El Consejo de Estado decidió que la Procuraduría General de la Nación sí podrá sancionar y destituir a funcionarios de elección popular. La resolución se tomó tras un año de debate. En esta se determinó que el Ministerio Público podrá tener esa opción de destitución, suspensión e inhabilidad para aquellas personas elegidas por voto popular. Cabe recalcar que cada decisión deberá ser revisada por el Consejo de Estado.
La medida se da como una respuesta a un recurso extraordinario de revisión que llega al consejo por parte de Esther García, una exalcaldesa inhabilitada por la Procuraduría.
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El presidente de la corporación, Milton Chaves, declaró: “El Consejo de Estado decidió interpretar que el control que va a hacer el Consejo de Estado sobre las sanciones de la Procuraduría va a cobijar, además de los elegidos popularmente que están en ejercicio del cargo, también aquellas sanciones que se impongan a elegidos popularmente, pero que ya dejaron su cargo, que es después del periodo constitucional que tengan”.
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El Consejo de Estado también recalcó que la decisión es transitoria y que el Congreso de la República deberá legislar sobre un estatuto de los derechos políticos de los funcionarios de elección popular.
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Según el periódico El Espectador, se cree que la decisión se tardó un año porque había diferencias entre la Sección Segunda y la Sección Tercera de la corte, pues la primera era la que planteaba que el Consejo de Estado sancionara a los funcionarios elegidos popularmente, mientras que la segunda no buscaba efectuar aquellos cambios.
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¿Decisión es un revés político?
De acuerdo con el medio citado anteriormente, esta decisión puede ser tomada como un revés político para ciertos personajes, como es el caso del presidente de la República, Gustavo Petro, quien fue destituido como alcalde de Bogotá (2013), cuando Alejandro Ordóñez era el jefe de la Procuraduría General de la Nación.
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