Una polémica desató el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Fabio Arias, por una intervención el pasado jueves 23 de enero en Cali, donde amenazó con convocar a un estallido social si no se aprueba la reforma laboral. Frente a esta declaración, se han suscitado varias reacciones. “¿Cuántas pérdidas se generaron por el estallido social? Innumerables, y los empresarios nos la repiten cada vez. A nosotros no nos gusta eso, pero si es la única opción que nos van a dejar, pues yo, Fabio Arias, presidente nacional de la CUT, convocaré nuevamente al estallido social, porque no tengo otra opción”, aseguró Fabio Arias, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores. Arias agregó: “Señores empresarios, tienen que ustedes acabar con la mezquindad que tienen sobre el tema; la distribución de la riqueza no puede seguir solamente las cosas para ustedes”. Esas declaraciones cayeron por sorpresa en todo el auditorio, no solamente por el tono en que las dijo, sino también por el contenido y por el momento en que hace una advertencia de esta índole, toda vez que el país está atravesando graves dificultades de orden público. Reacciones a la declaración de Fabio Arias, presidente de la CUTFrente a la manifestación de Fabio Arias, personajes políticos como Norma Hurtado, senadora de la Comisión Séptima del Senado, aseguraron que “la Comisión Séptima y un grupo de congresistas no trabajamos ni bajo la presión, ni bajo el temor, ni bajo el miedo, ni bajo las amenazas. Nosotros siempre nos hemos caracterizado por un estudio de las reformas con mucha conciencia, consultando muchos sectores, pero especialmente demostrándole a la comunidad que lo que aprobamos o lo que negamos es porque es beneficioso o no para los colombianos. Así que en esta oportunidad la reforma laboral no va a ser la excepción”. Ángel Custodio Cabrera, exministro de Trabajo, acotó que lo dicho por Arias “es un pésimo mensaje al Congreso de la República, en el sentido de que los temas deben ser discutidos amplios y no solamente la visión de un solo sector de la economía. Espero que el Congreso de la República tome las mejores decisiones”. Mientras que Fabio Arias ratificó su posición, en diálogo con Noticias Caracol. “Los trabajadores y las organizaciones sindicales históricamente hemos recurrido a la movilización social, a la huelga para reclamar nuestros derechos y nuestros intereses. Entonces creo que quien nos conoce a todos nosotros no puede entenderlo como una amenaza, simple y llanamente como una advertencia frente a algo que estamos viviendo, que ya vivimos, desafortunadamente”, dijo. El presidente de la CUT manifestó que “también hay democracia participativa, hay democracia ciudadana y nosotros frente a una democracia que obviamente tendríamos que respetar y acoger, pero frente a ella, si se sigue con este nivel de desigualdad tan grande, pues acudiremos al constituyente primario que es el pueblo para hacerle entender a los señores del Congreso que no pueden seguir legislando a favor de los privilegiados de siempre”. Reacciones de dirigentes empresarialesAlgunos dirigentes empresariales, por su parte, manifestaron su opinión frente a las declaraciones de Fabio Arias. “Colombia necesita tramitar sus diferencias en armonía, en paz, con respeto, con libertad de poder decir las cosas, con la libertad de expresar las diferencias, por supuesto; pero sin duda alguna con el objetivo muy claro de todos de evitar las violencias y evitar las estigmatizaciones, porque este tipo de discursos incendiarios, pues, al final terminan generando polarizaciones que Colombia no necesita”, puntualizó Bruce Mac Master, presidente de la ANDI. Mauricio Ramírez, presidente de Acopi, señaló que “debo decir que el señor Arias debería pensar en que el fin no justifica los medios, que no está haciendo una afirmación contra un sector específico de la economía, sino contra toda la nación”. La Comisión Séptima del Senado es quien ahora tiene en sus manos el proyecto de ley de reforma laboral, y precisamente esta audiencia hace parte del trámite preparatorio para la discusión formal en el Congreso.
