El ambiente entre quienes apoyan el proyecto de la ley de orden público tiene dividido al Gobierno por la permanencia o no en la iniciativa de los artículos que dan libertad y amnistía a detenidos y condenados por hechos de violencia en las protestas.
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En el Gobierno y en su bancada en el Congreso están, por un lado, quienes proponen quitarlo para no arriesgar una derrota en la votación y, por el otro, quienes lo consideran un punto de honor que debe ir al debate. En medio de la discusión, al texto le hicieron modificaciones
Para el caso del artículo 16, concerniente a la potestad que tendría el presidente de designar como promotores de convivencia a personas privadas de la libertad en el marco de las protestas, se incluiría a miembros de la Policía Nacional.
Y el artículo 17, que habla de indultos, tendría estos cambios: "Se delimitará la facultad del presidente por 18 meses para aplicar estos beneficios y se incorporaría la figura de la amnistía".
También delimita el tiempo de los hechos paralos beneficiarios del indulto o la amnistía, que solo aplicarían para sindicados o condenados por conductas ocurridas en los años 2019, 2020 y 2021, es decir, en pleno estallido social.
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Asimismo, pone límites a los delitos que no serían indultables cuando se trate de homicidio, feminicidio, delitos sexuales o contra menores de edad.
Otra variación que tendría el proyecto es que se eliminaría el parágrafo que le permite transitoriamente al jefe de Estado expedir decretos ley para adelantar negociaciones con bandas criminales.
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