La trashumancia electoral
, también conocida como fraude en inscripción de cédulas o trasteo de votos, es un delito que consiste en conseguir, por cualquier medio indebido, que personas habilitadas para votar inscriban su cédula en una localidad, municipio o distrito diferente al lugar en el que haya nacido o en el cual resida, con el fin de obtener ventaja en las elecciones.
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La trashumancia electoral es una práctica tipificada como delito por al artículo 389 del código penal.
Aquel que cometa este delito puede afrontar una pena de entre 4 y 9 años de prisión, además de una multa de entre 50 a 200 salarios mínimos legales vigentes.
¿Cómo presentar quejas sobre el proceso de inscripción de cédulas?
De acuerdo con la Resolución 2857 del Consejo Nacional Electoral, cualquier ciudadano podrá presentar quejas frente al proceso de inscripción de cédulas desde que inicia el periodo de candidaturas hasta 3 días calendario siguiente a la finalización del proceso de inscripción.
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Estas quejas deberán presentarse de manera escrita o en el formulario diseñado para esto.
En caso de que el denunciante considere que la solicitud pone en riesgo su integridad, podrá solicitar ante el Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada.
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