La providencia de la Corte Suprema de Justicia donde decidió la detención de Álvaro Uribe Vélez tiene 1.500 páginas, que contienen las justificaciones del fallo.
Para la corporación, el expresidente sería “determinador de los delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal” , con lo que presuntamente buscaba que cambiaran los testimonios en su contra.
Es decir, que “con la aprobación del senador, personas allegadas a él habrían emprendido probables actos de manipulación de testigos como se informó en su momento”, dijo el presidente de la sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia, Héctor Alarcón.
“El 24 de julio de 2018, la entonces sala de instrucción de la sala penal abrió proceso formal contra los congresistas Uribe y (Hernán) Prada, en el curso del cual rindieron indagatoria ante la nueva sala especial de instrucción en el mes de octubre del 2019”, añadió.
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Alfredo Gómez Quintero, exmagistrado de ese tribunal, explicó que un determinador “no participa, no ejecuta actos físicos de ejecución del delito. Es lo que algún sector de la doctrina denomina el hombre de atrás y tiene una pena igual a la del autor y equivale a lo que en otras legislaciones se denominaba como el autor intelectual”.
“Esta figura hace relación a la influencia o la idea que tuvo para que se cometiera un delito sin tener una relación directa con la ejecución del mismo”, agregó Álvaro Garzón, abogado penalista de la Universidad del Rosario.
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La Corte Suprema de Justicia recalcó que en este caso se actuó con rigurosidad estudiando pruebas documentales, videos, grabaciones e inspecciones.