Los jurados de votación
son ciudadanos mayores de 18 años y menores de 60 que, en representación de la sociedad, son seleccionados mediante sorteo por la Registraduría Nacional del Estado Civil para atender el proceso de las elecciones, efectuar los escrutinios y registrar los resultados en los formularios.
Los jurados de votación deben presentarse a las 7:00 a.m. en el puesto de votación que se les asignó. Su jornada electoral finaliza una vez culmine el escrutinio de mesa y haya entregado el sobre de claveros con los formularios electorales y votos al delegado del puesto correspondiente de la Registraduría Nacional.
¿Qué debe hacer si fue designado jurado de votación y no le notificaron sobre la capacitación?
El ciudadano que fue designado como jurado de votación y no recibió notificación alguna sobre dicha capacitación, tendrá que dirigirse a la oficina de la Registraduría más cercana para consultar los horarios disponibles y los lugares donde puede asistir las capacitaciones, ya que estas son de carácter obligatorio.
Tenga en cuenta que la fecha límite para el sorteo y designación de los jurados de votación para las elecciones regionales del 2023 está establecida hasta el 14 de octubre. Por ello, días antes se realizará la selección de los ciudadanos que prestarán dicho servicio.