El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió una demanda que pretende tumbar el Decreto 984 del 2 de agosto de 2024, por medio del cual el Ministerio de Relaciones Exteriores designó a Andrés Hernández como cónsul de Colombia en México en provisionalidad.>>> También puede leer: Una denuncia por estafa y otras polémicas de Andrés Hernández, cónsul respaldado por PetroEl tribunal decretó una medida cautelar en la que ordenó la suspensión provisional del decreto con el que se hizo la designación de Hernández. En este sentido, el funcionario queda por fuera de su cargo, mientras la sala estudia el caso y toma una decisión de fondo.La orden emitida por el magistrado Moisés Rodrigo Mazabel se suma a la del Consejo de Estado, que en marzo de 2024 anuló el acto administrativo con el que nombraron a Andrés Hernández por primera vez como cónsul en México.De acuerdo con información recopilada por El Tiempo, en ese momento, el consejero de Estado Luis Alberto Álvarez ratificó que "por lo menos existía una persona perteneciente a la carrera diplomática y consular en disponibilidad para ser designada en dicha plaza".¿Por qué suspendieron al cónsul en México?La demanda fue presentada ante el Tribunal de Cundinamarca de parte de la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (UNIDIPLO), al considerar que Hernández no cumple con los requisitos para ser designado como cónsul, haciendo énfasis en la experiencia requerida para el puesto."El demandante considera que el acto de nombramiento contenido en el Decreto 984 del 2 de agosto de 2024 debe ser suspendido, toda vez que fue expedido sin que Andrés Camilo Hernández Ramírez tuviera los requisitos para ser designado en el cargo en mención (experiencia laboral requerida), sin analizar previamente la posibilidad de nombrar como Consejero de Relaciones Exteriores un funcionario que estuviese actualmente en carrera diplomática y consular, tal y como lo preceptúa la norma y el principio de especialidad, aun cuando el Consejo de Estado había declarado previamente la nulidad Decreto 0143 del 1de febrero de 2023 en que se nombrada al demandado en el mismo cargo que hoy se discute", se lee en el acto administrativo citado por El Tiempo.Según el magistrado ponente, para tal cargo se deben tener en cuenta, de acuerdo con la jurisprudencia del Consejo de Estado, a los funcionarios que lleven al menos un año en periodos de rotaciones en el exterior. De acuerdo con el citado medio, en el caso de Hernández, había otros 25 funcionarios de carrera que cumplían con los requisitos y hubiesen podido ser nombrados para la vacante."Ante el desconocimiento del parágrafo del artículo 37 del Decreto Ley 274 de 2000, por cuanto el Ministerio de Relaciones Exteriores debía haber optado por nombrar a alguno de los funcionarios arriba referidos retirándolos de forma excepcional de su periodo de alternación; su decisión fue la contraria y procedió a nombrar a un tercero, se accederá a la medida cautelar de suspensión provisional del Decreto 984 del 2 de agosto de 2024", dice la medida.El cónsul había estado recientemente en el ojo del huracán por una polémica acusación. Al parecer, el funcionario se había apropiado de 80 millones de pesos que le pertenecían a una de sus dependientes. A raíz de esta situación, las autoridades iniciaron una investigación contra Hernández por estafa y acoso laboral.>>> También puede leer: Presidente Petro recibe medalla de la paz por parte de universidad de México
En segunda instancia, el Consejo de Estado falló de nuevo a favor de Enrique Vargas Lleras en su pleito con el presidente Gustavo Petro. Las diferencias están relacionadas con unas declaraciones hechas por el mandatario, quien aseguró que la familia Vargas Lleras estaba relacionada con el desfalco al sistema de salud.>>> También puede leer: Impugnan fallo que ordena a Petro retractarse por palabras contra familia Vargas LlerasEnrique Vargas interpuso una tutela argumentando su derecho al buen nombre y el Consejo de Estado, en primera instancia, falló en favor de él y ordenó rectificar y pedir disculpas. Este jueves, en segunda instancia, el alto tribunal confirmó el fallo asegurando que el jefe de Estado hizo esas afirmaciones sin demostrar su veracidad.Germán Vargas Lleras calificó a Petro de "mentiroso"Germán Vargas Lleras reaccionó a esta ratificación del Consejo de Estado. "Por segunda vez, en recurso de apelación, falló a favor de mi hermano Enrique Vargas Lleras y en contra de Petro. Petro, calumnioso y mentiroso. Ojalá cumpla el alcance de esa sentencia, pero me temo que no, porque usted, amparado en su fuero presidencial, deshonra y calumnia a todo el mundo sin ninguna prueba. Por eso es que yo he sostenido que en sus manos el Estado de derecho está en grave peligro", manifestó el también director del Partido Cambio Radical.El Consejo de Estado ha remitido esta tutela para su eventual revisión por parte de la Corte Constitucional, tribunal que podría seleccionarla para analizar su contenido y emprender algún pronunciamiento adicional frente al caso.Petro vinculó a la familia Vargas Lleras con deudas de Nueva EPSA través de su cuenta de X, el jefe de Estado manifestó que la familia Vargas Lleras debería dar una respuesta por las millonarias deudas de Nueva Eps.El pasado 28 de mayo, Petro escribió en su cuenta de X lo siguiente: "El sistema de salud con intermediación financiera de recursos públicos es insostenible. El Senado rechazó la reforma que podía sostenerlo. Hoy encontramos que ocultaron en la Nueva EPS deudas de cerca de 5 billones de pesos en el año 2023. La familia Vargas Lleras debería responder por esta inmensa pérdida de recursos públicos y de clínicas y hospitales sin pago".Por estas declaraciones que, según Enrique Vargas Lleras, atentan contra el buen nombre de su familia, él interpuso una acción de tutela por las “tendenciosas y falaces afirmaciones” del jefe de Estado.El fallo en primera instancia del alto tribunal fue a favor de Vargas Lleras. Sin embargo, la abogada Carolina Jiménez, en representación del presidente, impugnó la sentencia.El argumento de la defensa de Petro se basó en que “las declaraciones del presidente de la República sí se ciñeron a las exigencias del denominado poder-deber que analizó el a quo y que rigen los discursos o intervenciones públicas”.Aunque la abogada solicitó al Consejo de Estado que se negara “el amparo a los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre del accionante, Enrique Vargas Lleras”, el Consejo de Estado determinó en segunda instancia que el primer mandatario deberá rectificar su afirmación y disculparse con la familia Vargas Lleras.>>> También puede leer: ¿Petro desacatará fallo y no se retractará por lo que dijo sobre familia Vargas Lleras?
