Suspenden juicio contra Álvaro Uribe por orden de la Corte Suprema, que avaló tutela contra jueza
La togada informó durante la audiencia que tiene un plazo de 48 horas para dar trámite a la orden del alto tribunal. El proceso se suspendió cuando declaraba Fabián Rojas.
La jueza 45 penal Sandra Heredia interrumpió la declaración del testigo Fabián Rojas, que trabajó con Álvaro Uribe cuando fue senador, al ser notificada por correo electrónico que la Corte Suprema de Justicia le ordenaba suspender el juicio contra el expresidente al revocar una decisión de primera instancia sobre una tutela que la defensa había instaurado contra ella.
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La togada leyó ante las partes lo que decidió el alto tribunal en el proceso contra el ex jefe de Estado: “En consecuencia, se ordenará a la jueza 44 penal del circuito de Bogotá que, dentro del término de 48 horas contadas desde la notificación de esta providencia, imparta el trámite que establece el inciso segundo del artículo 60 del Código de Procedimiento Penal, a la recusación que la defensa de Álvaro Uribe Vélez formuló en su contra durante la sesión del juicio oral, que se realizó el 10 de febrero de 2025 para el efecto y partiendo de que el hecho de que la funcionaria no aceptó la recusación, deberá enviar el expediente al juez homólogo que le sigue en turno, quien deberá pronunciarse dentro del término de tres días”.
Dicho esto, Heredia manifestó que debía "dar cumplimiento inmediato y se ordena que de manera inmediata igualmente se remita la actuación a la señora juez 45 penal del circuito, quien es quien me sigue en turno para que se pronuncie en relación con la recusación formulada en mi contra por parte de la defensa técnica del señor Álvaro Uribe Vélez”.
La juez precisó que “frente a esa determinación, y dando cumplimiento inmediato, suspendemos el juicio oral en este momento”, por lo que se disculpó con el testigo que declaraba en el momento.
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En la tutela a la que hacía mención la Corte Suprema, la defensa sostenía que la jueza 44 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá había demostrado durante el proceso judicial un "comportamiento sistemático, tendiente al desconocimiento de las garantías del procesado, lo cual pone en seria duda la aproximación imparcial de la juez a la causa objeto de juzgamiento".