro le pidió Antonio Sanguino “rescatar" esta iniciativa, “dado que el Congreso no está con el pueblo trabajador, que es la mayoría nacional, sino que representa intereses plutocráticos hasta este momento".Al respecto, el ministro de Trabajo recalcó que “la reforma va a mitad de camino. Se aprobó en Cámara, en Comisión Séptima y en plenaria. Llega a la Comisión Séptima del Senado y esperemos que prontamente, ojalá este mismo mes, arranquemos la discusión de la reforma laboral en la Comisión Séptima. Ya hay ponencia positiva radicada desde diciembre del año pasado y esperemos que las otras ponencias se radiquen y arranquemos la discusión”.Para Sanguino, “sí hay ambiente” para discutir la iniciativa. “Yo creo que, en general, en el Congreso, mayoritariamente hablando, hay la comprensión de que el país necesita actualizar sus normas laborales, de que esas normas laborales tienen que ser democráticas. Tienen que garantizar los derechos de los trabajadores, los derechos clásicos tradicionales de los trabajadores y los derechos de los nuevos trabajadores. Esta revolución tecnológica ha incorporado cambios en el mundo del trabajo. Los trabajadores de las plataformas tipo Rappi, por ejemplo, necesita ser regulado como lo han hecho otros países. Necesitamos también superar obstáculos, barreras de acceso al mundo laboral de los jóvenes. Nosotros tenemos 2,5 millones de ninis jóvenes, que ni estudian ni trabajan. Necesitamos formarlos e incorporarlos al mundo laboral. El tema de los aprendices del Sena es un tema muy importante en la reforma y necesitamos recuperar derechos que fueron desconocidos en los gobiernos anteriores que eran derechos adquiridos”, señaló.“Yo creo que este segundo momento del Gobierno es el momento de ejecutar, de poner en marcha y volver realidad muchas de las promesas anunciadas tanto en la campaña del presidente como en el Plan Nacional de Desarrollo. Este segundo momento es un momento de ejecución, es una gran responsabilidad y un gran desafío para la izquierda”, remarcó.(Lea también: Antonio Sanguino, nuevo ministro de Trabajo, a punto de ser llamado a juicio por presunta corrupción)SANDRA SORIANONOTICIAS CARACOL
La aprobada reforma pensional trae consigo una serie de cambios al sistema actual. Aquellos trabajadores que devenguen más de 2.3 salarios mínimos y estén ya afiliados a Colpensiones tienen plazo hasta este jueves, 16 de enero de 2025, para escoger una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), para que una parte de su cotización pensional sea destinada a una de estas entidades.Si usted percibe un salario mensual superior a $3.274.050 (2.3 salarios mínimos), debe tener en cuenta que ahora sus aportes se verán divididos en Colpensiones y en la ACCAI de su preferencia -entre Colfondos, Protección Skandia y Porvenir-, antes conocidas como Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas.¿Quiénes deben escoger una ACCAI?De acuerdo con Iván Daniel Jaramillo, viceministro de Empleo y Pensiones, los trabajadores que tienen plazo para escoger una ACCAI hasta el día de hoy deben cumplir con ciertas características estipuladas en la reforma pensional.“Las personas que deben escoger ACCAI son quienes ganan una cifra superior y cotizan por una cifra superior a $3.274.050, están afiliados a Colpensiones y no hacen parte del grupo beneficiario del régimen de transición: mujeres que tienen menos de 750 semanas y hombres que tienen menos de 900 semanas cotizadas con corte a 30 de junio del 2025. Eso es muy importante, porque el sistema entra en vigencia el primero de julio, entonces a la historia laboral que ustedes tienen a hoy deben agregarse las semanas correspondientes a lo que falta de enero a junio, -que son unas 26 semanas por los seis meses que restan-, para determinar si están en transición”, explicó Jaramillo.La reforma pensional aprobada entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2025. A partir de ese día, todos los cotizantes activos e inactivos que estén afiliados a Protección, Skandia, Colfondos y Porvenir serán trasladados a Colpensiones, independientemente del salario que devenguen.Los aportes pensionales que los trabajadores comienzan a depositar en Colpensiones a partir del 1 de julio de 2025 serán administrados por el Banco de la República. Mientras que el ahorro en las cuentas individuales previas al traslado de las AFP a Colpensiones continuará en poder del fondo privado al que la persona estaba afiliada, por lo menos hasta que cumpla los requisitos de pensión y Colpensiones pueda solicitar dichos aportes para definir el valor de la mesada pensional.¿Puede cambiarse de ACCAI en algún momento?Tal como se hacían los traslados de pensión entre fondos privados con la Ley 100, funcionarán ahora para efectuarse cambios entre las cuatro ACCAI en Colombia. Una vez que la persona que cotiza por un sueldo mayor a 2.3 salarios mínimos escoja la ACCAI de su preferencia, podrá cambiarse si desea hacerlo, cada seis meses.Para hacer el respectivo trámite, los cotizantes deben comunicarse con la ACCAI seleccionada y hacer el proceso de afiliación, que en su mayoría es virtual y rápido. Sin embargo, aquellos que perciben ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos mensuales y, pasado el 16 de enero, no eligieron una ACCAI, cederán este derecho al Gobierno, quien se encargará de asignar una ACCAI a estas personas de forma aleatoria.Paso a paso para afiliarse a una ACCAIAsofondos explica que estos son los pasos que debe seguir para elegir la ACCAI de su preferencia:Ingrese a la página web de cualquiera de las cuatro nuevas ACCAI (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia). También puede entrar al siguiente link en el que puede encontrar todas las opciones: www.asofondos.org.co/elige-tu-accai/.Compare la información de las cuatro ACCAI.Haga clic en la que más se ajusta a sus necesidades.Llene el formulario o haga clic en el botón para hablar con un asesor.Siga los pasos indicados y complete el proceso de selección.
