Los gatos son animales que brindan amor, compañía y diversión, pues con el paso del tiempo se han convertido en parte de la familia.
Por eso, es natural que algunas personas quieran asegurarles bienestar y protección, incluso después de la muerte. Sin embargo, ¿es posible dejarle la herencia a su gato? ¿Qué dice la ley colombiana sobre este tema?
¿Qué es una herencia?
La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona deja al morir y que se distribuyen entre sus herederos, según su voluntad o según la ley.
Para expresar la voluntad de una herencia se puede hacer un testamento, que es un documento legal que establece a quiénes y cómo dejar los bienes.
¿Las mascotas pueden recibir herencia?
Sin embargo, las herencias no se pueden dejar a cualquiera, sino solo a personas naturales o jurídicas, es decir, a seres humanos o a entidades reconocidas por la ley, como empresas, fundaciones o asociaciones.
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En el artículo 1055 del Código Civil colombiano, se define que: “El testamento es un acto más o menos solemne, en que una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes para que tenga pleno efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él mientras viva.”
Los gatos, al ser animales, no tienen la capacidad legal para heredar, ni para administrar los bienes que se les dejen. Por tanto, no puede nombrar a su mascota como único heredero, ni como beneficiario de ningún bien en particular.
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Esto no significa que no pueda hacer nada por su gato, sino que debe buscar otras alternativas para garantizar su cuidado y su futuro.
¿Qué opciones se pueden considerar para garantizar la calidad de vida del gato?
Algunas de las opciones que puede tener en cuenta son las siguientes:
- Dejar a su gato al cuidado de una persona de confianza, que se comprometa a darle una buena calidad de vida y que acepte recibir una parte de la herencia para cubrir los gastos de la mascota, como alimentación, salud y recreación. Esta persona debe ser nombrada en el testamento como heredera y como responsable del gato. Debe estar de acuerdo con esta decisión.
Deje a su gato en una fundación o albergue que se dedique al rescate, la protección de los animales y que cuente con las condiciones adecuadas para recibirlo y atenderlo.
También puede dejar una parte de la herencia en la entidad, para contribuir con su labor y con el bienestar del gato y de otros animales.
Debe elegir una fundación o albergue de confianza, que tenga buena reputación, permita visitar sus instalaciones y conocer su trabajo.
Cree una fundación o asociación que tenga como objetivo el cuidado y defensa de los gatos. También que se encargue de administrar su herencia y de destinarla con ese fin.
Esta opción requiere de un mayor trámite y control, ya que debe cumplir con los requisitos legales para crear una persona jurídica y designar quienes la conformarán, se harán cargo del gato y de otros que puedan beneficiarse de la herencia.