El presidente de la CUT, Fabio Arias, amenazó con convocar un nuevo estallido social si el Congreso de la República no avala la reforma laboral que propone el gobierno del presidente Gustavo Petro, cuyo texto llega a la Comisión Séptima del Senado al iniciarse el primer periodo legislativo de 2025.(Lea también: Reforma laboral: aprueban que empleados lleven a su mascota de apoyo emocional al trabajo)“Convocaré nuevamente al estallido social porque no tengo otra opción”En una de las audiencias públicas convocadas para debatir el articulado de la reforma laboral, que se llevó a cabo este jueves 23 de enero en el Auditorio de la Escuela Nacional del Deporte en Cali, en Valle del Cauca, el presidente de la CUT mencionó el estallido social.“¿Cuántas pérdidas se generaron por el estallido social? Innumerables, y los empresarios nos las repiten cada vez. A nosotros no nos gusta, pero si es la única opción que nos van a dejar, yo, Fabio Arias, presidente nacional de la CUT, convocaré nuevamente al estallido social porque no tengo otra opción”, manifestó el líder sindicalista.“Señores empresarios, tienen que ustedes acabar con la mezquindad que tienen sobre el tema de la distribución de la riqueza. No pueden seguir solamente las cosas para ustedes”, agregó Arias en la audiencia.En su intervención, el presidente de la CUT manifestó que “los empresarios tienen que perder algo, por supuesto. Y no es revanchismo, es que la riqueza se tiene que redistribuir. Colombia no puede seguir siendo un país cuyo honor es ser campeón de la desigualdad, eso no puede ser. No puede haber más estallidos sociales, por Dios. Estamos recabando otra vez la misma situación”.(Lea también: Reforma laboral: ¿cambia el límite de horas extras que se podrán trabajar?)Durante la audiencia, también intervino el viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Jaramillo, quien dijo que “hemos venido a escucharlos, porque este es un proyecto social. La audiencia es un ejercicio democrático participativo y deliberativo, el derecho al trabajo siempre nos acompaña. La reforma hay que mirarla de manera integral, donde se apunta a tener una política de empleo transversal. Nuestro compromiso es tener en cuenta todos sus aportes, para que se sientan participes de la reforma laboral del país”.La senadora Norma Hurtado, una de las congresistas que lideró el evento, señaló que “la reforma laboral debe responder a las necesidades actuales del país. Esta audiencia será una oportunidad para construir un diálogo responsable y participativo”.La reforma laboral fue aprobada en los dos primeros debates de la Cámara de Representantes y en este nuevo periodo legislativo empezará a discutirse en el Senado.
La reforma laboral en Colombia ha sido un tema de gran relevancia en los últimos años, con cambios que buscan mejorar las condiciones laborales y el bienestar de los trabajadores. En 2025, continúa su curso, introduciendo ajustes que impactan directamente en la vida de los empleados. Uno de los aspectos más destacados de esta reforma es la reducción progresiva de la jornada laboral, que tiene como objetivo final alcanzar las 42 horas semanales en 2026. Este cambio no solo busca mejorar el equilibrio entre la vida laboral y personal, sino que también trae consigo modificaciones en beneficios tradicionales como el día de la familia, la modificación de la jornada laboral nocturna, el aumento progresivo de los recargos por trabajo en domingos y festivos, y la formalización de contratos laborales para sectores vulnerables.Uno de los puntos más debatidos ha sido la reducción de la jornada laboral. Desde julio de 2023, la jornada laboral se ha reducido gradualmente: primero a 47 horas semanales, luego a 46 horas en 2024, y en 2025 se establece en 44 horas por semana. Esta reducción progresiva tiene como objetivo alcanzar las 42 horas semanales en julio de 2026, sin afectar los salarios ni las prestaciones sociales de los empleados.