Hasta este jueves, 16 de enero de 2025, los trabajadores en Colombia que devenguen más de 2.3 salarios mínimos, podrán elegir la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) de su preferencia para que una parte de su cotización pensional sea destinada a una de estas entidades, de acuerdo con los cambios que trae la reforma pensional.Según Asofondos, de aproximadamente 400.000 personas que deben hacer este cambio, cerca de 50.000 lo han hecho ya y faltan otras 350.000. Así que todavía hay un largo trecho para avanzar a un traslado total.Con la nueva normativa, las personas que estén en edad laboral activa o inactiva y que estén afiliadas a fondos de pensiones privados en Colombia serán trasladadas a Colpensiones. Esta administradora se encargará de manejar los aportes a pensión de todos los trabajadores del país.Para quienes devenguen más de 2.3 salarios mínimos, sus aportes se verán divididos en Colpensiones y en la ACCAI escogida por el afiliado -entre Colfondos, Protección Skandia y Porvenir-, antes conocidas como Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas.Así lo explicó el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán: “Colpensiones le mandó nota al correo electrónico o WhatsApp de 447.512 personas que son las que tienen que elegir una ACCAI hasta el 16 de enero, o posteriormente lo puede hacer la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, en caso de que el afiliado no alcance a hacer la selección de administradora)”.Si está afiliado a un fondo privado y gana más de 2,3 salarios mínimos, ¿debe elegir ACCAI?El plazo que va hasta el próximo 16 de enero de 2025 para elegir ACCAI solamente aplica para las personas que están afiliadas a Colpensiones y perciben más de 2,3 salarios mínimos, -es decir $3.274.050-. Si usted devenga este ingreso, pero actualmente hace parte de Protección, Skandia, Porvenir o Colfondos, “se queda ahí, es decir, que se queda en esa ACCAI y posteriormente decidirá si se traslada a otra ACCAI o no”, aclaró Dussán.Así las cosas, la única administradora de pensiones de Colombia será Colpensiones, que antes de la Ley 100 de 1993, era conocida como el Seguro Social.Si está afiliado a un fondo privado, ¿qué va a pasar con sus ahorros pensionales?La reforma pensional aprobada entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2025. A partir de ese día, todos los cotizantes activos e inactivos que estén afiliados a Protección, Skandia, Colfondos y Porvenir serán trasladados a Colpensiones, independientemente del salario que devengan.Así lo indicó el presidente de la administradora de pensiones pública: “(Quién esté afiliado a un fondo privado) se queda en el fondo privado de pensiones hasta el último día del mes de junio. A partir del primero de julio será afiliado a Colpensiones, sus ahorros quedarán en los fondos privados de pensiones y cuando cumpla la edad (de pensión); es decir, 57 años para las mujeres y 1.300 semanas cotizadas, y 62 años para los hombres y 1.300 semanas cotizadas, esos recursos se girarán a Colpensiones para pagar su pensión. Desde el primero de julio ahorrarán en Colpensiones”.Los aportes pensionales que los trabajadores comienzan a depositar en Colpensiones a partir del 1 de julio de 2025 serán administrados por el Banco de la República, con estrategias que, según Dussán, buscan mejorar la rentabilidad de los movimientos financieros en los que se invierte el dinero de los afiliados para que a largo plazo se optimicen los recursos y el cotizante pueda tener una mesada pensional más alta.Si elige una ACCAI ahora, ¿puede cambiarse a otra en algún momento?Tal como se hacían los traslados de pensión entre fondos privados con la Ley 100, funcionarán ahora para efectuarse cambios entre las cuatro ACCAI en Colombia. Según el presidente de Colpensiones, una vez la persona que cotiza por un sueldo mayor a 2.3 salarios mínimos escoja la ACCAI de su preferencia, podrá cambiarse si desea hacerlo, cada seis meses.“La gente se puede trasladar cada seis meses. Colpensiones ha notificado a la Superintendencia Financiera que, como manda la ley, vamos a construir una ACCAI; espero antes de finalizar el mes de abril tener construida la ACCAI de Colpensiones; entonces la gente podrá trasladarse”, subrayó Dussán.Con este anuncio, el presidente de Colpensiones aseguró que, adicional a las cuatro ACCAI aprobadas en Colombia -Skandia, Porvenir, Protección y Colfondos-, la administradora de pensiones del Estado estaría buscando convertirse también en ACCAI. Así las cosas, la entidad sería la única administradora de pensiones del país y, además, tendría la opción de gestionar los recursos adicionales de cotizantes con ingresos de más de 2,3 salarios mínimos.
Hasta el próximo jueves 16 de enero, aquellas personas que ganen más de 2,3 salarios mínimos (3,2 millones de pesos mensuales) tienen plazo para elegir una de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), donde percibirán parte de sus aportes para la pensión. Las administradoras disponibles son los siguientes fondos privados de pensiones: Colfondos, Porvenir, Skandia y Protección. Si los ciudadanos que deben hacer esta diligencia no la realizan antes del plazo mencionado, el Gobierno Nacional será el encargado de elegir a qué entidad se inscribirán. (Lea también: Pensión en Colombia: ¿Qué pasa si gana más de 2,3 SMMLV y no elige una ACCAI antes de este jueves?).Los expertos han recomendado, además, que las personas evalúen los beneficios de cada oferente para tomar la decisión que más les convenga. Desde el 1 de julio, las cotizaciones por encima de 2,3 salarios mínimos se destinarán a las ACCAI.Esto quiere decir que las cotizaciones históricas y futuras por debajo del umbral irán a Colpensiones. Por otro lado, los ahorros de los trabajadores hasta el 30 de junio de 2025 seguirán siendo administrados por los fondos privados hasta que el trabajador se pensione."Los fondos continuarán comunicándose con todos los afiliados, tanto los antiguos como los nuevos, detallando claramente cuánto se ahorró en el pasado, qué parte se destinó a una bolsa y qué parte a la otra, así como la cotización del flujo, entre otros aspectos. Esto se debe a que la ley establece la obligación de que todos los fondos envíen extractos mensuales a sus afiliados", explicó Mauricio Velasco, presidente de Asofondos.¿Cómo inscribirse a las ACCAI?Asofondos explica que estos son los pasos que debe seguir para elegir el ACCAI:Ingrese a la página web cualquiera de las cuatro nuevas ACCAI (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia). También puede entrar al siguiente link en el que puede encontrar todas las opciones: www.asofondos.org.co/elige-tu-accai/.Compare la información de las cuatro ACCAI.Haga clic en la que más se ajusta a sus necesidades.Llene el formulario o haga clic en el botón para hablar con un asesorSiga los pasos indicados y complete el proceso de selección.(Lea también: Reforma pensional: ¿todos entrarán al nuevo régimen o quiénes quedarán en el actual?).¿Quiénes no deben hacer este cambio? Quienes se encuentren en régimen de transición no deberán hacer algún cambio y su pensión se seguirá rigiendo con la ley 100, la cual reglamentaba el sistema previo a la implementación de estas nuevas modificaciones."La elección de las ACCAI, el nuevo sistema, está dirigida a las personas que no forman parte del régimen de transición, es decir, a los empleados formales jóvenes que aún no han acumulado las semanas necesarias", explicó el presidente de Asofondos en Noticias Caracol.En ese sentido, la reforma pensional aplica para las mujeres con menos de 750 semanas y los hombres con menos de 900 semanas cotizadas.Además, la reforma abre una ventana de oportunidad de traslado para hombres mayores de 52 años y mujeres mayores de 47 años que deseen cambiar de régimen. Esta estará abierta hasta el 16 de julio de 2026, permitiendo a los colombianos tomar decisiones informadas sobre su futuro pensional.
