Los únicos documentos con los que se podrá ejercer el derecho al voto son: la cédula de ciudadanía física, es decir, amarilla con hologramas, o la cédula digital certificada por la Registraduría Nacional.
Cualquier otro documento no será válido y por ende no podrá votar.
Es importante aclarar que hay algunos puntos de votación, aleatoriamente designados, en los que estarán habilitados los escáneres de identificación biométrica, este procedimiento permite la verificación y validación de la identidad de los ciudadanos y es una medida de seguridad, adicional que evita el fraude electoral.