Héctor Carvajal, abogado del presidente Gustavo Petro, manifestó que, en el caso que se adelanta en el CNE en contra del mandatario, no presentarán descargos. Además, reveló cómo defenderá al jefe de Estado ante las acusaciones del organismo electoral.>>> Vea más: Lo que dice CNE y las respuestas de Petro: ABC del proceso que tiene hablando a Colombia“No voy a presentar descargos porque no puedo atender sus requerimientos. Si digo que no tienen competencia, no puedo actuar en su proceso”, indicó el defensor en Blu Radio.Por otra parte, el abogado del presidente Petro explicó que "lo que se busca es ratificar las medidas cautelares para proteger el cargo del presidente, como ya lo hizo la Corte Interamericana en el pasado”.¿Proceso contra Petro puede terminar con su destitución?Sobre una posible multa en contra del jefe de Estado, Carvajal aseguró que esta sanción podría generar un juicio por indignidad, lo que, según él, pondría en riesgo el cargo del presidente: “Es grave que se deje imponer una multa al presidente de la República porque no se puede sentar un precedente de esa naturaleza en el país”.El abogado sostuvo que cualquier sanción impuesta por el Consejo Nacional Electoral carece de legitimidad y podría desatar consecuencias jurídicas. “El CNE no tiene competencia para emitir multas contra un presidente. Si no lo puede investigar, mucho menos multar”, manifestó en Blu Radio. Según Carvajal, la ley 996 establece que, “si hay una imposición de multas por violación de topes, inmediatamente se abre un juicio por indignidad al presidente”.Sobre las acusaciones de violación de topes contra la campaña del presidente Gustavo Petro, el abogado Carvajal manifestó que el mandatario "pidió que sea público el proceso, para que todo el mundo conozca que realmente no hubo violación de topes”.¿Cómo se defenderá el presidente Petro?El abogado del presidente Gustavo Petro indicó que “la defensa tiene que enfocarse en lo fundamental: en el fuero. Él viene haciendo alusión al tema probatorio, porque ya se está debatiendo”.Según el abogado del jefe de Estado, “hoy en día hay una ley estatutaria que establece el procedimiento para llevar a cabo este tipo de violación. No es imposible que este proceso termine en la destitución del presidente, debido a la polarización política que vive el país”.Por otra parte, a pesar de que el Consejo de Estado rechazó las solicitudes de anulación presentadas por el abogado Carvajal, este indicó que “nosotros estamos esperanzados en la acción de tutela que está en trámite en este momento en el Consejo de Estado y que terminará en la Corte Constitucional”.Por último, el defensor del presidente Gustavo Petro sostuvo que si la acción de tutela no tiene respuesta favorable, el caso se expondría ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ya favoreció al jefe de Estado cuando era alcalde de Bogotá y fue destituido por el entonces procurador Alejandro Ordóñez: “Son dos situaciones idénticas y ambas por autoridades administrativas, solo que una era por la Procuraduría y ahora es el CNE” .>>> Le puede interesar: Magistrada del CNE señala a Petro por ‘campaña de desprestigio’ en su contra
El Consejo de Estado rechazó anular la petición de nulidad solicitada por el presidente Gustavo Petro sobre la jurisdicción del Consejo Nacional Electoral (CNE), para continuar la investigación administrativa por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a la campaña electoral del mandatario. >>> También puede leer: Lo que dice CNE y las respuestas de Petro: ABC del proceso que tiene hablando a ColombiaEl alto tribunal rechazó la nulidad interpuesta por Gustavo Petro a través de su abogado Héctor Carvajal, quien señaló que "la competencia del CNE para auditar, revisar e investigar las campañas electorales a la Presidencia de la República, sobre el estricto cumplimiento de las normas sobre financiación de que trata la citada ley, termina en el momento en que una de ellas resulte victoriosa, momento en el cual, frente a quien resulte electo como presidente, esta atribución se radicará en cabeza de la Comisión de Acusaciones de la Cámara, una vez concluido el examen de las cuentas por parte del Consejo Nacional Electoral y siempre que se haya impuesto sanción por violación de topes o financiación ilegal".La defensa de Petro buscaba tumbar la decisión que el alto tribunal determinó el pasado 6 de agosto, en la que se definía que el CNE tenía competencia para investigar al presidente Petro, como candidato, y su campaña. Sin embargo, se ratificó la resolución inicial. De acuerdo con El Tiempo, el Consejo de Estado había indicado en su momento que "el fuero especial del presidente de la República, conforme a lo previsto en los artículos 174, 175 y 178 Constitucional, se predica de las investigaciones penales y disciplinarias, sin que se pueda hacer extensivo a las investigaciones administrativas por presunta violación al régimen de financiación de campañas electorales que dan lugar a sanciones de tipo administrativo de competencia del Consejo Nacional Electoral".Una consulta aún sin resolver en el caso del CNE y PetroEl alto tribunal no ha hecho público un documento oficial que sustente la determinación. Mientras que queda pendiente otra situación por resolver. Se trata de una acción de tutela que interpuso el presidente Petro en la que se busca anular la determinación de la Sala de Consulta que ha sustentado en parte la decisión del CNE de investigarlo. >>> También puede leer: "El CNE respeta la dignidad presidencial": César Lorduy tras formular cargos a Petro
Abierta la investigación contra el presidente Gustavo Petro y su campaña electoral, ahora su defensa responderá a los cargos y pedirá pruebas.