Producto de la reforma pensional aprobada, dentro de pocos meses gran parte de los colombianos tendrán un cambio significativo con sus aportes, pues aquellos que ganen menos de 2,3 salarios mínimos mensuales empezarán a cotizar su pensión en Colpensiones y los que reciban mayores ingresos a este tope deberán escoger una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) para gestionar sus aportes adicionales. Aunque el trámite de traslado para el primer grupo (ingresos menores a 2,3 SMMLV) no requiere de procesos adicionales, quienes cotizan sobre un salario mayor a los 3.274.050 de pesos mensuales tendrán que decidir, antes del próximo jueves 16 de enero, cuál será la ACCAI en la que gestionará el porcentaje respectivo a sus aportes adicionales para su pensión. A los trabajadores con salarios superiores a los 3.274.050 de pesos mensuales, entonces, les quedan solo cuatro días para decidirse por una administradora, entre las que se encuentran Colfondos, Porvenir, Skandia y Protección. Expertos han recomendado que quienes deban hacer esta diligencia evalúen los beneficios de cada oferente para tomar la decisión que más les convenga. Para hacer el respectivo trámite, los cotizantes deben acceder a la página web de la entidad de su ACCAI seleccionada y diligenciar los formularios correspondientes. No obstante, aquellos que reciben más de 2,3 salarios mínimos mensuales y, pasado el 16 de enero no eligieron una ACCAI, cederán este derecho al Gobierno, el cual decidirá la ACCAI por ellos. Es necesario tener en cuenta que, como con todos los cambios de esta reforma, quienes se encuentren en régimen de transición no deberán hacer algún cambio y su pensión se seguirá rigiendo con la Ley 100 de 1993, la cual reglamentaba el sistema previo a la implementación de estos nuevos cambios. "La elección de las ACCAI, el nuevo sistema, está dirigida a las personas que no forman parte del régimen de transición, es decir, a los empleados formales jóvenes que aún no han acumulado las semanas necesarias", explicó el presidente de Asofondos en Noticias Caracol. Reforma pensional: quiénes hacen parte del régimen de transiciónLas personas que hacen parte del régimen de transición, y a quienes no les aplicarán los ajustes de la reforma pensional —incluida su vinculación a una ACCAI— son aquellas que, con corte al próximo primero de julio de 2025 cumplen con las siguientes condiciones: Mujeres: cuentan con 750 o más semanas cotizadas.Hombres: cuentan con 900 o más semanas cotizadas.
La reforma pensional propuesta por el gobierno de Gustavo Petro ha sido un tema central de debate en los últimos meses, marcando una de las primeras grandes victorias del gobierno en el Congreso con su aprobación. Este proyecto ha generado un fuerte interés en la ciudadanía, que se plantea diversas dudas sobre su impacto. Para aclarar estos puntos, Noticias Caracol en vivo entrevistó a Mauricio Velasco, presidente de Asofondos, quien explicó las implicaciones de la nueva normativa.Una de las modificaciones más relevantes es la creación de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), encargadas de gestionar una porción de los ahorros pensionales de los colombianos. Velasco detalló que aquellas personas que perciben más de 2,3 salarios mínimos deberán elegir una de estas entidades antes del 16 de enero de 2025. Este cambio afectará a quienes tienen un ingreso cercano a los 3,2 millones de pesos mensuales.(Lea también: Reforma pensional: ¿todos entrarán al nuevo régimen o quiénes quedarán en el actual?)Cambios en la cotización a partir de julio de 2025A partir del 1 de julio de 2025, todos los colombianos continuarán cotizando el 16% de sus ingresos a Colpensiones. Sin embargo, aquellos que perciban más de 2,3 salarios mínimos deberán aportar un 16% adicional a las ACCAI. La medida tiene como objetivo mejorar la gestión de los fondos de pensiones y garantizar una mayor rentabilidad para los ahorros de los trabajadores.Actualmente, los empleados aportan el 12% de su salario a Colpensiones, mientras que el empleador contribuye con el 4% restante. En el caso de los trabajadores independientes, ellos mismos deben asumir el 16% completo. Este esquema no sufrirá modificaciones con la nueva reforma. Sin embargo, aquellos con ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos deberán dividir sus aportes entre Colpensiones y las ACCAI.La reforma también define que las cotizaciones, tanto históricas como futuras, por debajo de 2,3 salarios mínimos, se destinarán a Colpensiones. En cambio, las contribuciones por encima de este umbral se transferirán a las ACCAI. Con esto, se busca garantizar una pensión básica mediante Colpensiones y una renta adicional a través de las ACCAI.Aunque la transición al nuevo sistema puede parecer complicada, Velasco aseguró que se han implementado medidas para facilitarla. Las actuales administradoras de fondos de pensiones (AFP) seguirán recibiendo cotizaciones hasta el 30 de junio de 2025. Desde el 1 de julio, las cotizaciones por encima de 2,3 salarios mínimos se destinarán a las ACCAI. Los trabajadores deben inscribirse en una de las cuatro ACCAI habilitadas (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia) antes del 16 de enero de 2025 para evitar que el gobierno elija por ellos. Cómo se aplicará la transición y elección de las ACCAILa reforma también introduce un régimen de transición para aquellos que ya han acumulado un número significativo de semanas cotizadas. Las mujeres con menos de 750 semanas y los hombres con menos de 900 semanas cotizadas podrán optar por el nuevo sistema. "La elección de las ACCAI, el nuevo sistema, está dirigida a las personas que no forman parte del régimen de transición, es decir, a los empleados formales jóvenes que aún no han acumulado las semanas necesarias", explica el presidente de Asofondos. En cambio, quienes ya han superado ese número de semanas continuarán con el sistema actual y permanecerán bajo las reglas de la Ley 100.Además, la reforma abre una ventana de oportunidad de traslado para hombres mayores de 52 años y mujeres mayores de 47 años que deseen cambiar de régimen. Esta estará abierta hasta el 16 de julio de 2026, permitiendo a los colombianos tomar decisiones informadas sobre su futuro pensional.¿Qué sucede con los ahorros actuales?Los ahorros acumulados en los fondos privados hasta el 30 de junio de 2025 seguirán siendo administrados por las AFP hasta que el trabajador se pensione. Las cotizaciones históricas y futuras por debajo de 2.3 salarios mínimos irán a Colpensiones, que pagará la pensión básica más o menos el 65%, que son al rededor de $2.200.000. Los ahorros por encima de este umbral se utilizarán para generar una renta vitalicia complementaria.Mauricio Velasco, aclara: "Los fondos continuarán comunicándose con todos los afiliados, tanto los antiguos como los nuevos, detallando claramente cuánto se ahorró en el pasado, qué parte se destinó a una bolsa y qué parte a la otra, así como la cotización del flujo, entre otros aspectos. Esto se debe a que la ley establece la obligación de que todos los fondos envíen extractos mensuales a sus afiliados".(Lea también: Reforma pensional: conozca quiénes deberán pagar más en la cotización a pensión)Proceso de inscripción y asesoríaPara inscribirse en una ACCAI, los trabajadores deben visitar las páginas web de las cuatro entidades habilitadas o la de Asofondos. El proceso es gratuito y rápido, y se recomienda hacerlo antes del 16 de enero. Además, aquellos que entren en el régimen de transición deben aprovechar la doble asesoría para tomar decisiones informadas sobre su futuro pensional.