(Lea también: Cuándo puede perder el derecho al día de la familia en Colombia: ¿es acumulable?)Día de la familiaEl día de la familia es un beneficio establecido mediante la Ley 1857 de 2017, que permite a los empleados disponer de dos días al año para compartir tiempo con sus seres queridos. La normativa indica que "los empleadores deberán facilitar, promover y gestionar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por el empleador o en uno gestionado ante la caja de compensación familiar con la que cuentan los empleados".¿Qué pasará con el día de la familia en 2025?Con la reducción de la jornada laboral a 44 horas semanales en 2025, surgen interrogantes sobre el futuro del día de la familia. Según la Ley 2101 de 2021, este dejará de ser obligatorio cuando la jornada laboral máxima alcance las 42 horas semanales. Esto significa que, mientras la reducción de horas sea progresiva, las empresas deberán seguir otorgando este beneficio.Así las cosas, en 2025, los trabajadores aún tendrán derecho a este beneficio, pues la jornada laboral se establece en 44 horas semanales. Sin embargo, es importante que los empleados estén informados sobre los cambios que se avecinan y cómo estos pueden afectar sus derechos laborales.Otros cambios que llegan con la reforma laboralLa reforma laboral, además, introduce nuevas licencias remuneradas para citas médicas, eventos escolares y contratiempos domésticos. Estas buscan apoyar a los trabajadores en la gestión de sus responsabilidades personales y familiares.(Lea también: Reforma laboral: aprueban que empleados lleven a su mascota de apoyo emocional al trabajo)
Con la llegada de cada diciembre, miles de trabajadores en Colombia esperan el pago de la conocida popularmente como la prima navideña o prima de fin de año, una prestación social a la que empleados con determinado tipo de contrato tienen derecho al culminar el año laboral.Según el Código Sustantivo del Trabajo, la prima de servicios es un deber de los empleadores en Colombia y suele dividirse en dos pagos: uno se reconoce a mitad de año, máximo hasta el 30 de junio, y el otro a final de año, máximo hasta el 20 de diciembre.¿Cómo se calcula el pago de la prima?Este beneficio se calcula dependiendo de los días laborados por el empleado durante el año. Sin embargo, el pago debe ser correspondiente al valor de un salario mensual -30 días- por cada año de trabajo completo.Si el trabajador laboró el año completo, se suele usar la siguiente fórmula general para saber el valor de la prima: salario base x 360 (días del año laborados) / 360 (días del año). El resultado corresponde a la cifra de la prima anual.Ahora, si usted desea saber cuál es el valor que le corresponde recibir como pago de su prima en diciembre, se debe aplicar la siguiente fórmula que corresponde al cálculo por semestre, no por año: salario base x 180 (días de un semestre laborado) / 360 (días del año).Recuerde que, si usted laboró menos días, la fórmula debe cambiar: salario base x (días laborados dependiendo de su caso) / 360.¿Cómo sé si tengo derecho a recibir la prima?En Colombia circulan diferentes tipos de contrato de trabajo reglamentados por el Ministerio de Trabajo; hay algunos que no incluyen ciertas prestaciones como prima de servicio, vacaciones remuneradas, cesantías, entre otros, como están establecidas por la ley, sino que se aplican otras condiciones laborales.Para que su empleador le pague la prima de servicios, usted debe tener un contrato a término fijo o indefinido. Sin embargo, otros tipos de vinculaciones como contrato por obra o labor y contratos en los que la remuneración aplica como salario integral, también tienen derecho a esta prestación. El empleador define si además de su salario básico, incluye en el cálculo horas extras, bonificaciones, comisiones, entre otras, dentro de la normativa vigente aplicable. En el caso de las vinculaciones por prestación de servicios y contratos de aprendizaje, no aplica de forma obligatoria el pago de la prima de servicios.Si gano un salario mínimo, ¿cuánto me deben pagar de prima en diciembre?Teniendo en cuenta que el salario mínimo de 2024 está en $1.300.000, el pago que deben recibir los trabajadores que cuenten con