>>> También puede leer: CNE formula cargos contra Petro y su campaña por presunta violación de topes electoralesTras la decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de formular cargos, se inicia a partir de ahora una serie de pasos que hacen parte del proceso.Proceso de formulación de cargos del CNE contra Petro y su campañaEl primer paso es que van a notificar de la apertura de la formulación de cargos a las diferentes partes involucradas. Los abogados del presidente Gustavo Petro van a tener 15 días para contestar las acusaciones y pedir pruebas.Se abrirá la fase probatoria y en un plazo más o menos de 60 días se va a cerrar esta etapa. En ese punto, los abogados van a presentar los argumentos que sustenten por qué a su juicio Gustavo Petro es inocente.El segundo paso está contemplado para llevarse a cabo en 15 días hábiles, que corresponde al lapso definido para los alegatos de conclusión. Los magistrados que están investigando al primer mandatario van a tener un mes para elaborar la ponencia que se presentará en la Sala Plena y se va a tener que votar nuevamente.Tras esta etapa solamente se pueden presentar dos decisiones: sancionar o no sancionar al presidente Gustavo Petro. Pero, el experto en derecho electoral, Alfonso Portela, explicó que el primer mandatario no está en riesgo de perder su fuero presidencial."En lo que tiene que ver con el Consejo Nacional Electoral, las sanciones están previstas en la ley y son únicamente temas de multas o devolución de dineros que el Estado le haya entregado a la campaña en su momento", confirmó Alfonso Portela, abogado experto en derecho electoral, en diálogo con Noticias Caracol en vivo.Las sanciones se dividen en dos multas o si el Consejo Nacional Electoral así lo determina, sería una devolución de una parte del dinero que se dio por la reposición de votos.Para el experto, "es importante tener en cuenta que la parte penal, pues le corresponderá en lo que tiene que ver con el señor presidente de la República a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, a la Fiscalía en lo que tiene que ver con el gerente y los demás miembros de la parte financiera de la campaña y en ese evento es la parte penal".En el paso cuatro se puede considerar si hay lugar a una sanción penal o disciplinaria; en el caso del presidente Gustavo Petro el traslado será a la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes para que se estudie y se tome una decisión de fondo.>>> También puede leer: ¿Qué puede pasar con el presidente Petro tras la formulación de cargos por parte del CNE?
El presidente Gustavo Petro se refirió a la propuesta en México de elegir a los jueces por medio de voto popular, en medio de la posesión de la magistrada del Consejo de Estado, Elizabeth Becerra.>>> Vea más: Presidente Petro regula el uso diferenciado y proporcional de la fuerza en la PolicíaDurante el evento, el jefe de Estado le propuso a la magistrada abrir un diálogo entre el poder judicial y los cambios de Colombia para poder llegar a un acuerdo nacional.¿Qué dijo Petro sobre elección popular de jueces?“A veces no se quiere escuchar el voto popular y es una discusión actual y permanente. México, no sé si equivocado o no, lo ha sentido tanto que ya propuso la elección popular de jueces. No sé si ese sea el mejor camino, pero eso no resulta porque sí”, indicó el mandatario.Además, dijo que la propuesta en México de elección popular de jueces resulta “porque América Latina está viendo, a lo largo y ancho de su espacio continental y vital, que los deseos de cambio del pueblo no son seguidos por las doctrinas jurídicas que tienen que fluir con la vida”.El presidente Gustavo Petro agregó que “las instituciones no son estáticas. Igual que una ley puede cambiar, puede ser interpretada y puede fluir la doctrina, porque si no fluye se estrella contra el pueblo y el pueblo lo va a demandar, porque, como ustedes lo han leído en sus libro y códigos, en la democracia la soberanía recae en el pueblo y en nadie más”.Suprema Corte de México admite consultas para elegir jueces con voto popularEl Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México admitió el lunes 7 de octubre tres nuevas consultas para analizar las impugnaciones contra la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) que el pasado 15 de septiembre promulgó el expresidente Andrés Manuel López Obrador (2018-2024) para elegir en las urnas a jueces y magistrados.Las consultas a trámite son para ver si es viable analizar de fondo de la reforma, mientras que los ministros desecharon, por ocho votos contra tres, otras tres consultas en las que se proponía que la Suprema Corte "carece de facultades de otorgar medidas cautelares".El pleno de la SCJN trabajó para conocer seis consultas a trámite y tres fueron similares a la que aceptó el pasado jueves 3 de octubre, cuando la SCJN abrió un debate para decidir si tiene facultades para revisar la reforma judicial.La decisión, que se dio tras un votación por mayoría de ocho votos contra tres, admitió una de las impugnaciones de jueces y magistrados contra la citada reforma, para analizar si el alto tribunal puede revisar la enmienda constitucional.Polémica en México por propuesta de elegir jueces con voto popularLa polémica reforma judicial ha levantado las críticas de diversos organismos internacionales que aseguran que se pone en riesgo el Estado de derecho en el país.El pasado viernes, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, acusó de un "golpe aguado" a la Suprema Corte por intentar frenar la reforma judicial.Mientras que este lunes, Sheinbaum propuso dos reformas legales para definir las reglas para la selección de candidatos, las campañas y la votación de la primera elección popular del Poder Judicial, el 1 de junio de 2025.La mandataria mandó dos iniciativas para la Ley General de Instituciones Procedimientos Electorales y la Ley General del Sistema Medios de Impugnación en Materia Electoral para las elecciones de jueces, magistrados y ministros de la SCJN.La gobernante mexicana firmó estas propuestas tras la promulgación el 15 de septiembre de la reforma constitucional al Poder Judicial que instaurará comicios populares para elegir a todos los jueces, pero faltaban leyes secundarias para definir el proceso y la selección de candidaturas.Los mexicanos tendrán una elección extraordinaria el 1 de junio de 2025 para seleccionar al 50 % de los jueces y magistrados federales, algunos jueces estatales, las vacantes del Tribunal Electoral, a todos los ministros de la Suprema Corte y a todos los miembros del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial.>>> Le puede interesar: Este es el acuerdo nacional propuesto por Petro: conozca sus 5 puntos cruciales