Con el 2025 llegaron también nuevos ajustes alrededor del sistema de jubilaciones en Colombia, pues la ya aprobada reforma pensional establece ciertos requisitos para aquellas personas que tienen el derecho de recibir la pensión de una persona fallecida. Esta serie de ajustes, que fueron aprobados por el Congreso de la República durante 2024, empezarán a regir a partir del segundo semestre de 2025, es decir que los interesados deben tener claridad antes de julio del presente año para saber qué podría pasar con la pensión de un fallecido.(Lea también: Procuraduría le pide a la Corte Constitucional tumbar la reforma pensional)Así las cosas, las personas que podrán aplicar al título de beneficiarios de una pensión a partir de julio de 2025, acorde con lo aprobado por la reforma pensional propuesta por el gobierno de Gustavo Petro son aquellas que cumplan con los siguientes requisitos: Ser pareja permanente (que haya vivido por cinco años o más) o cónyuge del fallecido.Ser hijo menor de 18 años de la persona fallecida.Ser hijo de entre 18 y 25 años con dependencia económica e incapacidad para trabajar por su condición de estudiante.Hijos del fallecido en condición de invalidez. Hermanos que dependan económicamente del pensionado fallecido y que cuenten con condición de invalidez.Hermanos menores de edad del pensionado fallecido que dependan económicamente del mismo.Progenitores del pensionado fallecido que dependan económicamente del mismo.Tal como fue aprobada la reforma, aquellas personas que cumplan con uno o varios de estos requisitos tienen el derecho de recibir el 100% de la pensión de la que gozaba la persona que murió y contaba con este ingreso. Reforma pensional: ¿quiénes harán parte del nuevo sistema pensional?Una vez aprobada la reforma pensional se conoció que aquellos colombianos que no tengan más de 900 semanas cotizadas en el caso de los hombres, y 750 en el caso de las mujeres, harán parte del nuevo sistema pensional. Para saber cuántas semanas cotizadas tiene, ya sea en Colpensiones o fondos privados, consulte en las páginas de esas entidades. Si no cumple con los requisitos mínimos de semanas cotizadas, deberán acogerse al nuevo sistema de pilares de la reforma pensional promovida por el gobierno Petro. Según Asofondos, aproximadamente el 60% de los colombianos no alcanza las 300 semanas cotizadas, lo que implica que una gran parte de la población entrará automáticamente en el nuevo sistema.
La congresista Catherine Juvinao aseguró que tiene pruebas para demostrar que, por culpa del mismo Gobierno del presidente Gustavo Petro, la reforma pensional estaría a punto de hundirse.>>> Vea más: Reforma pensional: ¿todos entrarán al nuevo régimen o quiénes quedarán en el actual?Juvinao, a través de su cuenta de X, publicó una serie de fotografías con unos documentos que hacen parte de lo que se iba discutir en la reforma pensional.Lo que ha señalado la congresista es que el mismo Gobierno engavetó el proyecto y por eso no se pudo dar la discusión el 14 de junio en la Cámara de Representantes y, por lo tanto, no se cumplió con la ley de publicidad."El Gobierno está fraguando un autogolpe"Catherine Juvinao, en entrevista con Noticias Caracol en vivo, dijo que “el Gobierno Nacional está fraguando un autogolpe. No existe el tal golpe blando, quizá lo que sí existe es un autogolpe, en la medida en que el Gobierno decidió, de forma deliberada y a mi juicio malintencionada, abstenerse de entregarnos una copia impresa de la ponencia de Senado, el día que se aprobó la reforma pensional en la Cámara”.¿Qué ordenó el exministro Luis Fernando Velasco?La representante denunció que el día que se iba a debatir la reforma en la Cámara, “el Gobierno imprimió las copias, se gastó un millón de pesos ese día, mandando imprimir las ponencias de Senado, y, por alguna razón misteriosa, recibieron una llamada de arriba y el exministro del Interior Luis Fernando Velasco ordenó que no se nos entregaran esas copias en físico, aún teniéndolas guardadas en un cuarto atrás del recinto elíptico de la Cámara de Representantes, que son las fotos que la gente está viendo”.Catherine Juvinao sostuvo que “con esto, el Gobierno hizo fue viciar el proyecto. De manera que es absolutamente absurdo, es inconsistente, es temerario y es irresponsable llamar a la gente a incendiar las calles, manipulándola y engañándola, haciéndole creer que hay que salir a marchar contra la Corte Constitucional porque la corte va a tumbar la reforma, como parte de un golpe blando, cuando fue el mismo Gobierno que, adrede y de manera deliberada, calculada y premeditada, decidió viciar su propia reforma”.>>> Le puede interesar: Beneficios de la reforma pensional para quienes buscan un traslado de fondo de pensión
En Colombia, pensionarse a una edad temprana es un tema de gran interés. Aunque la edad estándar de jubilación es de 62 años para los hombres y 57 para las mujeres, existen excepciones que permiten pensionarse a los 50 años.La ley 2381 de 2024, sancionada el 16 de julio de ese año, establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte, conocido como la reforma pensional del Gobierno de Petro. Esto entrará en vigor el 1 de julio de 2025 y tiene como objetivo proteger contra las contingencias de vejez, invalidez y muerte, mediante un sistema basado en los principios de universalidad, solidaridad y eficiencia. Sin embargo, algunos cambios comenzarán a aplicarse desde el primer mes del año.Requisitos para pensionarse a los 50 añosEsta ley ha introducido modificaciones significativas, especialmente para las mujeres que tengan 50 años. Entre las novedades, se encuentra la reducción del número de semanas cotizadas requeridas. A partir del 1 de enero de 2025, el requisito mínimo de semanas se reducirán hasta llegar a 1.000, con una disminución de 25 semanas cada año hasta el 2036, reconociendo el trabajo no remunerado realizado y proporcionando un alivio gradual para las trabajadoras. Además, se permitirá una reducción de 50 semanas por cada hijo, lo que permitirá que una madre con máximo tres hijos alcance un mínimo de 850 semanas de cotización.Pilares para pensionarse a los 50 años en 2025, especialmente para las mujeresEl sistema está estructurado en varios pilares:Pilar solidario: dirigido a personas en condición de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad, garantizando una renta básica solidaria. Pilar semicontributivo: para quienes no alcancen las semanas cotizadas necesarias para pensionarse, ofreciendo una renta vitalicia. Pilar contributivo: para todos los que cotizan en el sistema pensional actual. Pilar de ahorro voluntario: para quienes exceden los ingresos de la prima media, manejado por fondos privados. Asimismo, a partir de 2025, con la nueva ley, los hombres que cumplan 55 años y soliciten una pensión anticipada por invalidez podrán recibirla si padecen una deficiencia física, psíquica o sensorial del 50% o más, y han cotizado al menos 1.000 semanas en el sistema de protección social integral para la vejez, de manera continua o discontinua. Esta disposición también se aplicará a las mujeres a partir de 50 años.Así se disminuirán las 25 semanas cotizadas cada añoAñoSemanas20251.27520261.25020271.22520281.20020291.17520301.15020311.12520321.10020331.07520341.05020351.02520361.000¿Cuántas personas en el país acceden a una pensión?En Colombia, el sistema de pensiones cubre a una parte significativa de la población. Según datos recientes, aproximadamente 1.641.074 personas están pensionadas a través de Colpensiones. De este total, el 57% son mujeres y el 43% son hombres. Además, los fondos privados de pensiones cuentan con alrededor de 260.000 pensionados.>>> Para conocer más información acerca de esta nueva reforma clic aquí
