Ricardo González Tovar había sido condenado a 45 años de cárcel, pero un fallo de segunda instancia ordenó que esté solo 10 años en reclusión psiquiátrica. “El condenado no es una persona imputable, sino inimputable y en esa medida no puede ser objeto de una medida de prisión tradicional”, declaró Flor Eucaris Díaz, presidenta del Consejo Superior de la Judicatura de Caldas. La sentencia fue modificada por la sala plena del Tribunal Superior de Manizales. Según el abogado de González Tovar, el fallo de segunda instancia reconoce la condición de su defendido en el momento en que ocurrieron los hechos. "Sufría un trastorno mental, en este caso una enfermedad, consistente en una depresión mayor”, afirmó el jurista César Augusto López. En 2011, en el municipio de Puerto Salgar (Cundinamarca), González mató con arma blanca a sus hijas Natalia y Sofía, de 15 y 10 años. Después atacó a su exesposa, Luz Estela Forero, a quien dejó gravemente herida. La jurisprudencia determina, no obstante, que el hombre no es exonerado de su responsabilidad. “La sanción aplicable no era una pena, sino una medida de seguridad consistente en una reclusión en un establecimiento psiquiátrico por espacio de 10 años”, afirmó el abogado López. González Tovar goza actualmente de su libertad. Aunque ahora se ordena su recaptura, la defensa asegura que se va a entregar de nuevo a la justicia, mientras que a las víctimas les queda sólo una vía legal: la instancia de casación. El Inpec determinará el centro de reclusión para el condenado una vez se entregue o sea capturado. Conozca más de este caso: Buscan evitar libertad de hombre que asesinó a hijas de 10 y 15 años...