El Consejo de Estado pidió a la Corte Constitucional anular la sentencia que le permitió a Altus Baquero reintegrarse como magistrado del Consejo Nacional Electoral.>>>Corte Constitucional declaró válida la elección de Altus Baquero como magistrado del CNE¿Cuáles son los argumentos del Consejo de Estado para pedir la nulidad del fallo sobre el reintegro de Altus Baquero al CNE?El argumento del Consejo de Estado para hacer dicha solicitud señala que la Corte Constitucional excedió sus competencias y vulneró el debido proceso.“Se desconoció el derecho fundamental al debido proceso porque se vulneró la garantía de contradicción de la autoridad accionada, pues en el fallo cuestionado se resolvió un debate no propuesto por el peticionario y respecto del cual la Sección Quinta del Consejo de Estado no tuvo oportunidad de pronunciarse”, señala el documento con el que el Consejo de Estado hace la petición y que está dirigido al magistrado de la Corte Constitucional Juan Carlos Cortés González.En el escrito, el Consejo de Estado adujo también que la anulación se debe dar ante la “falta de competencia de la Corte Constitucional, en sede revisión, para adoptar medidas en un proceso de tutela que no es el objeto de la selección, en el cual aún no se ha proferido fallo de primera o única instancia y. por ende, no ha sido seleccionado por el tribunal constitucional”.El fallo de la Corte Constitucional que favorece a Altus BaqueroUna sentencia de la Corte Constitucional ordenó "suspender los efectos de la sentencia proferida por la Sección Quinta del Consejo de Estado el 6 de junio de 2024, que declaró la nulidad de la elección de Altus Alejandro Baquero Rueda", además de pedirle al Congreso abstenerse de adelantar la elección de un candidato para suplir la vacante del magistrado en el CNE.Toda esta situación se registra en medio justamente de un proceso que se adelanta en el CNE para votar una ponencia que busca formular cargos al presidente de Colombia, Gustavo Petro, y a su campaña de 2022 por la presunta violación de topes electorales.>>>Consejo de Estado anula la elección de Altus Baquero como magistrado del CNE
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, decidió retirar a Álvaro Ninco como embajador en México, dando así cumplimiento a un fallo del Consejo de Estado. El mandatario tomó esa determinación mediante el decreto 1159 con fecha del 13 de septiembre de 2024.>>>En contexto: Tumban nombramiento de Álvaro Moisés Ninco como embajador de Colombia en MéxicoEl documento detalla que se decidió "retirar del servicio al señor ÁLVARO MOISÉS NINCO DAZA... en el cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, código 0036, grado 25 de la planta de personal del Despacho de los Jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente decreto".Justamente en esa parte, el decreto sustenta la decisión con base en un fallo del Consejo de Estado emitido el 8 de agosto pasado, donde se reafirma la nulidad del decreto No. 0190 del 10 de febrero de 2023, a través del cual se nombraba a Álvaro Ninco como embajador de Colombia en México."ÁLVARO MOISÉS NINCO DAZA contará con el término señalado en el literal d) del artículo 61 del Decreto 274 de 2000 para hacer dejación del cargo y regresar al país", agrega el decreto mediante el cual se establece su retiro del cargo.En ese sentido, de acuerdo a lo estipulado en el mencionado del decreto 274 de 2000, "cuando el funcionario en provisionalidad sea desvinculado del servicio por insubsistencia, tendrá derecho a dos meses de plazo para hacer dejación del cargo y regresar al país".¿Por qué se declaró la nulidad del nombramiento de Álvaro Ninco?En noviembre de 2023, el Tribunal de Cundinamarca tumbó el nombramiento de Álvaro Moisés Ninco como embajador de Colombia en México. Esto se dio a raíz de una demanda interpuesta por la senadora Paloma Valencia y Adriana Marcela Sánchez.De acuerdo con la demanda, Álvaro Moisés Ninco no cumplía con los requisitos necesarios para ser embajador, algo que fue avalado por el Tribunal de Cundinamarca.Decisión en contra del nombramiento de Álvaro Moisés Ninco había sido apeladaLa decisión de primera instancia había sido apelada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, entidad bajo la cual se hizo el nombramiento.Pese a esto, el Consejo de Estado determinó que la expedición del decreto 190 del 10 de febrero de 2023 es nula, puesto que el ministerio "no evaluó los comentarios presentados por el sindicato Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular, y no cumplió con el término de los tres días calendario para la publicación de la hoja de vida del candidato, antes de proferirse la designación de Álvaro Moisés Ninco Daza".Vea el decreto 1159 con fecha del 13 de septiembre de 2024 aquí:>>>Otros hechos: Corte Suprema también abre investigación contra David Racero por posibles abusos en su UTL
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, respondió en la tarde de este viernes, 27 de septiembre de 2024, al fallo de tutela por parte del Consejo de Estado en el que se le ordenó disculparse públicamente por haber llamado “asesinos” a personas que han gritado la frase “fuera Petro”.>>>“Quienes gritan ‘fuera Petro’ no son asesinos”: presidente tras fallo de Consejo de Estado“La sentencia de tutela 2024-04386 emitida por el H. Consejo de Estado el 19/09/2024, me ordenó ofrecer disculpas públicas porque presuntamente llamé ‘asesinos’ a quienes han expresado ‘fuera Petro’. El 19/09/2024 me disculpé mediante una publicación en X, en la que afirmé: ‘Las personas que gritan 'Fuera Petro' no son asesinos, disculpen’”, señaló el primer mandatario a través de una carta que publicó en su cuenta de la red social X.En la misiva, el jefe de Estado aseguró que ofreció disculpas antes del pronunciamiento judicial de primera instancia, con el fin de “corregir rápidamente una interpretación errónea” de sus expresiones y, al mismo tiempo, reafirmar su “compromiso con el diálogo y la reconciliación”.“Esta respuesta fue una medida práctica para proponer el debate político y reflejar una actitud de apertura hacia la crítica, el entendimiento y el respeto por todas las voces en nuestra sociedad. Mi objetivo es fomentar siempre un ambiente democrático en el que todos se sientan escuchados y respetados, independientemente de sus opiniones”, sostuvo el presidente de la República.El presidente Petro hizo énfasis en una diálogo constructivoAsimismo, el mandatario Gustavo Petro subrayó que, al reconocer públicamente que las voces disidentes no deben ser descalificadas, busca impulsar “un diálogo constructivo que trascienda la polarización”.“Este tipo de interacción no solo responde al espíritu de la orden de la sentencia de tutela, sino que también actúa como un baluarte para la construcción de una nación más inclusiva, donde el respeto y la convivencia pacífica sean principios fundamentales”, explicó.Finalmente, el presidente Petro consideró que su publicación en la red social X no solo cumple con la orden impartida por el Consejo de Estado, sino que “representa un esfuerzo sincero por fomentar la reconciliación genuina en nuestra sociedad”.>>>En contexto: "Son los asesinos los mismos que gritan 'fuera Petro'", afirma presidente colombiano