este beneficio -en caso de haber trabajado en la misma empresa durante todo el año- es de $650.000.Aquellos que hayan cambiado de trabajo hace poco deberán sacar el lápiz y la calculadora, pues el pago depende del número de días que hayan obrado en su respectiva compañía (puede apoyarse en la fórmula indicada previamente). Recuerde que, al igual que las cesantías, la prima no es acumulable con otros contratos o trabajos con diferentes empleadores. Si soy empleado público, ¿tengo derecho a la prima?La normativa para los empleados públicos es diferente a los contratos ordinarios; se les reconoce otro tipo de prestaciones, entre ellas dos primas, una de vacaciones y otra navideña.Así las cosas, el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo se sustituye en este último caso por la normativa consignada en el decreto 1045 de 1978, que señala que la prima de vacaciones “creada por los Decretos 174 y 230 de 1975 continuará reconociéndose a los empleados públicos de los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias, establecimientos públicos y unidades administrativas especiales del orden nacional, en los mismos términos en que fuere establecida por las citadas normas (…) La prima de vacaciones será equivalente a quince días de salario por cada año de servicio”.Además, esta prima de vacaciones contempla otro cronograma de pagos.“La prima de vacaciones se pagará dentro de los cinco días hábiles anteriores a la fecha señalada para la iniciación del descanso remunerado”, señala el artículo 28 del decreto.Además, los empleados públicos tienen derecho al pago de la llamada prima de Navidad. “Esta prima será equivalente a un mes del salario que corresponda al cargo desempeñado en treinta de noviembre de cada año. La prima se pagará en la primera quincena del mes de diciembre. Cuando el empleado público o trabajador oficial no hubiere servido durante todo el año civil, tendrá derecho a la mencionada prima de Navidad en proporción al tiempo laborado, a razón de una doceava parte por cada mes completo de servicios, que se liquidará y pagará con base en el último salario devengado o en el último promedio mensual, si fuere variable”, se lee en el artículo 32 de la normativa vigente.En cualquiera de los casos, la prima es un derecho de los trabajadores en Colombia y, si el empleador no lo cumple dentro de las fechas estipuladas por la ley, usted puede interponer la queja ante el Ministerio de Trabajo. La mora en el pago de esta prestación puede acarrearle al empleador multas e incluso sanciones.
Este jueves 17 de octubre de 2024 se llevó a cabo el segundo debate de la reforma laboral en la Cámara de Representantes. Con la aprobación de varios artículos nuevos se llegó a un consenso para finalmente avalar la propuesta en la plenaria.>>> También puede leer: Cámara de Representantes aprobó el proyecto de reforma laboral en segundo debate¿Qué artículos nuevos fueron aprobados?Fueron en total ocho los artículos nuevos que continuarán haciendo parte de la reforma laboral en los próximos debates. Se trata de:Formalización y contratación laboral de trabajadores del transporte de pasajeros y de carga.Empresas deberán implementar prácticas ambientales sostenibles.Actividades productivas en centros de reclusión contarán como experiencia laboral para las personas privadas de la libertad.Programa de primer empleo y último empleo.Formalización de personas que manipulan alimentos.Licencia remunerada por matrimonio de tres días, independientemente de la modalidad de contrato.Medidas en contra de la discriminación a personas reintegradas del conflicto armado.Entornos laborales flexibles para llevar mascotas de apoyo emocional al trabajo.Este último artículo llama la atención por el debate que se ha suscitado sobre las mascotas que pueden considerarse como de apoyo emocional, pues el animal debe estar certificado por un médico, psicólogo o psiquiatra.