En medio del acto de posesión de Laura Sarabia como canciller de Colombia, el presidente Gustavo Petro se refirió al decreto de recorte presupuestal para 2025, en específico, al aplazamiento de recursos para Colpensiones.En el documento que se hizo público el pasado 27 de enero de 2025, se indica que uno de los sectores que tendrá un aplazamiento presupuestal corresponde a las pensiones en Colombia. Se trata de un recorte de 2.7 billones de pesos que dejaría de percibir la administradora de los ahorros de los trabajadores.Esta decisión, para concepto de muchos sectores del país, pone en peligro el pago de los pensionados en Colombia.El presidente Gustavo Petro ha dicho que fue un error de dos funcionarios del Ministerio de Hacienda y que, en consecuencia, las pensiones no están en peligro.“No vamos a quitar ni una pensión, olvídese. El ministro tendrá que dar ya en rueda de prensa subsiguiente el porqué apareció eso en un decreto que no fue de las pensiones, pero que no es más que un error de dos funcionarios. Lo explicará con cuidado para entender que la filosofía que tuvimos para el aplazamiento -ojo, no hemos recortado nada, ni un peso- no perjudicará al pueblo de Colombia, ni en salud, ni en educación, ni en pensiones, ni en otras materias”, aseguró el jefe de Estado.En este evento de posesiones, el presidente Gustavo Petro hizo una enérgica defensa de la nueva canciller Laura Sarabia por las críticas que recibió de varios sectores sobre su falta de experiencia para asumir las riendas de la diplomacia.“¿Quién tiene experiencias en estas luchas? (…) Nos esperan días chéveres y difíciles; entre más difíciles, más chéveres”, acotó el primer mandatario.¿Quiénes harán parte del nuevo sistema pensional?Todos los colombianos que no tengan más de 900 semanas cotizadas en el caso de los hombres, y 750 en el caso de las mujeres. Es decir, si usted tiene más de esas semanas cotizadas, permanecerá en el actual régimen, con las mismas reglas y condiciones para una pensión vitalicia. Para conocer cuántas semanas cotizadas tiene, ya sea en Colpensiones o fondos privados, consulte en las páginas de esas entidades. Si no cumple con los requisitos mínimos de semanas cotizadas, deberá acogerse al nuevo sistema de pilares de la reforma pensional promovida por el gobierno Petro. Según Asofondos, aproximadamente el 60% de los colombianos no alcanza las 300 semanas cotizadas, lo que implica que una gran parte de la población entrará automáticamente en el nuevo sistema.
La aprobada reforma pensional trae consigo una serie de cambios al sistema actual. Aquellos trabajadores que devenguen más de 2.3 salarios mínimos y estén ya afiliados a Colpensiones tienen plazo hasta este jueves, 16 de enero de 2025, para escoger una Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), para que una parte de su cotización pensional sea destinada a una de estas entidades.Si usted percibe un salario mensual superior a $3.274.050 (2.3 salarios mínimos), debe tener en cuenta que ahora sus aportes se verán divididos en Colpensiones y en la ACCAI de su preferencia -entre Colfondos, Protección Skandia y Porvenir-, antes conocidas como Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas.¿Quiénes deben escoger una ACCAI?De acuerdo con Iván Daniel Jaramillo, viceministro de Empleo y Pensiones, los trabajadores que tienen plazo para escoger una ACCAI hasta el día de hoy deben cumplir con ciertas características estipuladas en la reforma pensional.