El pronunciamiento de la Corte Constitucional se dio al estudiar dos tutelas de mujeres que habían sido víctimas de violencia por parte de sus parejas. Aunque el alto tribunal aseguró que los jueces deben tener en cuenta el enfoque de género, también indicó que en su decisión, acogiendo la recomendación de la Real Academia Española de la Lengua, excluyó el lenguaje inclusivo.
Y así lo explica en las consideraciones del fallo.
En la presente providencia, el uso de los sustantivos masculinos genéricos se entiende que incluyen en su referencia, en condiciones de plena igualdad y equidad, a hombres y mujeres sin distinción de sexo. Por esta razón, siguiendo las recomendaciones de la Real Academia Española (RAE) en materia de uso del lenguaje inclusivo [45], en el texto de esta sentencia se prescindirá de la doble mención del género por considerarse innecesaria.
Expertos en enfoque de género y feministas rechazaron la decisión de la Corte, por considerarla excluyente para las mujeres.
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"En muchos contextos, usar el masculino nos deja por fuera. Entonces en el mundo de las estadísticas, hay unos manuales que recomiendan que en vez de preguntar quién es el jefe del hogar se puede preguntar quién es la persona jefe del hogar (sic). Ahí persona es neutro e incluye a hombre y mujer. Es importante nombrar, es importante que a las mujeres nos nombren", dice Lina Céspedes, profesora en género de la Universidad del Rosario.
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Lo mismo piensa la feminista Yamile Roncancio: "Es increíble que en pleno siglo XXI se siga pensando que las mujeres podemos ser borradas abiertamente, incluso del lenguaje. ¿Les parece que no es necesario nombrarnos? ¿Les parece que no es necesario nombrar que existan juezas, abogadas, usuarias y se requiere nombrarnos? Puede que para ustedes se trate de un exceso en las letras, de un exceso en el tiempo, pero para nosotras y el mundo es un asunto de derechos humanos. Tenemos el derecho a ser nombradas. No es un favor, es un deber”.
Los abogados tienen claro que la consideración de la Corte es solo para esta sentencia y en ningún caso es un fallo o una decisión sobre el uso del lenguaje incluyente. Sin embargo, algunos de ellos dicen que de alguna manera es un precedente.
"Resulta importante que la Corte acoja esas recomendaciones técnicas de la RAE y evite utilizar el lenguaje inclusivo que dificulta y hace tediosa la lectura de sus providencias", indica Felipe Caballero, abogado penalista.
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De la misma forma cree Henry Páez, otro abogado penalista. "Es indiscutible el racionamiento expuesto por la Corte Constitucional, ya que no discrimina de género y sigue respetando en plena igualdad y equidad a hombres y mujeres", asegura.
Al final, en medio de la polémica por uso del lenguaje, la Corte falló a favor de las mujeres que reclamaban el derecho a vivir libres de violencia de género institucional, luego de que en las primeras instancias los jueces fallaran en su contra en un caso de violencia intrafamiliar denunciada por ellas.