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¿Es posible que el presupuesto de 2025 se pueda definir por decreto de Presidencia?

En el estatuto orgánico del presupuesto no se sabe con exactitud cuál es el paso a seguir, después de que las comisiones económicas no aceptaran el monto de 523 billones presentado por el Gobierno.

¿Cuál es el paso a seguir sin acuerdo del presupuesto de 2025?

El Gobierno y el Congreso han entrado en el campo de las especulaciones de la interpretación sobre lo que dice la ley del presupuesto, pues en el estatuto orgánico no se sabe con exactitud cuál es el paso a seguir, después de que las comisiones económicas no aceptaran el monto de 523 billones presentado por el Gobierno.

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Para analizar la situación, llega a esta entrega de Sala de Prensa el exministro de Hacienda, Juan Camilo Restrepo, y Gabriel Cifuentes, analista político.

Para Juan Camilo Restrepo, “lo que no ha sido negado, procedimentalmente hablando, es la modificación del tope del presupuesto, por qué la ley quinta y el estatuto orgánico del presupuesto exigen que cualquier modificación al presupuesto se tenga que hacer en esta instancia del procedimiento por las cuatro comisiones unánimemente. Y esa mayoría no la ha obtenido la modificación al presupuesto. Está vivo el tope que lleva el proyecto presentado por el Gobierno”.

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Por su parte, Gabriel Cifuentes indicó que “la ley orgánica del presupuesto no establece un procedimiento específico o una solución cuando ocurre una situación como la que ha ocurrido el día de hoy. Lo que hay claro son tres fechas fundamentales: el 15 de agosto, que era el plazo máximo para que el Gobierno devolviera la ley de presupuesto, cosa que no hizo; el 15 de septiembre, que es el plazo máximo para aprobar el monto y el 20 de octubre, que es la fecha que se tendría como límite para que el Congreso se pueda poner de acuerdo so pena de que el presidente Petro pueda firmar por decreto el presupuesto y ese decreto no tendría revisión constitucional”.

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