“Las personas que deben escoger ACCAI son quienes ganan una cifra superior y cotizan por una cifra superior a $3.274.050, están afiliados a Colpensiones y no hacen parte del grupo beneficiario del régimen de transición: mujeres que tienen menos de 750 semanas y hombres que tienen menos de 900 semanas cotizadas con corte a 30 de junio del 2025. Eso es muy importante, porque el sistema entra en vigencia el primero de julio, entonces a la historia laboral que ustedes tienen a hoy deben agregarse las semanas correspondientes a lo que falta de enero a junio, -que son unas 26 semanas por los seis meses que restan-, para determinar si están en transición”, explicó Jaramillo.La reforma pensional aprobada entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2025. A partir de ese día, todos los cotizantes activos e inactivos que estén afiliados a Protección, Skandia, Colfondos y Porvenir serán trasladados a Colpensiones, independientemente del salario que devenguen.Los aportes pensionales que los trabajadores comienzan a depositar en Colpensiones a partir del 1 de julio de 2025 serán administrados por el Banco de la República. Mientras que el ahorro en las cuentas individuales previas al traslado de las AFP a Colpensiones continuará en poder del fondo privado al que la persona estaba afiliada, por lo menos hasta que cumpla los requisitos de pensión y Colpensiones pueda solicitar dichos aportes para definir el valor de la mesada pensional.¿Puede cambiarse de ACCAI en algún momento?Tal como se hacían los traslados de pensión entre fondos privados con la Ley 100, funcionarán ahora para efectuarse cambios entre las cuatro ACCAI en Colombia. Una vez que la persona que cotiza por un sueldo mayor a 2.3 salarios mínimos escoja la ACCAI de su preferencia, podrá cambiarse si desea hacerlo, cada seis meses.Para hacer el respectivo trámite, los cotizantes deben comunicarse con la ACCAI seleccionada y hacer el proceso de afiliación, que en su mayoría es virtual y rápido. Sin embargo, aquellos que perciben ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos mensuales y, pasado el 16 de enero, no eligieron una ACCAI, cederán este derecho al Gobierno, quien se encargará de asignar una ACCAI a estas personas de forma aleatoria.Paso a paso para afiliarse a una ACCAIAsofondos explica que estos son los pasos que debe seguir para elegir la ACCAI de su preferencia:Ingrese a la página web de cualquiera de las cuatro nuevas ACCAI (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia). También puede entrar al siguiente link en el que puede encontrar todas las opciones: www.asofondos.org.co/elige-tu-accai/.Compare la información de las cuatro ACCAI.Haga clic en la que más se ajusta a sus necesidades.Llene el formulario o haga clic en el botón para hablar con un asesor.Siga los pasos indicados y complete el proceso de selección.
Hasta este jueves, 16 de enero de 2025, los trabajadores en Colombia que devenguen más de 2.3 salarios mínimos, podrán elegir la Administradora del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI) de su preferencia para que una parte de su cotización pensional sea destinada a una de estas entidades, de acuerdo con los cambios que trae la reforma pensional.Según Asofondos, de aproximadamente 400.000 personas que deben hacer este cambio, cerca de 50.000 lo han hecho ya y faltan otras 350.000. Así que todavía hay un largo trecho para avanzar a un traslado total.Con la nueva normativa, las personas que estén en edad laboral activa o inactiva y que estén afiliadas a fondos de pensiones privados en Colombia serán trasladadas a Colpensiones. Esta administradora se encargará de manejar los aportes a pensión de todos los trabajadores del país.Para quienes devenguen más de 2.3 salarios mínimos, sus aportes se verán divididos en Colpensiones y en la ACCAI escogida por el afiliado -entre Colfondos, Protección Skandia y