El Consejo de Estado admitió este viernes, 27 de septiembre de 2024, una tutela que presentó el presidente de Colombia, Gustavo Petro, con la cual pretende que las investigaciones en contra de su campaña de 2022 por supuesta violación de topes electorales queden en manos de la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.>>>César Lorduy fue elegido presidente del CNE en medio de investigación a campaña de PetroEl jefe de Estado radicó el recurso en contra de la decisión de la Sala de Consulta Civil del Consejo de Estado, que determinó que el caso tenía que ser investigado por el Consejo Nacional Electoral (CNE).Las pretensiones del presidente Gustavo PetroEn el documento con el cual admite la tutela, el alto tribunal resaltó las pretensiones del presidente Gustavo Petro.“El doctor Gustavo Francisco Petro Urrego, quien actúa a través de apoderado judicial, demanda el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, ‘al juez natural, al non bis in ídem, al fuero especial integral constitucional, a la regla del precedente constitucional contenido en las sentencias C-1153 de 2005 y SU-431 de 2015 y, lo más importante, garantizar la estabilidad institucional de la Nación y de la figura del Presidente de la República como máxima autoridad administrativa’, los cuales considera vulnerados por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado”, dice el texto.En ese orden de ideas, el alto tribunal puntualizó que el mandatario solicita dejar sin efectos la decisión que adoptó dicha sala el 6 de agosto de 2024, al considerar que, mediante esta, de forma arbitraria y en extralimitación de funciones, ordenó al Consejo Nacional Electoral seguir investigándolo, “en sede administrativa, aduciendo falta de fuero frente a la actuación que allí se sigue”.Por lo tanto, el Consejo de Estado indicó que el presidente pide “ordenar al Consejo Nacional Electoral abstenerse de aplicar la decisión de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en cuanto dispuso que el Señor Presidente de la República Dr. GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO, no posee fuero constitucional especial, para su investigación y juzgamiento ante el Consejo Nacional Electoral”.Vea aquí el documento con el que el Consejo de Estado admitió la tutela del presidente Gustavo Petro:>>>CNE retomó sesiones del caso contra campaña del presidente Petro: ¿habrá pliego de cargos?
A partir de noviembre, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) realizará el cambio de formato de factura del servicio de agua en la ciudad. Según mencionó la compañía, tiene el propósito de brindar a los usuarios un documento más amigable, claro, moderno y didáctico, proporcionando herramientas que les permitan gestionar de manera más responsable el uso del líquido vital.>>> Lea también: Aunque embalses de Bogotá han mejorado, expertos lanzan advertencias: "No podemos relajarnos"Adicionalmente, cumplirá con las directrices de la DIAN respecto a la normativa del documento equivalente electrónico de servicios públicos."La factura es la manera en como nosotros nos relacionamos con nuestros usuarios. Es el documento que nos formaliza esa relación. (...) Tratamos de entender cuál era la mejor manera de que los usuarios entendieran que esto no es solamente por pagarla, sino también una manera de obtener información valiosa para poder lograr el cambio de la relación con el agua", indicó Natasha Avendaño, gerente de la EAAB. El diseño de esta nueva factura se llevó a cabo luego de un trabajo articulado con el Laboratorio de Innovación Pública de Bogotá (IBO), labor que inició desde el mes de abril y permitió, por medio de herramientas pedagógicas y ejercicios con expertos en la ciencia del comportamiento, construir un documento que entrega un consumo más evidente y claro para los usuarios.>>> Puede leer: Asesinan a la hermana de la boxeadora olímpica Valeria Arboleda en el barrio Las Cruces de BogotáDentro de las novedades que ofrece esta nueva factura, se destacan: la forma de visualizar la liquidación de la factura; el comportamiento del consumo con alertas visuales por medio de colores que muestran la variación del mismo; acceso directo al portal de pagos de la EAAB a través de PSE al escanear un código QR; recomendaciones para usar el agua de manera más eficiente; entre otros.Es importante indicar que los usuarios no tendrán que realizar ningún trámite para recibir la nueva factura, ya que dicho documento seguirá llegando a los hogares y establecimientos de comercio en la misma modalidad en que lo han recibido tradicionalmente. Para aquellos que ya se encuentran registrados en el programa llamado 'Factura Virtual de la EAAB', la recibirán en sus correos electrónicos inscritos.La EAAB inició la socialización de este nuevo diseño con los usuarios en las diferentes localidades y zonas de servicio que maneja la empresa. Asimismo, ha dispuesto de un espacio en su página web con el fin brindar orientación detallada frente a cada ítem de la nueva factura. Para conocer estas especificaciones ingrese a www.acueducto.com.co, botón “todo sobre mi factura” y botón “conozca la factura”, o en “Chatico”, el asistente virtual de la Alcaldía Mayor de Bogotá.Características de la nueva factura de Acueducto de BogotáUna de las novedades de la nueva factura es que contará con cuatro bloques de información:En el primer bloque encontraran los datos del suscriptor y/o usuario, información del predio, fechas relevantes de pago y suspensión, el código QR para la validación del Documento Equivalente Electrónico, datos de contacto para la atención al cliente, firma del representante legal, NIT de la Empresa y los requerimientos que exige la norma vigente.En el segundo bloque, los usuarios podrán observar el detalle del consumo, tanto en metros cúbicos como en litros. Incluye también los datos del medidor, consejos para un consumo responsable, el desglose de cobros por servicios prestados y un código QR para pagos en PSE.En el tercer bloque se encontrará el detalle de la liquidación de la factura por los servicios de acueducto y alcantarillado, así como otros conceptos, tales como: mínimo vital de estratos 1 y 2 en Bogotá, saldos anteriores, financiaciones, deudas en estudio, cobros a terceros, canales de pago, códigos de barras de recaudo y números de referencia para pagos que se utilizan en entidades autorizadas.En el cuarto y último bloque podrán acceder al detalle de la liquidación del servicio de aseo, en caso de que este sea cobrado a través de la factura de la EAAB, así como un espacio destinado para información publicitaria.
