Por faltar la firma de dos ministros, la Corte Constitucional dejó sin efectos el decreto 580 del gobierno nacional por el cual se daba facultad a municipios y distritos para aplicar descuentos en las facturas de acueducto, aseo y alcantarillado en medio de la pandemia del coronavirus.La pregunta ahora es, ¿qué pasará con las personas que se estaban beneficiando con este alivio? Lo primero que hay que aclarar es que el fallo no es retroactivo, es decir, no deben reponer el dinero que ya no les cobraron.Lo segundo, según Camilo Sánchez, presidente de la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Públicos, Andesco, es que “se mantiene el subsidio actual, que para el estrato 1 es del 70%, para el estrato 2 es del 40% y para el estrato 3 es el 15%”.Sin embargo, advirtió que “se pierde el sobresubsidio que era un 10% adicional para estrato 1 y para estrato 2, y un 25% adicional para estrato 3”.Para el caso de Bogotá, Milena Rangel, secretaria de Hábitat, pidió a los consumidores “ser muy eficientes al hacer uso de los servicios públicos porque no vamos a tener más recursos disponibles normativa para dar más descuento".