Porvenir-, antes conocidas como Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) privadas.Así lo explicó el presidente de Colpensiones, Jaime Dussán: “Colpensiones le mandó nota al correo electrónico o WhatsApp de 447.512 personas que son las que tienen que elegir una ACCAI hasta el 16 de enero, o posteriormente lo puede hacer la UGPP (Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales, en caso de que el afiliado no alcance a hacer la selección de administradora)”.Si está afiliado a un fondo privado y gana más de 2,3 salarios mínimos, ¿debe elegir ACCAI?El plazo que va hasta el próximo 16 de enero de 2025 para elegir ACCAI solamente aplica para las personas que están afiliadas a Colpensiones y perciben más de 2,3 salarios mínimos, -es decir $3.274.050-. Si usted devenga este ingreso, pero actualmente hace parte de Protección, Skandia, Porvenir o Colfondos, “se queda ahí, es decir, que se queda en esa ACCAI y posteriormente decidirá si se traslada a otra ACCAI o no”, aclaró Dussán.Así las cosas, la única administradora de pensiones de Colombia será Colpensiones, que antes de la Ley 100 de 1993, era conocida como el Seguro Social.Si está afiliado a un fondo privado, ¿qué va a pasar con sus ahorros pensionales?La reforma pensional aprobada entrará en vigor el próximo 1 de julio de 2025. A partir de ese día, todos los cotizantes activos e inactivos que estén afiliados a Protección, Skandia, Colfondos y Porvenir serán trasladados a Colpensiones, independientemente del salario que devengan.Así lo indicó el presidente de la administradora de pensiones pública: “(Quién esté afiliado a un fondo privado) se queda en el fondo privado de pensiones hasta el último día del mes de junio. A partir del primero de julio será afiliado a Colpensiones, sus ahorros quedarán en los fondos privados de pensiones y cuando cumpla la edad (de pensión); es decir, 57 años para las mujeres y 1.300 semanas cotizadas, y 62 años para los hombres y 1.300 semanas cotizadas, esos recursos se girarán a Colpensiones para pagar su pensión. Desde el primero de julio ahorrarán en Colpensiones”.Los aportes pensionales que los trabajadores comienzan a depositar en Colpensiones a partir del 1 de julio de 2025 serán administrados por el Banco de la República, con estrategias que, según Dussán, buscan mejorar la rentabilidad de los movimientos financieros en los que se invierte el dinero de los afiliados para que a largo plazo se optimicen los recursos y el cotizante pueda tener una mesada pensional más alta.Si elige una ACCAI ahora, ¿puede cambiarse a otra en algún momento?Tal como se hacían los traslados de pensión entre fondos privados con la Ley 100, funcionarán ahora para efectuarse cambios entre las cuatro ACCAI en Colombia. Según el presidente de Colpensiones, una vez la persona que cotiza por un sueldo mayor a 2.3 salarios mínimos escoja la ACCAI de su preferencia, podrá cambiarse si desea hacerlo, cada seis meses.“La gente se puede trasladar cada seis meses. Colpensiones ha notificado a la Superintendencia Financiera que, como manda la ley, vamos a construir una ACCAI; espero antes de finalizar el mes de abril tener construida la ACCAI de Colpensiones; entonces la gente podrá trasladarse”, subrayó Dussán.Con este anuncio, el presidente de Colpensiones aseguró que, adicional a las cuatro ACCAI aprobadas en Colombia -Skandia, Porvenir, Protección y Colfondos-, la administradora de pensiones del Estado estaría buscando convertirse también en ACCAI. Así las cosas, la entidad sería la única administradora de pensiones del país y, además, tendría la opción de gestionar los recursos adicionales de cotizantes con ingresos de más de 2,3 salarios mínimos.