La Real Academia Española (RAE) es una institución cultural fundada en 1713 por iniciativa de Juan Manuel Fernández Pacheco y Zúñiga, marqués de Villena. Su misión principal es velar por la pureza y unidad del idioma español, asegurando que los cambios que experimente la lengua no quiebren su esencial unidad en todo el ámbito hispánico. Esta institución, que sigue actualizando y adaptando sus normas, se dedica a la regularización lingüística mediante la promulgación de normativas dirigidas a fomentar la unidad idiomática y garantizar una norma común. La manera en que formulamos ciertas preguntas en español puede tener matices importantes dependiendo del contexto en que las usemos y esta es una de las preguntas en las que la RAE se especializa.Una de las dudas más comunes en la vida diaria es sobre cómo preguntar por la hora. Si bien en el día a día se cree que hay dos formas de hacerlo: ¿Qué hora es?, y ¿Qué horas son?, la Real Academia Española (RAE) aclara que una de ellas es la más adecuada, sobre todo en contextos formales.>>> Puede leer: ¿Se dice "beber" o "tomar"? Este es el uso correcto, según la RAEAsí puede preguntar la hora correctamenteLa Real Academia Española (RAE) ha resuelto una de las dudas lingüísticas más comunes entre los hispanohablantes: ¿se debe preguntar "qué hora es" o "qué horas son"?. A esta cuestión, la institución proporcionó una respuesta clara y definitiva.Según la RAE, la forma correcta de preguntar por la hora es: ¿qué hora es?, en singular. Esta expresión es la que se recomienda utilizar, especialmente en situaciones que requieran un lenguaje más culto o profesional, como en el ámbito académico, laboral o en encuentros formales. Por ejemplo, al asistir a una conferencia, en una reunión de trabajo o cuando se redacta un texto académico, la pregunta ¿qué hora es?, debe ser la opción elegida.El uso del singular en esta expresión se debe a que, al referirse a la hora como un concepto abstracto, se considera que la hora es una unidad indivisible. La RAE también señala que el uso de ¿Qué hora es?, es el estándar en la lengua culta y es la forma más aceptada en el lenguaje escrito formal.Sin embargo, la RAE también reconoce que la forma en plural "¿Qué horas son?", es admisible, aunque menos recomendable. Esta variante se utiliza con cierta frecuencia en algunos países de América Latina, especialmente en contextos informales o en el habla popular. A pesar de su uso, la academia sugiere evitar esta formulación para mantener la corrección gramatical en la lengua escrita y formal. Por lo tanto, en situaciones informales, como una charla con amigos o en un entorno más relajado, la pregunta ¿Qué horas son?, es aceptable, aunque no es la opción más adecuada para quienes buscan usar un lenguaje más refinado.Puede consultarle dudas a la RAE en redesLa Real Academia Española, además de ser una autoridad en cuanto a la normativa lingüística, es muy activa en la resolución de dudas ortográficas y gramaticales que los hablantes de español le plantean a diario. A través de su cuenta oficial de X (@RAEinforma), la RAE atiende miles de consultas sobre el uso adecuado del idioma, aclarando tanto reglas como dudas cotidianas.Para plantear una duda, basta con usar el hashtag #RAEconsultas y esperar la respuesta de los expertos. Sin embargo, es importante recordar que la RAE solo responde consultas sobre el uso del idioma, y no otros temas ajenos a la lingüística. Esta institución desempeña un papel fundamental en la regulación, unificación y promoción del español, asegurando que el idioma evolucione de manera coherente y mantenga su riqueza y diversidad en todos los territorios donde se habla y, a través de la resolución de dudas gramaticales, ortográficas y léxicas, la RAE ayuda a promover el conocimiento y la correcta utilización del idioma. >>> Le puede interesar: ¿Pelo o cabello? La RAE explica cuál es el término que se debería usar