El proceso legislativo ha dado un paso significativo en Colombia relacionado a la herencia de pensiones tras el fallecimiento de un individuo. Una de las disposiciones clave del proyecto de ley en curso, pendiente de debates en la Cámara de Representantes, se ha centrado en quiénes tendrán derecho a recibir la pensión de un difunto en el país.>> La nueva polémica que envuelve a la reforma pensional: ¿cómo debería quedar el umbral?Según la reciente propuesta aprobada en la plenaria del Senado, en primer lugar, busca garantizar la continuidad de los beneficios de los ahorros de los trabajadores colombianos dentro del marco del nuevo sistema de jubilación pensional. Entre las más destacadas se encuentra la asignación de la pensión de forma vitalicia en primer lugar al cónyuge o compañero permanente sobreviviente de la persona fallecida.Sin embargo, hay que considerar que la asignación estaría condicionada a la edad del compañero permanente, establecido en los 30 años. Ahora bien, si el cónyuge tiene menos de la edad estipulada, podrá acceder a la pensión siempre y cuando no hayan tenido hijos.Ahora bien, es importante resaltar que, para ser elegido beneficiario, la persona o compañero permanente deberá demostrar que vivió por más de 5 años continuos con la persona fallecida.>> Procuraduría criticó la reforma pensional y señaló que "Colpensiones no está preparada"Otras personas que pueden acceder a la pensión de un fallecido en ColombiaHijosMenores de 18 años: tienen derecho a la pensión de sobrevivientes hasta cumplir la mayoría de edad. Mayores de 18 años y hasta los 25 años: pueden acceder a la pensión si se encuentran estudiando y dependían económicamente del causante al momento de su muerte. Deben acreditar su condición de estudiantes. Inválidos: tienen derecho a la pensión mientras subsistan las condiciones de invalidez. En ausencia de cónyuge, compañero permanente e hijosPadres del causante: si los padres del causante dependían económicamente de él, pueden ser beneficiarios de la pensión. HermanosInválidos: si los hermanos del causante dependían económicamente de él y presentan invalidez, pueden recibir la pensión. Menores de edad: si los hermanos del causante dependían económicamente de él y son menores de edad, a falta de padre y madre, pueden ser beneficiarios de la pensión.
Miles de personas que están a pocos años de pensionarse pueden desde hoy trasladarse de Colpensiones a un fondo privado o viceversa, según les convenga más. ¿Cómo saber cuál es la mejor decisión para cada cotizante de pensión?>>> También puede leer: Reforma pensional: ¿cómo puede trasladarse de fondo privado a Colpensiones?Para resolver esta y otras inquietudes sobre los traslados de fondos de pensiones con la nueva reforma, llegó a esta edición de Signo Pesos, Andrés Velasco, el nuevo presidente de Asofondos.Andrés Velasco explicó que “la reforma pensional da la posibilidad a un grupo de personas, a las mujeres que hayan completado más de 750 semanas de cotización o a los hombres que hayan completado más de 900 semanas de cotización, de acceder a un régimen de transición”.En este escenario, el presidente de Asofondos habló del paso a paso para aquellos que deseen aplicar al beneficio y trasladarse de fondo de pensiones.“Lo que hay que hacer en ese caso es llamar a un fondo, pedir la doble asesoría gratuita, tomar una decisión de qué es lo que más conviene para cada uno de los casos y solicitar el traslado”, señaló Velasco.>>> También puede leer: Abecé de la reforma pensional: ¿quiénes quedan cobijados por el nuevo régimen?
La senadora de la bancada por el Centro Democrático Paloma Valencia, impuso una demanda contra la reforma pensional del Gobierno del presidente Gustavo Petro ante la Corte Constitucional.>>> Vea más: Gobierno Petro anuncia nueva reforma a la salud, pero no ha logrado acuerdos con las EPSLa funcionaria afirmó en Noticias Caracol en vivo que “Colombia sí necesita una reforma pensional y creo que la del presidente Petro, si él se hubiera dejado dirigir por los expertos, manteniendo el umbral entre 1 o 1.5, tendríamos una reforma que le serviría a Colombia, pero como quedó es una reforma que tiene huecos y hará que mucha plata se pierda. Además, le generará una deuda impagable a los niños que están por nacer”.Valencia indicó que “los estudios muestran que, para el 2045, los jóvenes de ese momento van a tener que sacar 30% adicional a sus ingresos, en promedio, para poder sostener un sistema que no está atendiendo a los que está haciendo el mundo. Entonces, como la reforma es inconveniente en muchos de esos aspectos, decidimos demandarla”.Para la opositora “la falla más protuberante de esta reforma es que violó el principio democrático, el principio de participación, la libertad que tienen los congresistas de proponer, de opinar y de sacar adelante lo que consideren sobre un proyecto”.Paloma Valencia espera que “la Corte Constitucional logre fallar antes de que esta norma entre en vigencia, porque yo creo que aquí hay tiempo para sacar una reforma realmente bien hecha, una reforma que le responda a los colombianos las necesidades, que no nos devuelva a métodos donde vamos a tener que depender de los jóvenes que cada vez son menos y que tienen menos hijos”.Paloma Valencia dice que el Gobierno Petro les paga a influenciadores 200 millones al añoLa senadora del Centro Democrático Paloma Valencia aseguró que el Gobierno del presidente Gustavo Petro les paga 200 millones de pesos al año a influenciadores.“El Gobierno lo que tiene es que reducir tantos gastos y salarios a influencers, a los que les está pagando 200 millones de pesos al año y más bien dedicarse a atender al adulto mayor pobre”, mencionó Valencia, respecto a su demanda interpuesta ante la Corte Constitucional.Le puede interesar: Razones por las que la Corte Constitucional tumbó la reforma al Código Electoral
Este miércoles, 14 de agosto de 2024, la Corte Constitucional admitió la primera demanda contra la reforma pensional, presentada por la senadora Paloma Susana Valencia Laserna, y se dio inicio al estudio de la misma.>>> También le puede interesar: Ministro Cristo insiste en que no está de acuerdo en revivir la reelección presidencialEl magistrado ponente Jorge Enrique Ibáñez le ordenó al Congreso la entrega de las ponencias, los textos aprobados y la grabación de video de las discusiones sobre la reforma pensional.¿Qué sustenta la demanda contra la reforma pensional?La demanda presentada por Valencia asegura que la reforma pensional es inconstitucional, porque hubo carencia de debate y se aprobó en el Senado sin deliberación.>>> También puede leer: ¿Por qué Dilian Francisca Toro no asistió al debate de control político en su contra?