Hasta el próximo jueves 16 de enero, aquellas personas que ganen más de 2,3 salarios mínimos (3,2 millones de pesos mensuales) tienen plazo para elegir una de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (ACCAI), donde percibirán parte de sus aportes para la pensión. Las administradoras disponibles son los siguientes fondos privados de pensiones: Colfondos, Porvenir, Skandia y Protección. Si los ciudadanos que deben hacer esta diligencia no la realizan antes del plazo mencionado, el Gobierno Nacional será el encargado de elegir a qué entidad se inscribirán. (Lea también: Pensión en Colombia: ¿Qué pasa si gana más de 2,3 SMMLV y no elige una ACCAI antes de este jueves?).Los expertos han recomendado, además, que las personas evalúen los beneficios de cada oferente para tomar la decisión que más les convenga. Desde el 1 de julio, las cotizaciones por encima de 2,3 salarios mínimos se destinarán a las ACCAI.Esto quiere decir que las cotizaciones históricas y futuras por debajo del umbral irán a Colpensiones. Por otro lado, los ahorros de los trabajadores hasta el 30 de junio de 2025 seguirán siendo administrados por los fondos privados hasta que el trabajador se pensione."Los fondos continuarán comunicándose con todos los afiliados, tanto los antiguos como los nuevos, detallando claramente cuánto se ahorró en el pasado, qué parte se destinó a una bolsa y qué parte a la otra, así como la cotización del flujo, entre otros aspectos. Esto se debe a que la ley establece la obligación de que todos los fondos envíen extractos mensuales a sus afiliados", explicó Mauricio Velasco, presidente de Asofondos.¿Cómo inscribirse a las ACCAI?Asofondos explica que estos son los pasos que debe seguir para elegir el ACCAI:Ingrese a la página web cualquiera de las cuatro nuevas ACCAI (Colfondos, Porvenir, Protección o Skandia). También puede entrar al siguiente link en el que puede encontrar todas las opciones: www.asofondos.org.co/elige-tu-accai/.Compare la información de las cuatro ACCAI.Haga clic en la que más se ajusta a sus necesidades.Llene el formulario o haga clic en el botón para hablar con un asesorSiga los pasos indicados y complete el proceso de selección.(Lea también: Reforma pensional: ¿todos entrarán al nuevo régimen o quiénes quedarán en el actual?).¿Quiénes no deben hacer este cambio? Quienes se encuentren en régimen de transición no deberán hacer algún cambio y su pensión se seguirá rigiendo con la ley 100, la cual reglamentaba el sistema previo a la implementación de estas nuevas modificaciones."La elección de las ACCAI, el nuevo sistema, está dirigida a las personas que no forman parte del régimen de transición, es decir, a los empleados formales jóvenes que aún no han acumulado las semanas necesarias", explicó el presidente de Asofondos en Noticias Caracol.En ese sentido, la reforma pensional aplica para las mujeres con menos de 750 semanas y los hombres con menos de 900 semanas cotizadas.Además, la reforma abre una ventana de oportunidad de traslado para hombres mayores de 52 años y mujeres mayores de 47 años que deseen cambiar de régimen. Esta estará abierta hasta el 16 de julio de 2026, permitiendo a los colombianos tomar decisiones informadas sobre su futuro pensional.
Afiliarse a Colpensiones es un proceso esencial para aquellos que buscan asegurar su futuro financiero a través del Régimen de Prima Media (RPM) en Colombia. Esta entidad, como administradora del RPM, ofrece una serie de pasos claros y definidos para que los ciudadanos puedan afiliarse y comenzar a cotizar para su pensión.¿Quiénes pueden trasladarse de un fondo privado a Colpensiones?Colpensiones explica en su página web cuáles son los requisitos para trasladarse a este fondo público:Tener 5 años de permanencia en alguno de los fondos privados. No importa si se ha trasladado entre fondos privados, lo importante es que la suma del tiempo en el régimen privado sea de mínimo 5 años.Si usted ya cumplió 37 años, en el caso de las mujeres, o 42 años, en el caso de los hombres, deberá solicitar y recibir la doble asesoría con ambos regímenes; es decir, con Colpensiones y con su fondo privado.Se podrá trasladar antes de cumplir 52 años si es hombre o 47 años si es mujer.Si decide trasladarse debe presentar los siguientes documentos:Formulario de traslado de régimen establecido.Documento de identidad.Cómo afiliarme a ColpensionesPuede realizar este proceso por internet. Esto es lo que debe hacer:Ingresar a la página web de Colpensiones: https://www.colpensiones.gov.co/Ubique la opción 'Afíliate ahora'. Después, haga clic en 'Realiza tu afiliación en línea'.Para realizar este proceso, recuerde que debe registrar en la página web. Para ello puede hacer clic en el botón 'Registrarse' y responda todas las preguntas de seguridad, además de diligenciar sus datos personales.Si ya está registrado, ingrese al portal de trámites electrónicos con su usuario y contraseña.Si debe recibir la doble asesoría, siga estos pasos:Ingresar a la página web de Colpensiones: https://www.colpensiones.gov.co/Haga clic en 'Haz tu doble asesoría'.Posteriormente, encontrará tres números telefónicos para que pueda llamar y programar su cita con los dos fondos. Si lo prefiere, puede programar la llamada a través del botón 'Programación de llamadas para doble asesoría'.¿Cuándo se hace efectivo el traslado a Colpensiones?Esto se hará efectivo en el primer día calendario del segundo mes posterior a la fecha de radicación de la solicitud del traslado.¿Cómo puedo ver las semanas cotizadas en Colpensiones?A través de la página www.colpensiones.gov.co, en la sección 'Oficina Virtual'. Al registrarse como usuario con su tipo y número de documento y la clave asignada podrá consultar su historia laboral.
