El Tribunal Administrativo de Cundinamarca decidió tumbar la designación de Verónica Alcocer, esposa del presidente Gustavo Petro, como embajadora en misión especial.
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La primera dama había sido nombrada en este cargo para asistir a una audiencia del papa Francisco en enero del año 2023.
La determinación se dio bajo la ponencia del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, que declaró nula la designación de Verónica Alcocer como embajadora de misión especial ante la Ciudad del Vaticano, por medio del decreto 0035 del 12 de enero del año pasado.
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La sentencia del Tribunal se dictó luego de la demanda presentada por Harold Eduardo Sua Montaña, quien aseguró que el nombramiento realizado por el presidente Petro infringía el artículo 126 de la Constitución Política de Colombia, que le prohíbe a los servidores públicos nombrar cargos públicos a personas con las que tengan matrimonio o unión permanente.
Refiriéndose a la prohibición constitucional, el Tribunal señaló que "se configura la causal de nulidad prevista en el artículo 275, numeral 5, de la Ley 1437 de 2011: se nombren personas que se hallen incursas en causales de inhabilidad".
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Esta decisión se da luego de que la Procuraduría le pidió al Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declarase la nulidad del decreto.
La Procuraduría reiteró que Verónica Alcocer no es servidora pública y, por tanto, no puede tener comisiones ni viáticos regulados para servidores públicos.
¿Verónica Alcocer deberá devolver el dinero de los viáticos?
La demanda solicitaba que Verónica Alcocer devolviera el dinero de los viáticos gastados en su visita al sumo pontífice. Sin embargo, el Tribunal decidió no intervenir en ese punto.
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