Las alarmantes cifras por accidentes de tránsito han causado la preocupación de los colombianos y de las autoridades. Al parecer, los casos en los que se dan estos siniestros choques son por causa del estado de embriaguez y la falta de concientización sobre el tema. Para ello, existen diferentes tipos de multas o sanciones por manejar borracho y provocar accidentes bajo los efectos del alcohol.
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Pese a las múltiples campañas e instalación de puestos de control que buscan crear consciencia en los conductores, Colombia sigue registrando casos de ciudadanos que manejan bajo el efecto del alcohol, poniendo en peligro su vida, y la de los demás actores viales.
Dependiendo de la infracción cometida, existen sanciones o multas por las que los conductores tienen que pagar los daños, que van desde cursos hasta la cancelación total de la licencia de conducción.
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De acuerdo con el Artículo 152, modificado por la Ley 1696 de 2013, se presentan las sanciones según los grados de alcoholemia. No obstante, las multas varían dependiendo del nivel o grado de alcohol que se encuentre en el conductor. Estas están divididas por categorías, que va desde la A hasta la F.
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Las multas más graves están posicionadas en el tipo F y por ello, son las que conllevan castigos más severos para los infractores, ya que, el conductor debe estar bajo los efectos del alcohol y de sustancias alucinógenas, según indican las normativas viales. Los grados de embriaguez se clasifican entre:
- Grado cero de alcoholemia: entre 20 y 39 mg de etanol/100 ml de sangre total
- Primer grado de embriaguez: entre 40 y 99 mg de etanol/100 ml de sangre total
- Segundo grado de embriaguez: entre 100 y 149 mg de etanol/100 ml de sangre total
- Tercer grado de embriaguez: desde 150 mg de etanol/100 ml de sangre total en adelante.
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Valor de la multa por dar positivo en prueba de alcoholemia
El pago de la multa dependerá de si es la primera vez, la segunda o la tercera. En este caso, por primera vez el conductor recibirá una multa de entre $3.900.000 (90 SMDLV) a $31.200.000 (720 SMDLV), además, de la suspensión por 10 años de la licencia, deberá realizar acciones comunitarias e inmovilización del vehículo por 10 días hábiles.
En caso de reincidencia, deberá pagar una multa entre $5.850.000 (135 SMDLV) a $46.800.000 (1.080 SMDLV), con una cancelación de la licencia, 80 horas de acciones comunitarias para la prevención de conducir bajo el influjo del alcohol y sustancias psicoactivas y la inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.
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Finalmente, si reincide por tercera vez, la multa mínima será $7.800.000 (180 SMDLV) a $62.400.000 (1.440 SMDLV), con cancelación de la licencia, acciones comunitarias e inmovilización del vehículo por 20 días.
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Si el conductor produce un accidente de tránsito en estado de ebriedad y resultan víctimas puede elevar las sanciones hasta una condena de prisión por irresponsabilidad vial.