Cuando un servidor público no hace entrega oportuna y competente de los documentos de votación, sellos de urna y/o arca triclave está cometiendo el delito de mora en la entrega de documentos relacionados con la votación .
El delito de mora en la entrega de documentos relacionados con la votación puede tener una condena en prisión que abarca de 4 a 9 años y una multa entre los 50 y los 200 salarios mínimos legales vigentes.
Así mismo, quien lo cometa presentará inhabilidad para ejercer cargos públicos por el mismo tiempo de la pena de prisión impuesta.
Este delito está especificado en el artículo 393 del Código Penal.
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Otros de los delitos electorales que están tipificados en la ley son:
- Suplantación de votantes.
- Complicidad de voto fraudulento.
- Alteración de resultados electorales.
- Perturbación de las elecciones.
- Presión al votante.
- Engaño al votante.
- Trasteo de votos o electores.
- Compra y venta de votos.
- Retención ilícita de cédula.
- Denegación de inscripción.
Si desea denunciar alguno de estos delitos o una irregularidad, puede comunicarse con la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral por medio de la línea telefónica gratuita nacional 01 8000 91 2005 o por correo electrónico a denunciasuriel@mininterior.gov.co
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