Lea esto: aunque la reforma pensional empezará a regir en julio de 2025, hay un artículo que aplica desde ya. Con este se permite hacer traslados entre los fondos privados y Colpensiones para personas que están a pocos años de pensionarse.“Me gustaría pasarme a Colpensiones, pero me han dicho que no por mi edad y por los requisitos que piden”, dijo Jhon Jairo Muñoz, habitante de Bogotá.Si usted está en la misma condición que este ciudadano, pilas, que con la nueva reforma pensional las personas tienen ahora la posibilidad de pasarse de un fondo privado a Colpensiones o viceversa, sin necesidad de demanda y así le falten menos de 10 años para llegar a la edad de pensión.“Las personas que están a menos de 10 años para cumplir la edad mínima de pensión tienen régimen de transición, es decir, hombres con 900 semanas y mujeres con 750, pueden trasladarse de régimen correspondiente sin necesidad de iniciar un proceso judicial con el que venimos en este momento”, señaló Juliana Morad, directora del departamento de Derecho Laboral de la Universidad Javeriana.La nueva ley establece un periodo de tiempo que comienza esta semana, para efectuar el traslado. “Tenemos dos años para tomar la decisión por única vez de cambiarse de régimen y, para poder hacer esa determinación, debe atenderse una doble asesoría que dará Colpensiones y la AFP. Una vez surtida la doble asesoría, se podrá hacer el traslado efectivo", explicó Miguel Lagarcha, presidente de Porvenir.¿Qué pasará con esos traslados si la Corte Constitucional falla en contra de la reforma pensional?El problema es que ya hay 15 demandas en la Corte Constitucional contra la reforma pensional. La duda que surge es si los traslados que se hagan quedan en firme, en caso de que la reforma tenga un fallo en contra por parte del alto tribunal.“Depende de lo que establezca la Corte Constitucional en la parte resolutiva de la sentencia. La misma Corte establece el tiempo de entrada o los efectos más bien de la misma, la cual puede decir ‘no se afectan situaciones consolidadas antes de la sentencia y solo aplica para situaciones que se empiezan a consolidar después’”, acotó la especialista.Morad aconseja que las personas que están adelantando procesos judiciales para lograr ese traslado continúen con este trámite. Al año 106.000 personas logran trasladarse de régimen pensional mediante tutela o demanda.
Esta semana el presidente Gustavo Petro sancionó la reforma pensional, sin embargo, para muchos los detalles de esta no son comprendidos a cabalidad. Es por ello que los fondos privados de pensiones comenzaron una serie de estrategias pedagógicas para explicarles a los cotizantes los cambios que se vienen para el sistema.>>> Le recomendamos: Reforma pensional en Colombia es un hecho: ¿qué cambios traerá para los trabajadores?En esta entrega, Miguel Largacha, presidente de Porvenir, aclara a la audiencia de Signo Pesos algunas de las dudas generales relacionadas con el régimen de transición, tiempos de aplicación y los cambios generales que traerá la nueva ley para los trabajadores cotizantes."Es muy importante la creación y la consolidación de la cultura de ahorro en Colombia. Todos debemos ahorrar para el futuro pensional, para tener esa tranquilidad financiera en la tercera etapa de la vida", enfatizó Lagarcha.>>> Puede interesarle: Conozca en qué fondo de pensiones se encuentra afiliado: paso a paso
La reforma pensional ha recibido hasta el momento 14 demandas radicadas ante la Corte Constitucional porque no coinciden los textos de Senado y Cámara, por violar el principio de deliberación, pues no se dio el debate suficiente, y violar el principio de publicidad.>>> También le puede interesar: Andrés Forero sobre Ricardo Bonilla: “No tiene presentación que siga siendo ministro”Gran parte de las demandas han sido de particulares, pero también provienen de la oposición, o sea, del Centro Democrático.¿Qué medida tomará la Corte Constitucional?La Corte Constitucional va a estudiar cada una de esas demandas para determinar si cumplen los requisitos, además de cuáles son admitidas y cuáles no.¿Qué cambios traerá para los trabajadores la reforma pensional?Andrés Felipe Izquierdo, gerente de Integral Soluciones Pensionales, despejó algunas dudas generales que se tienen sobre la reforma pensional y qué se viene para los más de 26 millones de cotizantes del país."El país y el Gobierno tienen que hacer una profunda pedagogía de cara al ciudadano. El presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, parece que no ha terminado de entender la reforma", señaló.Vea en este link todas las explicaciones del experto.Presidente Gustavo Petro explica firma de reforma pensionalA través de su cuenta en la red social X, el presidente Gustavo Petro recordó cuáles fueron sus "palabras en la firma de la reforma pensional".>>> También puede leer: Colombia Mayor 2024: confirman fecha de pagos del séptimo ciclo
Este martes, 16 de julio de 2024, en un acto público con decenas de abuelos en la Plaza de Bolívar, el presidente de Colombia, Gustavo Petro, firmó la reforma pensional, uno de los más grandes proyectos de su gobierno.>>> Le recomendamos: Conozca en qué fondo de pensiones se encuentra afiliado: paso a pasoEn esta entrega de Signo Pesos, Andrés Felipe Izquierdo, gerente de Integral Soluciones Pensionales, explica las dudas generales que se tienen sobre la reforma pensional."El país y el Gobierno tienen que hacer una profunda pedagogía de cara al ciudadano... hoy el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán, salió a medios de comunicación y su exposición solo da cuenta de que no ha terminado de entender la reforma", señaló.>>> Puede interesarle: Reforma pensional: ¿todos los adultos mayores recibirán subsidio de $223.000?