¿Qué es una mascota de apoyo emocional?Para que el trabajador pueda llevar a su mascota a espacios laborales, debe estar certificada como un animal de apoyo emocional por un experto, para que sea tenido en cuenta por la ley.Una mascota puede ser considerada de apoyo emocional si brinda ayuda a su dueño en situaciones de ansiedad, traumas, miedos o durante procesos terapéuticos. Por lo general, estos animales hacen parte esencial de tratamientos psicológicos o psiquiátricos.Aunque estas mascotas están entrenadas en comportamientos básicos, no deben confundirse con animales de servicio que tienen como objetivo principal ayudar a personas en condición de discapacidad, como es el caso de los perros lazarillos."Esta propuesta de reforma laboral que hoy avanzó en la plenaria de la Cámara tiene la gran propuesta de hacer que Colombia pueda transitar hacia un país con enfoque de derechos", comentó eufórica la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.Además, la ministra reconoció el esfuerzo de las diferentes bancadas para llegar a acuerdos y el respeto entre las diferentes partes durante los debates que permitió que se hicieran algunas mejoras al proyecto en la Cámara de Representantes.Tras esta aprobación, ahora la propuesta de reforma laboral pasará a manos del Senado de la República que debatirá el documento, y luego, si allí la aprueban, a sanción presidencial y revisión por parte de la Corte Constitucional.>>> También puede leer: Reforma laboral: aprendices del Sena recibirían el salario mínimo completo
Con 93 votos a favor y 13 en contra, la Cámara de Representantes de Colombia aprobó el proyecto de ley de reforma laboral, el cual ahora continuará su trámite en el Senado.>>> Le recomendamos: Reforma laboral: aprendices del Sena recibirían el salario mínimo completo"Esta propuesta de reforma laboral que hoy avanzó en la plenaria de la Cámara tiene la gran propuesta de hacer que Colombia pueda transitar hacia un país con enfoque de derechos", comentó eufórica la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez.Además, la jefa de cartera reconoció el esfuerzo de las diferentes bancadas para llegar a los acuerdos y el respeto entre las diferentes partes durante los debates, lo cual permitió que el proyecto de reforma laboral saliera mejorado de la Cámara de Representantes."Que quede claro que esta reforma no busca ni cerrar, ni acabar empresas, mucho menos a las micro y pequeñas. Para ellas quedó un artículo que las protege y que nosotros no solamente honraremos en el desarrollo, sino que las defenderemos también en el Senado de la República", destacó la ministra.Pese a esto, Ramírez también lamentó que no se pudiera "aprovechar de mejor manera la oportunidad para haber dado a los campesinos de Colombia un contrato que los dignificara", pero prometió avanzar en estos puntos cuando la reforma laboral avance en el Senado."Sí se pudo, sí se pudo", gritaban el recinto de la Cámara de Representantes, una noticia que fue aplaudida por muchos.El presidente Gustavo Petro celebró el avance del proyecto de ley diciendo que "estamos un paso más cerca de construir un sistema laboral justo, enfocado en proteger los derechos de los trabajadores".¿Cómo quedó la reforma laboral?En total se discutieron 80 artículos que venían en la ponencia original de la reforma laboral. De estos, 7 fueron eliminados y otros 8 fueron agregados, para un total de 81 artículos que pasan a una tercera instancia en el Senado.Ahora, lo aprobado en la Cámara de Representantes será discutido en la Comisión Séptima del Senado. Eventualmente, si es aprobada, llegará a Plenaria del Senado.Entre los últimos aprobados estaban apartados que abarcaban temas como la promoción del trabajo sostenible, entornos laborales flexibles, medidas en contra de la discriminación a personas reincorporadas en el marco del conflicto armado, actividades productivas de personas privadas de la libertad y programas de primer y último empleo, entre otros.>>> Le recomendamos: Polémica por caída de licencia de paternidad y maternidad para parejas gay: "Retrógrados"
