Los bancos deberán ahora diseñar nuevas ayudas para los deudores afectados por la crisis, que regirán del primero de agosto y hasta el 31 de diciembre, según la más reciente directriz del gobierno nacional.
Otras opciones deberán ser permanentes.
“Todos los colombianos que se ven afectados o que hayan tenido una reducción de ingresos por cuenta del COVID-19, pueden rediferir, por toda la vida de su crédito, las condiciones. Hay dos características fundamentales: que exista una disminución de la cuota y que se mantenga la tasa de interés que inicialmente se había pactado”, aseguró Jorge Castaño, superintendente financiero, en el programa Prevención y Acción.
Según cifras oficiales, son cerca de 214 billones de pesos en pagos que quedaron congelados en esta pandemia.
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La Superintendencia Financiera también advirtió a los bancos cuáles son las condiciones que deben cumplir para los nuevos periodos de gracia que se tramiten.
“No hay posibilidad de que las entidades financieras, cuando otorguen estos nuevos periodos de gracia, capitalicen interés. Y, lo segundo es que cuando se difieran cuotas de manejo, seguros u otros gastos diferentes a la atención del crédito, tampoco hay lugar para cobrar intereses”, señaló Castaño.
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Todos estos movimientos no le van a dañar su registro en las centrales de riesgo, aplican para cualquier tipo de crédito, usted no va a asumir interés de mora y se permite ajustar de manera definitiva según su flujo de caja.