Junto a congresistas y sindicatos, el presidente Gustavo Petro sancionará este 16 de julio la reforma pensional, que -según el Gobierno- busca mejorar la cobertura y sostenibilidad del sistema pensional, beneficiando a muchos colombianos, especialmente aquellos con ingresos bajos y medios.Uno de los aspectos más destacados es la transición de la mayoría de colombianos a Colpensiones.¿Qué colombianos pasarán a Colpensiones?Con la implementación de la reforma pensional, se establece que todos los trabajadores que ganen hasta 2,3 salarios mínimos legales vigentes pasarán a cotizar en Colpensiones. Esto significa que:Trabajadores con ingresos medios y bajos: aquellos que ganen hasta 2,3 salarios mínimos cotizarán obligatoriamente en Colpensiones. Esto busca garantizar una pensión mínima para un mayor número de trabajadores.Trabajadores independientes: los trabajadores independientes que se encuentren dentro del rango de ingresos mencionado también deberán cotizar en Colpensiones.Nuevos cotizantes: todos los nuevos trabajadores que ingresen al mercado laboral y cuyos ingresos no superen los 2,3 salarios mínimos serán automáticamente afiliados a Colpensiones.Pilares de la reforma pensionalPilar solidario"El pilar solidario busca garantizar una renta básica solidaria para la subsistencia de adultos mayores en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad. Los beneficiarios recibirán una transferencia monetaria equivalente a una línea de pobreza extrema, estimada en 223 mil pesos mensuales en 2024. El pilar solidario no implica derechos pensionales, los recursos de la transferencia provendrán y estarán limitados en el Presupuesto General de la Nación (PGN) del año en curso y serán administrados por el Ministerio del Trabajo", explica el Comité Autónomo de la Regla Fiscal.Pilar semicontributivoSe otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una administradora de los fondos de pensiones.Pilar contributivoColpensiones recibirá los aportes hasta los 3 primeros salarios mínimos mensuales legales vigentes cotizados y las administradoras de los fondos de pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 3 SMLMV. Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez, señaló Mintrabajo.Pilar ahorro individual voluntarioSegún el Ministerio de Trabajo, en esto consiste el pilar ahorro individual voluntario:Se creará un fondo para el ahorro, que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, administradoras de fondos de pensiones, y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.Además, se establecen condiciones especiales para la mujer otorgando una reducción en la cantidad de semanas mínimas, de 50 semanas por cada hijo sin que supere los 3 hijos, es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado.Las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.Se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 900 semanas en el caso de los hombres, y 750 en el de las mujeres, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (ley 100 de 1993).