El 90% de la reforma laboral ya se aprobó en el segundo debate en la Cámara de Representantes y uno de los artículos que salió adelante fue el que permite que aprendices del Sena reciban un salario mínimo.>>> Vea más: Polémica por caída de licencia de paternidad y maternidad para parejas gay: "Retrógrados"El artículo 22 de la reforma establece que el contrato de aprendizaje será un acuerdo laboral temporal. En la fase lectiva recibirán el 60% de un salario mínimo, mientras que en la fase práctica tendrán un salario mínimo completo.La aprobación del salario mínimo para aprendices va unido con los pagos de cesantías, primas y subsidios como transporte.Además, también fue aprobado el artículo 23 de la reforma laboral, el cual indica que las empresas que no cumplen con la cuota de aprendices deberán pagar al Sena 1.5 salarios mínimos por cada aprendiz faltante.El representante a la Cámara Alfredo Mondragón se refirió a la aprobación de los artículos y dijo que esta “esta es una gran noticia. Durante 22 años, a los jóvenes les han quitado el derecho a tener un contrato de aprendizaje laboral y los dejaban ganando solamente un 75% de un salario mínimo, sin prestaciones sociales”.Mondragón agregó que “en este segundo debate de la reforma laboral se aprueba que se recupere el carácter laboral de los contratos de aprendizaje, es decir, que tengan derecho a cesantías, primas, subsidio de transporte y garantías para que tenga dignidad la juventud trabajadora. Quiero reconocer a todos los partidos”.¿Qué se ha aprobado en la reforma laboral?Artículo 49: Licencia de paternidad de cuatro semanas que serían progresivas. En 2025 serían tres semanas y en 2026 cuatro semanas. La norma aplicaría para nacimientos y adopción.Artículo 52: Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.Artículo 67: Aprobado tal cual fue presentado en la ponencia y prohíbe el contrato sindical.¿Qué se cayó en la reforma laboral?Contrato agropecuario: por medio del cual se buscaba que cualquier trabajador del campo que superará 27 semanas seguidas trabajando con su empleador pasara a tener contrato indefinido.Jornal agropecuario: especificaba que el salario no podría ser inferior al mínimo.Vivienda rural para los trabajadores del campo.Licencia de maternidad y paternidad para parejas adoptantes del mismo sexo: la pareja adoptante del mismo sexo podría definir, por una sola vez, quién de ellos accedería a la licencia de paternidad y quien a la de maternidad.Cabe recordar que la reforma laboral, una vez sea aprobada en la Cámara de Representantes, tendrá que pasar por el Senado de la República para ser discutida de nuevo para así volverse ley.>>> Le puede interesar: Reforma laboral: esta es la licencia que cobijará a trabajadoras con duro ciclo menstrual
La reforma laboral avanza en la Cámara de Representantes y el 90% de la ley ya se aprobó. Uno de los artículos que más ha llamado la atención y que se eliminó es el de la licencia de paternidad y maternidad para las parejas del mismo sexo.>>> Vea más: Reforma laboral: Cámara aprobó ampliación de licencia de paternidad y otros artículosEl artículo 50 establece: “La pareja adoptante del mismo sexo definirá, por una sola vez, quién de ellos gozará de la licencia de paternidad y quién la de maternidad, en las mismas condiciones previstas para las familias hetero parentales adoptantes”.“Es inadmisible que el Congreso siga siendo tan retrógrado: Jennifer PedrazaLa representante a la Cámara por el partido Dignidad y Compromiso criticó que esta propuesta se cayera en el segundo debate.“Es increíble que aquí quienes, en teoría, se rasgan las vestiduras por proteger los derechos de niños y niñas, terminen poniéndole trabas a procesos de adopción de familias responsables, sencillamente por una concepción completamente anti derechos”, mencionó la representante.La funcionaria agregó que “estoy casi segura que si hacemos una encuesta en este país, quizá haya personas que respondan que las mujeres deberíamos estar solamente lavando y planchando y no aquí en política y en la ciencia. Eso no implica que este Congreso pueda legislar en contra de nuestros derechos y que pueda desconocer las sentencias de la Corte Constitucional como las que le han reconocido los derechos en