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¿Podría Petro salir de la Presidencia tras compulsa de copias para que lo investiguen? Habla experto

Juan Manuel Charry, constitucionalista, aclara si la Fiscalía General de la Nación podía preguntarle a Nicolás Petro, hijo de Gustavo Petro, sobre la financiación a la campaña presidencial de su padre. También analiza qué vendría para el jefe de Estado.

¿Podría Gustavo Petro perder el cargo? Constitucionalista analiza compulsa de copias

Luego de que la Fiscalía General de la Nación compulsara copias a la Comisión de Acusaciones para investigar la campaña presidencial de Gustavo Petro son muchas las preguntas sobre el futuro del jefe de Estado.

Algunos expertos consideran que los agentes de la Fiscalía que adelantaban investigaciones contra Nicolás Petro no podían preguntarle acerca del presidente Gustavo Petro, su padre, pues a su juicio las indagaciones alrededor del Jefe de Estado no son de la línea del ente.

Acerca de estas afirmaciones, el constitucionalista Juan Manuel Charry precisó en Noticias Caracol que “existen en el Código penal dos delitos relacionados con el tema de campañas electorales: la violación de los topes y la financiación ilícita”. La Fiscalía General de la Nación “puede preguntar todo lo relativo a la financiación y a los topes, y podía mencionar al presidente Gustavo Petro porque era el beneficiario de la campaña”.

En cuanto a Nicolás Petro, señaló que “podía haberse acogido a que nadie está obligado a declarar en contra de sí mismo ni contra sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad. Pero él eligió declarar y está en su derecho de hacerlo”.

Subrayó Charry que el hecho de haber preguntado por el hoy presidente “no viola ningún derecho”, pero aclaró que “si se encuentra alguna irregularidad la Fiscalía no es competente para tomar medidas, razón por la cual debe remitir la parte probatoria a la Comisión de Acusaciones”.

Según el constitucionalista, en dicha comisión se pueden avecinar dos caminos para el caso del presidente Gustavo Petro. El primero es “la investigación de los posibles delitos que se hayan cometido. La Comisión de Acusaciones tendrá que hacer la averiguación, se permitirá a las partes pedir pruebas. El presidente ya nombró un apoderado defensor, y en teoría, dentro de los 30 días siguientes (60 si hay más de un delito) se debe pronunciar la comisión de investigación para analizar si hay lugar a precluir el expediente o a presentar acusación, elaborarla y llevarla a la plenaria”.

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El segundo camino que vislumbra Juan Carlos Charry es que “el artículo 109 de la Constitución dice que cuando se violan los topes de una campaña electoral se pierde la investidura o se pierde el cargo. En este caso no hay delito, hay una sanción constitucional, en donde no se debate si hay dineros ilícitos o no, si hay culpabilidad o no, sino simplemente si se violaron los topes y la consecuencia jurídica es la pérdida del cargo”.

Para finalizar recalcó, como ya lo había dicho la Comisión de Acusaciones, que se tendrá que establecer “si esa compulsa de copias va a procesos ya existentes o si se abre un nuevo proceso de investigación, en cuyo caso tendría que nombrarse nuevos investigadores”.

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“Si va a una expediente ya abierto, pues serán los (antiguos) investigadores los que estén a cargo del proceso”, puntualizó.

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