En Colombia inicia un nuevo régimen especial de pensiones. La reforma está compuesta por cuatro pilares: solidario, contributivo, semicontributivo y de ahorro voluntario complementario. El presidente de Colpensiones, Jaime Dussan, señaló que lo más seguro es que en 5 o 10 años se esté contemplando aumentar la edad de pensión en Colombia."Seguramente en 5 o 10 años se debe estar pensando en aumentar la edad pensional, como lo hicieron en Francia y como se ha debatido en España, Estados Unidos y países latinoamericanos", aseguró Dussan en entrevista con el diario El Tiempo.¿Por qué aumentaría la edad de pensión en Colombia?El presidente de Colpensiones argumentó que "esto no se puede utilizar de manera irresponsable para intentar llamar a los jóvenes a una pelea contra el Gobierno, que no es cierta".“Los jóvenes, al contrario, tienen que ser responsables y cotizar y ahorrar más para que esa generación de viejos, que son más de tres millones de personas que no tuvieron las oportunidades que hoy tienen nuestros jóvenes, puedan tener beneficios”, agregó al medio citado.Otro de los aspectos hablados por Dussan fue el hecho de que ya no se van a subsidiar las pensiones altas. "La ley lo prohibió. El que quiera tener una pensión alta de más de 2,3 salarios mínimos tiene que financiársela. La gente tiene que aprender a cotizar y tiene que aprender la cultura del ahorro y esta tiene que empezar por los jóvenes".Edad de pensión en países europeosEspaña: la edad de jubilación está en proceso de reforma, situándose en 66 años y 6 meses en 2024, con la posibilidad de jubilarse a los 65 años si se cuenta con al menos 38 años cotizados.Francia: la edad de pensión se ha propuesto aumentar a 64 años para 2030, con un período de cotización de 43 años para optar a una pensión completa a partir de 2027.Italia: la edad mínima de jubilación es de 62 años.Noruega e Islandia: la edad mínima de jubilación es de 67 años.Países Bajos: se contempla que la edad de pensión aumente paulatinamente llegando a 67 años.Alemania: la edad de jubilación es de 65 años.Portugal y Bulgaria: la edad de jubilación es de 66 años y 6 meses.
Tras la reforma impulsada por el presidente Gustavo Petro, aprobada en el Congreso, es esencial que los colombianos estén bien informados sobre cómo verificar sus semanas cotizadas de pensión en el sistema.El primer paso es conocer en qué fondo de pensiones se encuentra afiliado. Puede consultar esta información a través de su empleador. Una vez identifique la entidad, siga estos pasos:¿Cómo puedo ver mis semanas cotizadas de pensión?ColpensionesIngrese a la página web www.colpensiones.gov.coHaga clic en 'Sede electrónica'Si ya está registrado, ingrese su usuario y contraseña. Si no lo está, ingrese al link. 'Registrarse' y siga los pasos.Una vez registrado ya podrá acceder y consultar su historia laboral.PorvenirIngrese al sitio web www.porvenir.com.coUbique la opción 'Pensiones obligatorias' y haga clic en el recuadro 'Historia laboral'.Ingrese el tipo y número de documento de identidad.Finalmente, presione el botón 'Enviar a mi correo electrónico' para que el documento con el número de semanas cotizadas le llegue a su email.Recuerde que si usted no ha actualizado datos, debe comunicarse con Porvenir a los teléfonos 601 742 5454, en Bogotá, y 01 8000 518440 en el resto de Colombia.ProtecciónEl primer paso es entrar a www.proteccion.com e ingresar a 'Zona Transaccional'.Ingrese su usuario y contraseña. Si no cuenta con usuario y contraseña o simplemente la olvidó, justo debajo del botón de ingreso hay una opción para crear usuario o recuperar su clave de acceso.En la columna izquierda de la 'Zona Transaccional' encontrará la opción 'Transacciones Pensiones Obligatorias'. Haga clic allí.Entre a esta opción y, en el menú desplegable, ingrese a 'Historia Laboral'."Encontrarás toda la información fácil de visualizar, para que hagas una revisión detallada. Allí mismo podrás aprobar los diferentes periodos o, si ves alguna inconsistencia, reportarla para que Protección realice un seguimiento al caso y puedas estar pendiente al estado del reporte", señala Protección en su portal.ColfondosIngrese a www.confondos.com.co.Ubique la opción 'Historia laboral' y haga clic.Busque la opción 'Portal transaccional' ubicado en la parte inferior de la pantalla.Ingrese su correo y contraseña. De lo contrario, haga clic en 'Crea tu cuenta'.Y listo. A través del 'Portal transaccional' podrá visualizar y descargar su historial laboral.