igualdad de condiciones a las parejas del mismo sexo. Aquí todos podemos tener la afinidad religiosa, que es absolutamente respetable, o la concepción individual, pero de ahí a quitarle derechos a las minorías, a las mujeres, a las poblaciones con orientación sexual diversa y desconocer los fallos de la Corte Constitucional, sería un pésimo precedente para este Congreso”.Por último, Jennifer Pedraza dijo que “es inadmisible que el Congreso siga siendo tan retrógrado. Aplaudimos el avance en la licencia de paternidad, que es de las mejores cosas de la reforma laboral, pero es increíble que aún se debata el derecho de las parejas del mismo sexo a tener las mismas garantías”.¿Qué se aprobó en la reforma laboral?Artículo 22: Contrato de aprendizaje, será un acuerdo laboral temporal. En la fase lectiva recibirán el 60% de un salario mínimo, y en la fase práctica un salario mínimo completo.Artículo 23: Monetización. Establece que las empresas que no cumplen con la cuota de aprendices deberá pagar al SENA 1.5 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) por cada aprendiz faltante.Artículo 49: Licencia de paternidad de cuatro semanas que serían progresivas. En 2025 serían tres semanas y en 2026 cuatro semanas. La norma aplicaría para nacimientos y adopción.Artículo 52: Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.Artículo 67: Aprobado tal cual fue presentado en la ponencia y prohíbe el contrato sindical.>>> Le puede interesar: Reforma laboral: ¿qué tendrán que pagar aplicaciones como Rappi a los domiciliarios?
Tres de los artículos de la reforma laboral que se consideraban claves para el trabajador agropecuario se hundieron este miércoles, 16 de octubre de 2024, durante el segundo debate del proyecto en la Cámara de Representantes.>>> Le recomendamos: Reforma laboral: esta es la licencia que cobijará a trabajadoras con duro ciclo menstrualAntes de comenzar la plenaria, la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, aseguró que se llevaba casi el 87% de la reforma laboral aprobada. "Hemos tenido debates muy ricos, aunque también hemos tenido procesos de dilación, esperamos que esta sea la última jornada, nos faltan 13 artículos que tienen una sensibilidad grande en el país", expresó.¿Qué artículos de la reforma laboral no fueron aprobados?El debate en la Cámara de Representantes sobre la reforma laboral ha sido álgido y complicado. Varias partes de la oposición pidieron garantías para la discusión.Uno de los puntos más importantes de la agenda se dio cuando los legisladores aprobaron con 82 votos la eliminación de los artículos 31, 32 y 33, que incluían medidas para la formalización de los trabajadores del campo y el artículo 50, que buscaba licencias de maternidad y paternidad para parejas adoptantes del mismo sexo.Los artículos que ya no harán parte de la reforma laboral contenían lo siguiente: Contrato agropecuario: por medio del cual se buscaba que cualquier trabajador del campo que superará 27 semanas seguidas trabajando con su empleador pasara a tener contrato indefinido.Jornal agropecuario: especificaba que el salario no podría ser inferior al mínimo.Vivienda rural para los trabajadores del campo.Licencia de maternidad y paternidad para parejas adoptantes del mismo sexo: la pareja adoptante del mismo sexo podría definir, por una sola vez, quién de ellos accedería a la licencia de paternidad y quien a la de maternidad.La oposición argumentó que los artículos 31, 32 y 33 afectarían, sobre todo, a los pequeños productores y por eso votaron por su eliminación.Antes de que se dieran de baja los apartados de la iniciativa que enfatizaban el trabajo en el campo, la ministra de Trabajo había destacado que "el campo es el tercer sector en el país en accidentalidad y el primero en informalidad", con un índice del 84%.La jefa de cartera también se mostró optimista frente al paso de la reforma al Senado, enfatizando en que, como gobierno, están preparados para defender el proyecto. "Consideramos que este es el momento para que Colombia transite hacia un país con enfoque de derechos, con