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¿Qué nacionalidad tiene un bebé nacido en un avión? Hay varias posibilidades

Pese a que son pocos los casos de bebés nacidos en un avión, la respuesta a esta pregunta depende de las leyes nacionales e internacionales, así como políticas de aerolíneas.

Bebé en un avión
¿Qué nacionalidad tendría un bebé con padres colombianos si este nace en un avión? -
Getty Images

La nacionalidad de un bebé nacido en un avión es un tema que despierta curiosidad y, a menudo, confusión. Aunque los casos son poco frecuentes, la respuesta a esta pregunta involucra una interesante intersección de leyes nacionales e internacionales, así como políticas de aerolíneas.

¿Qué nacionalidad tiene un niño que nace en un avión?

En principio, existen dos conceptos jurídicos fundamentales que determinan la nacionalidad: el ius sanguinis (derecho de sangre) y el ius soli (derecho de suelo).

El ius sanguinis otorga al bebé la nacionalidad de sus padres, independientemente del lugar de nacimiento. Por otro lado, el ius soli concede la nacionalidad del país sobre cuyo territorio se encuentra el avión en el momento del nacimiento.

En la práctica, la situación puede ser más compleja. Si un bebé nace en el espacio aéreo de un país que sigue el principio de ius soli, como Estados Unidos o Canadá, el niño podría adquirir automáticamente la nacionalidad de ese territorio. De lo contrario, la nacionalidad del bebé se determinará principalmente por la de sus padres.

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Además, si el avión está registrado en un país que reconoce el ius soli, y el bebé nace en aguas internacionales o en el espacio aéreo de un país sin una ley clara de nacionalidad por nacimiento, el bebé podría obtener la nacionalidad del país de registro de la aerolínea.

Por ejemplo, si un bebé nace en un avión de una aerolínea estadounidense en vuelo sobre aguas internacionales, podría ser considerado ciudadano estadounidense.

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En el caso de España, Francia y otros países de la Unión Europea, que se rigen por el ius sanguinis, el recién nacido tendrá la nacionalidad de los progenitores. En España, si una persona nace en espacio aéreo español y de padres españoles, recibirá automáticamente la nacionalidad española.

No obstante, si los padres son extranjeros, el bebé no podrá adquirir la nacionalidad española de forma directa.

Cabe resaltar que las aerolíneas suelen tener políticas para evitar nacimientos en vuelo, como restricciones para mujeres embarazadas más allá de cierta semana de gestación. La Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA) recomienda no volar a partir de la semana 36 de embarazo y se requiere autorización médica para viajar a partir de la semana 28.

¿Qué nacionalidad tendría un bebé con padres colombianos si este nace en un avión?

Si un niño con padres colombianos nace en un avión en el suelo de otro país, la nacionalidad del niño puede estar influenciada por varias leyes y regulaciones. Según la Constitución de Colombia, los niños nacidos en el exterior con al menos un padre colombiano tienen derecho a la nacionalidad colombiana.

Esto se basa en el principio de ius sanguinis, que otorga la nacionalidad a través de la ascendencia.

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Además, el niño también podría tener derecho a la nacionalidad del país en cuyo suelo aterrizó el avión, dependiendo de las leyes de ese país específico sobre el ius soli.

¿Qué pasa si un niño nace en un avión?

Cuando un parto sucede a bordo de un avión, la tripulación sigue un protocolo específico para asistir en el nacimiento y garantizar la seguridad y el bienestar tanto de la madre como del bebé. Aquí están los pasos que generalmente se toman:

  1. Identificación de signos y síntomas: la tripulación está entrenada para identificar los signos de trabajo de parto y proporcionar los primeros auxilios necesarios.
  2. Solicitud de ayuda médica: se solicita la ayuda de pasajeros con formación médica, como doctores o enfermeras, para asistir en el parto.
  3. Preparación de materiales: se recolectan materiales necesarios para el parto, como frazadas limpias, almohadas, un botiquín de primeros auxilios, guantes de látex, bolsas de plástico, toallas de papel y agua.
  4. Evaluación de la situación: la tripulación debe determinar si es necesario realizar un aterrizaje de emergencia o si el vuelo puede continuar según lo planeado.
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