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¿Cuál es la multa si es elegido jurado de votación y no se presenta?

Desde el 12 de mayo, los colombianos pueden consultar en la página web de la Registraduría y presencialmente si han sido convocados para la primera vuelta presidencial.

Los colombianos podrán consultar en la página web de la Registraduría Nacional si han sido elegidos como jurados de votación para la primera vuelta presidencia, a partir del próximo 12 de mayo.

Si desea hacer esta consulta presencialmente, puede verificar los listados en las alcaldías y sedes de las Registraduría. En caso de que su cédula esté en el registro, usted deberá supervisar las votaciones por ley.

Recuerde que de no prestar su servicio como jurado deberá presentar la excusa válida ante la Registraduría Nacional o de lo contrario podría incurrir en una multa de hasta 10 salarios mínimos legales vigentes o destitución de su cargo de trabajar como funcionario público.

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