estabilidad laboral, con formalización y con unas empresas que se consoliden, que sean potentes, pero sin precarización laboral", destacó la funcionaria.Artículos aprobados en el debate de este miércoles de la reforma laboralLa plenaria logró llegar a un acuerdo para aprobar los siguientes artículos de la iniciativa: Artículo 22: Contrato de aprendizaje, será un acuerdo laboral temporal. En la fase lectiva recibirán el 60% de un salario mínimo, y en la fase práctica un salario mínimo completo.Artículo 23: Monetización. Establece que las empresas que no cumplen con la cuota de aprendices deberá pagar al SENA 1.5 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMLMV) por cada aprendiz faltante.Artículo 49: Licencia de paternidad de cuatro semanas que serían progresivas. En 2025 serían tres semanas y en 2026 cuatro semanas. La norma aplicaría para nacimientos y adopción.Artículo 52: Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.Artículo 67: Aprobado tal cual fue presentado en la ponencia y prohíbe el contrato sindical.>>> Puede interesarle: Aprueban artículo de reforma laboral que detalla licencias para los trabajadores
Uno de los aspectos que más ha llamado la atención de la reforma laboral tiene que ver con la aprobación de licencias mensuales para mujeres que tienen cólicos menstruales incapacitantes.>>> También puede leer: Le decían que se quejaba mucho de sus cólicos menstruales, pero tenía un quisteUna de cada cuatro mujeres, en especial jóvenes, presentan menstruaciones dolorosas. La evaluación médica es esencial para descartar que detrás de esa molestia haya otros problemas como endometriosis o miomas que van a requerir un manejo diferente.Son muchas las mujeres que sufren de cólicos menstruales o dismenorrea, el nombre médico de esta dolorosa condición.“Generalmente son muy incapacitantes y algo muy llamativo es que se da mucho en chicas adolescentes y en mujeres muy jóvenes que obviamente son laboralmente activas. La incidencia no es nada despreciable: se dice que alrededor de la vida reproductiva puede llegar hasta el 25 al 30%", sostuvo Luis Martín Rodríguez, jefe de la selección de obstetricia de la Fundación Santa Fe, en diálogo con Noticias Caracol en vivo.Para el experto, en muchos casos el cólico menstrual no es fisiológico, sino que obedece a otras condiciones ginecológicas.“Por la endometriosis, que es una enfermedad que tiene que ver mucho con la vida moderna de las mujeres. Otras etiologías están dadas por la presencia de miomas uterinos, de infecciones y de enfermedades como la enfermedad pélvica inflamatoria. Por esa razón es importante hacer una exploración exhaustiva en búsqueda de esas causas”, acotó Rodríguez.El médico asegura que “la menstruación no debería doler. Hay estrategias terapéuticas, nutricionales y de estilo de vida que van a hacer que esa persona pueda mejorar su calidad de vida y mejorar su sintomatología”.Médicos apoyan propuesta de licencia para mujeres con cólicosSin duda, esta ha sido una condición subestimada que requiere atención para que no interfiera con la calidad de vida. De ahí que los especialistas respalden la decisión que incluyó la reforma laboral.“Lo vemos como algo sumamente positivo porque realmente es un dolor incapacitante que no permite un óptimo funcionamiento de esa persona y definitivamente en nuestra consulta diaria generamos gran cantidad de incapacidades médicas por este síntoma. Entonces, que se considere dar ese espacio y entender que es una condición propia de las mujeres que va a afectar su funcionamiento, creo que es un avance muy importante y como país es algo que le debemos a las mujeres que aportan tanto a la fuerza laboral”, concluyó el médico Rodríguez.El tratamiento de los cólicos menstruales va más allá de los medicamentos para el dolor, pues puede incluir manejos hormonales y, muy importante, cambios en el estilo de vida. Está demostrado que la actividad física y una alimentación sana ayudan a controlar los síntomas.>>> También puede leer: Licencia menstrual para mujeres, el proyecto que abre todo un debate en Colombia