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Colombia y Estados Unidos firman acuerdo clave sobre el Tratado de Libre Comercio, ¿de qué se trata?

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo informó que el Gobierno nacional y el de Estados Unidos "acordaron y firmaron una nota interpretativa del Capítulo 10 del Tratado de Libre Comercio".

TLC Estados Unidos y Colombia
TLC Estados Unidos y Colombia
Archivo

En un comunicado, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia informó que el Gobierno nacional y el de Estados Unidos "acordaron y firmaron una nota interpretativa del Capítulo 10 del Tratado de Libre Comercio vigente entre los dos países desde mayo de 2012".

Según informaron, durante una reunión bilateral entre el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes Hernández, y la Representante Comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, se formalizó "la firma de la Decisión 9 de la Comisión de Libre Comercio, en la que ambos Estados suscriben la declaración interpretativa sobre algunos aspectos del capítulo de inversión".

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"La nota, que es una herramienta contemplada dentro del Acuerdo, aclara la interpretación correcta que debe hacerse a ese Capitulo 10, que es el que aborda lo relacionado con inversiones, específicamente en lo que tiene que ver con las disputas inversionista-Estado, y no modifica el texto original del Tratado, es decir, mantiene las mismas protecciones", se lee en el comunicado.

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El ministro Reyes explicó que "esta aclaración es importante tanto para las expectativas de los inversionistas, como para los compromisos de los Estados y para la resolución de controversias por parte de jueces y autoridades nacionales, y árbitros internacionales".

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La nota interpretativa aclara los compromisos de protección que asume cada Estado ante ambigüedades que se puedan presentar en el marco del acuerdo. "Se han identificado términos que pueden llevar a malas interpretaciones de los compromisos pactados en el inicio del acuerdo que pueden derivar en demandas frívolas o abusos por parte de inversionistas que buscan sacar partido", añade el comunicado.

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En la nota interpretativa se reafirma el derecho que tiene cada país de emitir nuevas regulaciones en cumplimiento legítimo del desarrollo de sus políticas públicas y en defensa del interés público, como por ejemplo la protección al medio ambiente.

En el documento se ratifica también que si las inversiones no se ajustan a las normas internas del país receptor no se beneficiarán de la protección. Esto, aclararon, excluye la protección de inversiones ilícitas. De igual forma, defiende la soberanía de los jueces y autoridades colombianas.

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Se establece que los tribunales de inversión no son una segunda instancia de las decisiones internas de cada país, con lo cual no pueden revisar el fondo de las decisiones emitidas por los jueces y autoridades nacionales.

Además, la nota reitera que los inversionistas tienen la carga de demostrar sus reclamaciones y acreditar que estas no obedecen a meras expectativas o a posibles daños futuros o hipotéticos, como ya le ha ocurrido a Colombia, sino que se sustentan en evidencias objetivas y concretas.

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Y aclara las reglas de no discriminación a inversiones extranjeras y hace explícito que estas no implican que cualquier trato diferente es discriminatorio y que los inversionistas no serán sometidos a un trato discriminatorio basado en su nacionalidad.

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"La declaración, lejos de destruir los incentivos a la llegada de inversión extranjera, los refuerza para aquellas inversiones que tienen vocación de beneficiar tanto a los inversionistas como a la sociedad colombiana que las acoge", aclaró el Ministro Reyes.

Esta nota además, va en la línea con las directrices en las que se han movido los dos últimos gobiernos de Estados Unidos, en cuanto a la solución de disputas entre inversionistas y estados, lo que ha contado históricamente con apoyo bipartidista.

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De otra parte, esta Decisión va en línea con sentencias de la Corte Constitucional que estipulan que los acuerdos de inversión deben ajustarse al orden constitucional.

Igualmente, corresponde con la solicitud que, en varias ocasiones, se había hecho desde el Congreso de Estados Unidos para lograr un mayor balance en estos instrumentos, y que coinciden con los intereses y necesidades planteadas por el Gobierno del Presidente Gustavo Petro.

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Además, la nota está en línea con las discusiones que, en el orden multilateral, se han dado en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y en las Naciones Unidas, y en las que Colombia ha participado activamente.

En conclusión, con esta Decisión, se fortalece la soberanía nacional de los países y se disminuye el riesgo de inestabilidad en las finanzas públicas, evitando reclamos temerarios y condenas basadas en interpretaciones incorrectas del TLC.

Estados Unidos es el principal país de origen de inversión extranjera. Hasta el tercer trimestre del 2024, según datos de la balanza de pagos del Banco de la República, el capital extranjero desde ese mercado en Colombia ascendía a US$4.163 millones, cerca del 42 % del total.

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También es el principal socio comercial de Colombia. Representa el 29 % de las exportaciones totales del país al mundo y el 31,6% de las de bienes no minero energéticas. Y participa con cerca del 26 % de las importaciones de bienes totales.