"Yo antes la había visto, pero, por su condición, no la reconocía". Eso señala, aún impactado, Andrés Leonardo Pacheco. Y cómo no si el martes pasado, gracias a un verdadero milagro, se reencontró con su mamá. Doña María era la habitante de calle a la que tantas veces se había topado en el Parque Lineal de Cúcuta.>>> En contexto: así fue el reencuentro de esta madre y su hijoPasaron 20 largos años desde que Andrés Leonardo y su madre perdieron contacto. La mujer se separó del esposo y este se llevó a su hijo para Venezuela. "Mi papá nos cortó toda comunicación con ella desde que nos fuimos. Todo ese tiempo siempre nos cortó la comunicación", subrayó el joven, en diálogo con Noticias Caracol en vivo.El hijo, sin embargo, jamás olvidó a su mamá. La recordaba constantemente y hace cerca de cinco años, al volver a Cúcuta, empezó a buscarla con mayor intensidad. Se la preguntó a vecinos y conocidos, pero nadie le dio razón. Algunos solo le indicaban que, quizá, podría estar en la mendicidad."De tanto buscar, ya había perdido un poco la esperanza, pero ayer (12 de noviembre) se acercó un muchacho (habitante de calle) a pedirme unas monedas y un cigarrillo, y yo se los di. Y el muchacho, en broma, me dijo: 'Ahí está su mamá, se parecen'. Y se fue. Yo me puse a pensar, me senté con la señora y hablé con ella. Le di unas moneditas y, cuando comenzamos a hablar, supe que era mi mamá. No la reconocí al principio porque fueron 20 años. Yo me fui cuando estaba niño y ya tengo 32".¿Cómo se reconocieron la madre habitante de calle y su hijo?Andrés Leonardo reveló que, además de un lunar que comparten, la forma de sus cachetes fue clave para identificarse y reconfirmar que eran madre e hijo. El tiempo borra muchas cosas, pero jamás esas señales tan íntimas y llenas de amor. "Cuando el muchacho me dijo que ahí está su mamá, porque nos parecemos en los cachetes, yo me siento al lado de ella. Empiezo a hablar y me empiezo a dar cuenta por unos lunares. Cuando yo le veo los lunares, me dice: 'Tú tienes un lunar igual que el mío, yo lo tengo aquí en el mentón'. Y de una vez supe que ella era mi mamá, porque mi mamá siempre ha tenido ese lunar. Y ella me lo recalcó, que lo tenía ahí, y yo lo tengo en la sien. Y de una vez ahí me di cuenta".Lo más curioso, si se le puede calificar así, es que Andrés Leonardo se había cruzado con doña María sin saber que esa habitante de calle encorvada, cubierta de trapos y botellas plásticas, cuyo rostro estaba cubierto con una gran melena y que se sostenía de un palo, era la mujer que le dio la vida. "Yo trabajo en el centro y donde la encontré fue en un parque que queda en el centro, pero, como estaba en esas condiciones, pues no la había reconocido. Cuando yo dejé de verla, era una mujer gordita, tenía una tiendita, normal. Ya la había visto como en una o dos oportunidades mi esposa, pero en realidad no la reconocimos en ningún momento", indicó en la charla con Noticias Caracol en vivo.>>> Vea, además: historia de otra madre que lucha por sacar a su hijo de las calles de Cúcuta¿Por qué doña María era habitante de calle en Cúcuta?Sobre cómo la señora terminó durmiendo en el Parque Lineal de Cúcuta, su hijo explicó lo siguiente: "Unos vecinos dijeron que se había mudado para otra casa que iba a comprar. Me dirigí hasta donde me dijeron y ahí los vecinos me cuentan que sí, que ese lote precisamente es de ella, pero que se quemó, que hubo un incendio que le quemó la casita. Y, a raíz de eso, ella me contó ayer que quedó como traumada y quedó en la calle, y ahí empezó la vida en la calle".Andrés Leonardo reveló que su hermano mayor, Jairo Pacheco, no se ha enterado del reencuentro. Él, que se quedó con doña María tras la separación, se fue luego a vivir a Medellín. "No sabe que la he encontrado. Ya le dejé mensaje, pero no me ha respondido. Como trabaja en una empresa, le dan permiso cada cuatro días. No ha visto el WhatsApp". Este hijo hoy no se cambia por nadie. Recuperó a la mamá que perdió hace dos décadas y no está dispuesto a alejarse jamás. "Muy contento y feliz de tener otra vez a mi madre, de saber que está bien, y ahora a luchar por ella y salir adelante", concluyó en Noticias Caracol.¿Cómo ayudar a un habitante de calle?No despreciarlos ni estigmatizarlos, esa es la primera recomendación que hacen expertos. Los habitantes de calle son ciudadanos, con derechos como todas las personas que viven en Colombia, y cualquiera de nosotros podría estar en esa situación difícil. Por supuesto, a los que delinquen -que no son la mayoría- hay que denunciarlos, insisten las autoridades. Para ayudarlos, además de darles alimento cuando pueda, es posible unirse a fundaciones como El Banquete del Bronx, con presencia en varias ciudades, y Callejeros de La Misericordia, la cual realiza una hermosa labor en Bogotá en memoria de fray Gabriel Gutiérrez Ramírez, el sacerdote franciscano que dio su vida por los más pobres.