Afiliarse al fondo de pensiones es crucial para garantizar un futuro financiero estable. Sin embargo, muchas personas desconocen en cuál se encuentran afiliados. En este artículo le brindaremos una guía completa para que pueda identificarlo de manera sencilla y rápida.>>> Con reforma pensional, ¿quienes estén a punto de jubilarse podrán cambiarse de fondo?Los fondos de pensiones en ColombiaSon entidades financieras encargadas de administrar los aportes obligatorios que realizan los trabajadores para su futura pensión de jubilación. Estos aportes, junto con lo rendimiento generados durante el tiempo, conforman el ahorro previsional del afiliado.¿Cuál es la importancia de conocer el fondo de pensiones al que se encuentra filiado?Conocer el fondo de pensiones le permite:Recibir información precisa sobre su plan de pensiones: cada fondo tiene planes con características y beneficios específicos. Estar informado le permite tomar decisiones acertadas sobre su futuro. Realizar trámites y consultas de manera eficiente: saber a qué fondo dirigirse facilita la gestión de trámites como solicitudes de retiros parciales, actualización de datos o cambios en su plan. Ejercer su derecho a la información: como afiliado, tiene derecho a conocer el estado de su cuenta, los rendimientos generados y las comisiones cobradas. ¿Cómo saber a qué fondo de pensiones está afiliado?Existen dos métodos que puede ayudar a conocer la información:>>> Reforma pensional: conozca quiénes deberán pagar más en la cotización a pensiónA través del Registro Único de Afiliados (RUAF)Paso 1: ingrese al portal web del sistema de información de pensiones y riesgos laborales (SISPRO): https://ruaf.Sispro.Gov.Co/afiliadospensionados.Aspx Paso 2: diríjase a la sección "consulta ciudadana". Paso 3: seleccione la opción "registro detallado" y acepte las condiciones. Paso 4: ingrese su número de cédula y la fecha de expedición. Paso 5: el sistema le mostrará a qué fondo de pensiones está afiliado. Consultando directamente con su empleadorPaso 1: presente una solicitud formal indicando que desea conocer su fondo de pensiones. Paso 2: la empresa le proporcionará la información correspondiente. ¿En qué otro lugar puede encontrar información sobre su fondo de pensiones?Página web del fondo de pensiones: la mayoría de los fondos de pensiones cuentan con una página web donde puede consultar información sobre su plan, realizar trámites y acceder a otros servicios. Línea de atención al cliente del fondo de pensiones: puede comunicarse con la línea de atención al cliente del fondo para obtener información y asistencia personalizada. Recomendaciones adicionalesConserve sus extractos de nómina: en estos documentos puede figurar el nombre del fondo de pensiones al que se realizan sus aportes. Esté atento a las comunicaciones del fondo de pensiones: el fondo le enviará información relevante sobre su plan, cambios en las condiciones o nuevos servicios disponibles.
En un acto público, frente a decenas de personas de la tercera edad, el presidente Gustavo Petro firmó este 16 de julio la reforma pensional, esto en la Plaza de Bolívar, en el corazón de Bogotá.>>> Lea, además: ¿Reforma pensional podría caerse en la Corte Constitucional? Experta respondenSe calcula que son cerca de 400 o 500 abuelos que se sentaron en el sitio desde las 9:00 a.m. con la expectativa de que se firmara a reforma pensional.La reforma pensional entrará en vigencia el 1 de julio de 2025Algunos abuelos han manifestado tener dudas sobre lo que ellos denominan una ayuda económica, esto sobre la renta solidaria que les va a entregar 225.000 pesos a más de 2 millones de personas mayores que cotizaron pero no alcanzaron a tener las semanas necesarias para la reforma pensional, o abuelos y abuelas que nunca cotizaron.“Para el campesino y la campesina va a ser una maravilla esta pensión porque en el campo no hay pensionados”, comentó una de las beneficiadas.Durante esta jornada se pronunciaron varios sectores del país que tienen la esperanza de llegar a una pensión digna. La reforma pensional entrará en vigencia el 1 de julio de 2025.>>> Le puede interesar: Reforma pensional: ¿todos entrarán al nuevo régimen o quiénes quedarán en el actual?
La ley que reformó el sistema pensional de los colombianos será sancionada este martes 16 de julio. En diálogo con Noticias Caracol, la doctora Juliana Morad, directora del departamento de Derecho Laboral de la Universidad Javeriana, explica los aspectos más significativos de la iniciativa.¿Qué pilares conforman la reforma pensional?Pilar solidario: está diseñado para las personas en condiciones vulnerables, en pobreza extrema y pertenecientes a determinados grupos poblacionales como afrodescendientes, palenqueros, indígenas, entre otros.“Estas personas se van a beneficiar con un monto, una renta básica que va a protegerlos durante la vejez”, indicó la especialista.Pilar semicontributivo: está dirigido para aquellas personas que tienen entre 300 y 1.000 semanas cotizadas, quienes recibirán un beneficio teniendo en cuenta los aportes que se hicieron al sistema de pensiones.Pilar contributivo: según explicó Juliana Morad, este se compone de un umbral de 2.3 millones de pesos. Quienes ganen menos de esa cifra, sus ahorros irán a Colpensiones, y quienes ganen más dirigirán la cantidad acumulada a un fondo privado.Pilar ahorro voluntario: está dirigido a personas con capacidad de ahorro y funciona para complementar la pensión.Ante la posible avalancha de demandas que se podría avecinar surgen dudas sobre el futuro de la iniciativa.¿Podría caerse la reforma en la Corte Constitucional?“Yo creo que la Corte va a tener un trabajo muy complejo, sobre todo porque hay unos vicios muy evidentes en la discusión que debió tener la reforma pensional en Cámara. Uno esperaría coherencia en el alto tribunal. El riesgo existe, pero la Corte Constitucional tiene posibilidades diferentes como, por ejemplo, declarar la inconstitucionalidad y mantener su jurisprudencia”, concluyó la experta.
La reforma pensional, aprobada por el Congreso de la República y que entrará en vigencia en 2025, ha generado dudas e incertidumbre entre los cotizantes, especialmente en aquellos que se acercan a la edad de jubilación.>>> Reforma pensional se compone de cuatro pilares clave: ¿qué beneficios otorgan?¿Qué es el régimen de transición?El régimen de transición es un sistema especial que permite a las personas que cumplan con ciertos requisitos de semanas cotizadas acceder a su pensión bajo las normas previas a la reforma, incluso si no cumplen con la edad mínima exigida. Esto significa que, si usted cumple con las condiciones, podrá pensionarse bajo las reglas de la Ley 100, incluyendo aspectos como la pensión por vejez, la pensión por invalidez y la indemnización sustitutiva de la pensión.¿Quiénes harán parte del nuevo sistema pensional?Todos los colombianos que no tengan más de 900 semanas cotizadas en el caso de los hombres, y 750 en el caso de las mujeres. Es decir, si usted tiene más de esas semanas cotizadas, permanecerá en el actual régimen, con las mismas reglas y liquidaciones. Para conocer cuántas semanas cotizadas tiene, ya sea en Colpensiones o fondos privados, consulte en las páginas de esas entidades. Le reiteramos quiénes no entrarán en el nuevo sistema pensional:Hombres: que tengan más de 900 semanas cotizadas antes del 1 de julio de 2025. Mujeres: haber cotizado más de 750 semanas antes del 1 de julio de 2025. Si no cumple con los requisitos mínimos de semanas cotizadas, deberán acogerse al nuevo sistema de pilares de la reforma pensional promovida por el gobierno Petro. Según Asofondos, aproximadamente el 60% de los colombianos no alcanza las 300 semanas cotizadas, lo que implica que una gran parte de la población entrará automáticamente en el nuevo sistema.>>> ¿Sabía que pueden embargarle hasta el 50% de su pensión? Ley 100 de 1993 explica por qué¿Se puede realizar traslado de régimen?Según el artículo 76 de la reforma, quienes estén cerca de la edad de jubilación y cumplan con los requisitos de semanas cotizadas pueden trasladarse de régimen. Este traslado debe hacerse con la doble asesoría mencionada en la Ley 1748 de 2014. Las mujeres con 750 semanas cotizadas y los hombres con 900 semanas cotizadas que estén a menos de diez años de la edad de jubilación tienen dos años desde la promulgación de la ley para realizar este cambio, de fondos privados a Colpensiones.
