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Fotomultas
Fotomultas
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Solo en Bogotá, las cámaras salvavidas han tomado más de 10 mil foto comparendos en dos semanas de funcionamiento.
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La viceministra de Transporte aclara esta y otras dudas, a propósito de la sentencia de la Corte Constitucional sobre las fotomultas.
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Cuatro meses después del fallo, la Corte Constitucional hizo público el documento en el que se declara inexequible la solidaridad en los comparendos.
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Así lo anunciaron las secretarías de Movilidad, pese a fallo de Corte Constitucional que determinó que no se puede sancionar al propietario del vehículo.
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Aunque el alto tribunal ordenó imponer el comparendo al conductor, autoridades en Bogotá, Medellín y Cali señalaron que quien debe comparecer es el propietario.
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Superintendente reconoció que históricamente no se había adelantado ninguna averiguación preliminar para supervisar sistemas técnicos, pero la situación cambió.
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En Colombia hay un único laboratorio autorizado para hacer la revisión anual de estos dispositivos, que empieza a realizarse desde el momento en que se instala.
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El magistrado Alejandro Linares lo explica, a propósito del fallo que establece que multas deben ser cobradas al conductor y no al dueño del carro.
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El alto tribunal tumbó una parte de la norma que señalaba que se podía pagar de forma solidaria entre quien cometió la falta y el propietario.
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La suspensión de los dispositivos se dio luego de que el Ministerio de Transporte dijera que no cumplen con la normatividad y requerimientos técnicos exigidos.