El último pilar de la reforma pensional, ahorro individual voluntario, no solo beneficia a los colombianos que deseen sumar más ahorro para su jubilación, sino que establece condiciones especiales para las mujeres. A las madres se les otorgará 50 semanas por cada hijo."Por primera vez una reforma pensional tendrá enfoque de género. Por cada hijo o hija que tenga una mujer se le reducirán 50 semanas como requisito para pensionarse. Además, se incorpora la sentencia de la Corte Constitucional que reduce a 1.000 semanas la cotización a pensión de las mujeres", señaló en su momento el viceministro de Empleo y Pensiones del Ministerio del Trabajo, Iván Daniel Jaramillo."Este beneficio reconoce la carga del cuidado de sus hijos que históricamente ha estado en cabeza de las mujeres", añadió.Cabe destacar que el beneficio para las madres aplica hasta 3 hijos, es decir, la mujer recibirá un máximo de 150 semanas para pensionarse.>>> Reforma pensional: ¿qué pasa si llego a la edad de pensión y no tengo las semanas?Otros aspectos sobre el pilar ahorro individual voluntario, según el Ministerio de TrabajoSe creará un fondo para el ahorro que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES (Títulos de Tesorería) o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, administradoras de fondos de pensiones, y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.Las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.Se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 1.000 semanas, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (ley 100 de 1993).Los otros tres pilares también cuentan con ayudas. Por ejemplo, en el pilar solidario se otorga una renta básica de $223.000 para las personas que estén en estado de pobreza y no posean una pensión, que tengan 60 años para el caso de las mujeres y 65 para los hombres. En el pilar semicontributivo se otorga un bono a los colombianos que no se pudieron jubilar, pero que han cotizado semanas en Colpensiones o en su cuenta individual en una administradora de los fondos pensionales.>>> Reforma pensional se salvó a último minuto: mininterior buscó a senadores para votos decisivosFinalmente, en el pilar contributivo entrarán todas las personas que están cotizando una pensión, donde Colpensiones recibirá los aportes de hasta 3 SMLMV y las administradoras de los fondos manejarán las cotizaciones que exceden los tres salarios mínimos.
La prima de junio o prima de mitad de año es un beneficio económico que genera expectativa entre los trabajadores colombianos. Sin embargo, para los pensionados de Colpensiones el sistema en el país sigue un modelo diferente.La razón por la que algunos pensionados no reciben la prima de junioEl sistema de pensiones en Colombia se basa en el pago de 13 mesadas al año, distribuidas en los pagos mensuales, lo que significaría que en lugar de recibir una prima adicional, la remuneración de los pensionados ya la incluiría.>>> ¿Quiénes heredarían la pensión de un fallecido en Colombia? Esto dice la reforma aprobada¿Solo los pensionados de Colpensiones recibirán la prima de junio?Existe un pago adicional conocido como mesada 14, que es una prestación específica para ciertos pensionados. Este beneficio no es exclusivo de Colpensiones, también se aplica en el sector privado y para los retirados y pensionados de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. No obstante, este incentivo solo aplica para aquellos cuya pensión se haya causado y reconocido antes del 1 de enero de 1988.>>> ¿Cuándo se paga la prima de mitad de año? Este es el plazo¿Cómo solicitar la mesada 14?El Ministerio de Justicia establece que, si no cumple con la condición de fecha de causación, aún puede solicitar el reconocimiento de la mesada 14 si cumple con los siguientes requisitos:Pensión antes del 25 de julio de 2005: su pensión no debe ser superior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Pensión entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011: su pensión no debe ser superior a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, ha anunciado la intención del gobierno de revivir la mesada 14 para los pensionados a través de una reforma constitucional. Esta iniciativa se presentaría una vez aprobada la reforma pensional, la cual tiene como fecha límite el 20 de junio de 2024.