La reforma pensional en Colombia, que será sancionada este 16 de julio, traerá consigo una serie de cambios significativos en el sistema de protección a la vejez. Uno de los aspectos más destacados es la introducción de un subsidio de $223.000 para ciertos grupos de la población. ¿Quiénes recibirán la renta básica de $223.000?El subsidio de $223.000 está dirigido a adultos mayores de 65 años (hombres) y mayores de 60 (mujeres) que no han logrado acumular las semanas necesarias para acceder a una pensión tradicional. Este grupo incluye a aquellos que por diversas razones no han podido cotizar de manera continua o que sus ingresos no les han permitido hacer aportes significativos al sistema pensional.Iván Jaramillo, viceministro de Empleo y Pensiones, recordó que esta renta básica hace parte del pilar solidario. ¿Todos los adultos mayores recibirán el subsidio?No todos los colombianos de la tercera edad recibirán la renta básica. Además de que deben ser adultos en condición de vulnerabilidad, hay otro requisito esencial para recibir este aporte."Si es un ciudadano que tiene 65 años (hombre) o 60 (mujer) y está en estado de vulnerabilidad, va a optar por una transferencia económica de 223.000 pesos, según el pilar solidario. Esto desde que esté en el marco de Sisbén hasta C3 y que sea vulnerable para recibir la transferencia económica", explicó Jaramillo.¿Cuáles son los otros pilares de la reforma pensional?Pilar semicontributivoEste pilar otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una administradora de los fondos de pensiones.Pilar contributivoColpensiones recibirá los aportes hasta los 3 primeros salarios mínimos cotizados y las administradoras de los fondos de pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 3 SMLMV. Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez, según Mintrabajo.Pilar ahorro individual voluntarioSegún el Ministerio de Trabajo, en esto consiste el pilar ahorro individual voluntario:Se creará un fondo para el ahorro, que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, administradoras de fondos de pensiones, y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.Además, se establecen condiciones especiales para la mujer otorgando una reducción en la cantidad de semanas mínimas, de 50 semanas por cada hijo sin que supere los 3 hijos, es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado.Las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.Se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 900 semanas en el caso de los hombres, y 750 en el de las mujeres, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (ley 100 de 1993).
Junto a congresistas y sindicatos, el presidente Gustavo Petro sancionará este 16 de julio la reforma pensional, que -según el Gobierno- busca mejorar la cobertura y sostenibilidad del sistema pensional, beneficiando a muchos colombianos, especialmente aquellos con ingresos bajos y medios.Uno de los aspectos más destacados es la transición de la mayoría de colombianos a Colpensiones.¿Qué colombianos pasarán a Colpensiones?Con la implementación de la reforma pensional, se establece que todos los trabajadores que ganen hasta 2,3 salarios mínimos legales vigentes pasarán a cotizar en Colpensiones. Esto significa que:Trabajadores con ingresos medios y bajos: aquellos que ganen hasta 2,3 salarios mínimos cotizarán obligatoriamente en Colpensiones. Esto busca garantizar una pensión mínima para un mayor número de trabajadores.Trabajadores independientes: los trabajadores independientes que se encuentren dentro del rango de ingresos mencionado también deberán cotizar en Colpensiones.Nuevos cotizantes: todos los nuevos trabajadores que ingresen al mercado laboral y cuyos ingresos no superen los 2,3 salarios mínimos serán automáticamente afiliados a Colpensiones.Pilares de la reforma pensionalPilar solidario"El pilar solidario busca garantizar una renta básica solidaria para la subsistencia de adultos mayores en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad. Los beneficiarios recibirán una transferencia monetaria equivalente a una línea de pobreza extrema, estimada en 223 mil pesos mensuales en 2024. El pilar solidario no implica derechos pensionales, los recursos de la transferencia provendrán y estarán limitados en el Presupuesto General de la Nación (PGN) del año en curso y serán administrados por el Ministerio del Trabajo", explica el Comité Autónomo de la Regla Fiscal.Pilar semicontributivoSe otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una administradora de los fondos de pensiones.Pilar contributivoColpensiones recibirá los aportes hasta los 3 primeros salarios mínimos mensuales legales vigentes cotizados y las administradoras de los fondos de pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 3 SMLMV. Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez, señaló Mintrabajo.Pilar ahorro individual voluntarioSegún el Ministerio de Trabajo, en esto consiste el pilar ahorro individual voluntario:Se creará un fondo para el ahorro, que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, administradoras de fondos de pensiones, y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.Además, se establecen condiciones especiales para la mujer otorgando una reducción en la cantidad de semanas mínimas, de 50 semanas por cada hijo sin que supere los 3 hijos, es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado.Las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.Se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 900 semanas en el caso de los hombres, y 750 en el de las mujeres, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (ley 100 de 1993).
El gobierno del presidente Petro ha implementado una reforma pensional que busca fortalecer el Fondo de Solidaridad Pensional. Esta modificación implica un aumento en la cotización a pensión para ciertos trabajadores, principalmente aquellos con ingresos más altos. Este ajuste es esencial para establecer mecanismos de ahorro y subsidio, beneficiando a los ciudadanos con menores posibilidades de alcanzar una jubilación digna.>>> Gobierno presentaría proyecto para "mejorar" reforma pensional, según Mininterior¿Quiénes deberán pagar más en la cotización a pensión en Colombia?Con la nueva normativa, los trabajadores con mayores ingresos verán un incremento en sus aportes al sistema pensional. A continuación, se detallan los nuevos porcentajes de cotización según los diferentes rangos salariales:Ingresos entre $5.200.000 y $9.100.000: se deberá realizar un aporte adicional del 1,5 % del Ingreso Base de Cotización (IBC) destinado al Fondo de Solidaridad Pensional. Ingresos entre $9.100.000 y $14.300.000: el aporte adicional será del 1,8 % del IBC. Ingresos entre $14.300.000 y $24.700.000: la cotización a pensión aumentará un 2,5 % del IBC. Ingresos entre $24.700.000 y $26.000.000: el aporte será del 2,8 % del IBC. Ingresos superiores a $26.000.000: la cotización adicional será del 3 % del IBC. La reforma también establece nuevas contribuciones para los pensionados con altas mesadas. Aquellos que reciben una pensión superior a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) y hasta veinte SMLMV deberán contribuir con el 1 % de su pensión al Fondo de Solidaridad Pensional, específicamente a la Subcuenta de Subsistencia. Los pensionados que reciben más de veinte SMLMV contribuirán con el 2 %.>>> ¿Qué cambios traerá la reforma pensional en Colombia?La reforma precisa que la base de cotización en el Pilar Contributivo no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente. Sin embargo, hay una excepción para quienes cotizan por semanas, quienes podrán hacerlo sobre la proporción correspondiente.