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Corte Constitucional invocó su facultad para suspender leyes: ¿advertencia para el Gobierno?

La decisión de la Corte Constitucional sobre la invocación de esta facultad se encuentra incluida en el estudio de una demanda contra la ley de paz total.

El pasado jueves, 2 de marzo de 2023, sorprendió la decisión de la Corte Constitucional de invocar la facultad que tiene para suspender leyes hasta tanto cumpla con su revisión jurídica. La decisión está contenida en el estudio de la demanda contra la ley de paz total .

Varios magistrados pedían que la Corte suspendiera esa norma para evitar que el Gobierno pudiera conceder beneficios sin tener facultades para ello y autorizar libertades a personas que pertenezcan a organizaciones armadas ilegales.

Pero había un problema: que la Corte nunca ha suspendido una ley durante el trámite del proceso en sus 31 años de existencia y que ni la Constitución ni la ley le dan esa facultad en forma expresa al alto tribunal.

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Después de muchas discusiones tomaron una decisión unánime. Primero, no tocaron la ley de paz total, pero sí resolvieron que de ahora en adelante suspenderían excepcionalmente leyes que la Corte considere contrarias a la Constitución.

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Lo que se espera con esta decisión es que la Corte Constitucional no siga tomando decisiones sobre una ley cuando esta ya se ha aplicado. Pero, además, fuentes del mismo alto tribunal dijeron que la decisión es, en el fondo, una advertencia al Gobierno sobre el controvertido proyecto de lareforma a la salud , que, entre otras cosas, generó polémica por el trámite que debe cumplir en el Congreso.

Esta misma discusión la tuvieron los magistrados de la Corte Constitucional hace un año cuando debatían la ley de garantías que promovió el gobierno del entonces presidente Iván Duque. En ese momento, solo dos magistrados aceptaban que el alto tribunal pudiera suspender una ley mientras la estudiaba, esta vez fueron los 9 magistrados los que estuvieron de acuerdo.

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No solo la Corte Constitucional anunció una decisión importante frente al Gobierno, también el Consejo de Estado suspendió, casi que al mismo tiempo, el decreto que le permitía al presidente Gustavo Petro asumir las funciones de las comisiones de regulación de servicios públicos, diciéndole que no tiene competencias constitucionales ni legales para imponer las tarifas de los servicios públicos en el país.

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Y no fue la primera decisión del Consejo de Estado contra una medida del presidente por esa razón, la falta de competencias. Ya lo había hecho con la directiva expedida por el mandatario para evitar que una persona natural tuviera más de dos contratos de prestación de servicio con el Estado. En las dos decisiones, el Consejo de Estado le dijo al mandatario que esos cambios eran competencia del Congreso y no del Ejecutivo.

Lo que llama la atención es que en estas dos decisiones del Consejo de Estado se suspenden normas firmadas por un veterano del Congreso, el presidente Gustavo Petro.

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