La doble nacionalidad es un tema de gran interés para muchas personas que buscan ampliar sus oportunidades y beneficios en el extranjero. Varios países permiten a los ciudadanos colombianos obtener una segunda nacionalidad sin renunciar a la suya de origen.Uno de ellos es España, que según el Tratado de Nacionalidad entre Colombia y este país, los colombianos pueden obtener la nacionalidad después de dos años de residencia legal allí. Además, deben demostrar buena conducta cívica y un conocimiento adecuado del idioma y la cultura española. Este tratado permite a los colombianos mantener su nacionalidad de origen mientras adquieren la española, lo que les brinda acceso a los derechos y beneficios de ambos países. Si desea más información sobre los requisitos específicos, se puede encontrar en el sitio web del Ministerio de Justicia de España.>>> Le puede interesar: Así puede renovar su visa estadounidense sin entrevista: ojo a estos requisitosOtros países que pueden otorgar doble nacionalidad a colombianos1. Italia También permite a los colombianos obtener la doble nacionalidad a través del principio de "ius sanguinis" (derecho de sangre). Esto significa que los descendientes de italianos pueden solicitar la nacionalidad italiana si pueden demostrar su linaje. Además, los colombianos que se casen con ciudadanos italianos pueden obtener la nacionalidad después de dos años de residencia en Italia. Este proceso está regulado por la Ley de Nacionalidad Italiana, y los detalles específicos se pueden consultar en el sitio web del Gobierno de Italia.2. FranciaOfrece la posibilidad de doble nacionalidad a los colombianos bajo ciertas condiciones. Los colombianos pueden solicitar la nacionalidad francesa después de cuatro años de residencia en el país, siempre y cuando estén casados con un ciudadano francés. Este periodo se reduce a dos años si el solicitante ha completado estudios superiores en Francia. La nacionalidad francesa puede adquirirse tanto por vía materna como paterna, y los detalles sobre el proceso se encuentran en la página web de la Embajada de Francia en Bogotá.3. Chile permite a los colombianos obtener la doble nacionalidad tras dos años de residencia legal en el país. Este proceso está regulado por la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía de Chile, que establece los requisitos y procedimientos para la naturalización. Los colombianos interesados en obtener la nacionalidad chilena pueden encontrar más información en el sitio web del Servicio Nacional de Migraciones en ese país.4. MéxicoEs otro país que permite la doble nacionalidad a los colombianos. Según la Ley de Nacionalidad Mexicana, los colombianos pueden solicitar la nacionalidad después de dos años de residencia legal en el país. Además, deben cumplir con los requisitos establecidos por la legislación mexicana, que incluyen demostrar buena conducta y un conocimiento adecuado del idioma español. Los detalles sobre el proceso de naturalización se pueden consultar en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores de México.5. ArgentinaOfrece la posibilidad de doble nacionalidad a los colombianos que residan en el país durante al menos dos años ininterrumpidos. Este proceso está regulado por la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía de Argentina, que establece los requisitos y procedimientos para la naturalización.Puede consultar los detalles en el sitio web del Gobierno argentino.>>> Lea, además: Link para solicitar el pasaporte en línea: tome nota del paso a paso6. CanadáPermite a los colombianos obtener la doble nacionalidad sin necesidad de renunciar a su nacionalidad de origen. Según el portal especializado Inmigration.co, los colombianos pueden solicitar la nacionalidad canadiense después de residir en el país durante al menos tres años en un periodo de cinco años. Además, deben cumplir con los requisitos de idioma y conocimiento sobre Canadá. La posibilidad de obtener una doble nacionalidad ofrece numerosos beneficios a los colombianos, incluyendo mayores oportunidades laborales, educativas y de residencia en el extranjero. Sin embargo, también conlleva responsabilidades legales en ambos países. Es importante que los solicitantes se informen adecuadamente sobre los requisitos y procedimientos específicos de cada país y que sigan las indicaciones de las autoridades competentes para asegurar un proceso de naturalización exitoso.
Westcol vuelve a ser tendencia por sus declaraciones. En una reciente intervención en la plataforma Kick, el streamer aprovechó para despacharse en contra de los artistas que critican a los cantantes que participaron en la canción +57, enviándoles un claro y contundente mensaje a todos aquellos que comentaron de manera negativa la colaboración colombiana; afirmó estar a favor de los intérpretes de la canción.En las declaraciones, fue muy claro y contundente al decir: “Vea lo que pasó con ese tema de Colombia, que se reunieron muchos artistas colombianos y sacaron el tema y empezó un montón de gente: ‘Ay, que por qué no metieron a este y a este’, pues, ¿cómo así? ¿Entonces ya no pueden sacar un tema de amigos o un tema los que se lleven bien porque lloran?”. El streamer dio a entender la clara molestia que sintió con algunos de los comentarios expresados por diferentes artistas del género sobre las críticas que ha recibido la canción +57 y los claros disgustos de varias personas que comentan negativamente sobre la colaboración.“Qué estupidez, usted hace una canción con el que la quiera hacer, usted hace una serie con el que quiera meter, a menos de que realmente sea algo en lo que estén todos y que sea que no se excluya a uno. Ahí sí uno dice: ‘Uy, están invitando a todos menos a mí', ahí sí es por una razón, pero aquí estamos invitando a otra cosa”, expresó claramente molesto el streamer. @west__clips Westcol Opina de los Cantantes que están criticando +57#colombia🇨🇴 #viral #kick #viral_video #viralvide #west #westcolclips #westcoltiktoker #westcoltwitch #westcol ♬ sonido original - West__Clips La reacción de Westcol desató fuertes comentarios en redes sociales, unos a favor y otros en contra de sus declaraciones. Sin embargo, los internautas aseguraron que se estaría refiriendo a las declaraciones dadas recientemente por la también cantante Fariana, en donde lanzó una clara pulla a Karol G por “supuestamente” no querer darle más protagonismo a otras mujeres colombianas que se desempeñan en el género urbano.“Esa respuesta se las tiene que dar Karol G, porque supongo que la canción es de ella. ¿Qué concluyo yo? Definitivamente, no se le quiere dar exposición a otras mujeres del género urbano en Colombia”. Los seguidores, tanto de los 7 cantantes intérpretes de la canción +57 como del streamer Westcol, tomaron las declaraciones dadas recientemente por todos para sumarse y apoyar a los artistas, que se han visto claramente afectados por las críticas que reciben diariamente desde que la canción salió al público el pasado 7 de noviembre.“Por culpa de Farina le tengo que dar la razón a Westcol”, “Sí, eso es pura envidia. Ahora tengo que darle la razón a Westcol”; “A ese tema le han buscado criticarlo hasta que si 7 personas cantan reguetón que porque sacaron un reguetón. O sea, ¿qué esperaban que sacaran?”; “Por fin, de acuerdo en algo con ese señor”, son algunos de los comentarios que rondan las redes sociales.Tras polémica por la canción +57, artistas cambiaron letra de la canciónLa principal controversia surgió debido a un fragmento de la canción que cantan tanto Feid como Maluma, en el que dicen "una mamacita desde los fourteen (desde los 14)", lo cual, para la revista Rolling Stone en Español y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), haría apología a la sexualización de menores.Es por esta razón que los artistas ya cambiaron la letra de la canción. La nueva versión se puede escuchar en Spotify, cambiando la opción de reproducción de audio a video. En el nuevo clip no hay mayor novedad, pero, en el fragmento que generó polémica, los cantantes antioqueños ya no dicen 'fourteen' sino 'eighteen', es decir, la frase quedó: "Mamacita desde los 'eighteen' (desde los 18)".