En plenaria de la Cámara de Representantes, este lunes, 7 de octubre de 2024, se aprobaron en su segundo debate los artículos 15 y 16 de la reforma laboral, que hablan sobre las horas extras y el límite al trabajo suplementario. Ambos artículos quedaron aprobados tal y como llegaron a la ponencia.
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¿Qué quedó aprobado en el artículo 15 de la reforma laboral, con relación a las horas extras?
“El empleador deberá́ llevar un registro del trabajo suplementario de cada trabajador en el que se especifique el nombre, actividad desarrollada y número de horas laboradas con la precisión de si son diurnas o nocturnas. Este registro podrá realizarse de acuerdo a las necesidades y condiciones propias de su empresa.
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El empleador está obligado a entregar al trabajador que lo solicite, una relación de las horas extras laboradas, con las mismas especificaciones anteriores. Este registro deberá́ entregarse junto con el soporte que acredite el correspondiente pago.
De igual modo, de ser requerido, estará́ obligado a aportar ante las autoridades judiciales y administrativas el registro de horas extras; de no hacerlo la autoridad administrativa del trabajo podrá imponer las sanciones a las que haya lugar.”
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¿Qué dice el artículo 16 que quedó aprobado y que especifica el límite al trabajo suplementario?
“En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales”, dice el artículo que modifica el artículo 22 de la Ley 50 de 1990.
Parágrafo. Se exceptúa de la aplicación de la presente disposición al sector de seguridad, de conformidad con la Ley 1920 de 2018 y sus decretos reglamentarios, y al sector salud, conforme a la normatividad vigente”, especifica.
#ATENCIÓN | En el Congreso de la República se aprobaron siete artículos de la reforma laboral. ¿Cuáles son? Le contamos.
— Noticias Caracol (@NoticiasCaracol) October 7, 2024
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