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Pedagogía Electoral

  • Desde el 12 de mayo, los colombianos pueden consultar en la página web de la Registraduría y presencialmente si han sido convocados para la primera vuelta presidencial.

  • Además de las fotos del candidato y fórmula vicepresidencial, también aparecerá el logotipo del partido al cual pertenecen los aspirantes.

  • Si usted no realizó modificación alguna, su sitio habilitado para votar es el último donde sufragó.

  • Recuerde que se habrá una nueva selección debido a las irregularidades que se presentaron en las legislativas. Atento a las fechas de nueva convocatoria.

  • Tenga en cuenta esta información para el próximo 29 de mayo, día de las elecciones presidenciales.

  • Le explicamos en qué casos harán parte del censo electoral quienes cumplan penas en cualquier cárcel del país.

  • Este es uno de los delitos electorales y la sanción es tanto económica como punitiva.

  • Quien incurra en esta acción podría ir a la cárcel, además de pagar una multa.

  • Está tipificado como un delito que podría conllevar penas hasta de 8 años de cárcel, además de millonarias multas e inhabilitación para ejercer cargos públicos.

  • Es un delito electoral y quienes lo cometan pueden ir a prisión y pagar una cuantiosa multa. Le contamos cuándo se puede incurrir.