Ante las dudas que hay sobre el pago de las cesantías a los trabajadores, el fondo Porvenir aclaró a través de la sección Útil y Rápido de Noticias Caracol algunas inquietudes.
- Tienen derecho a las cesantías los trabajadores con contrato laboral a término fijo o indefinido. El pago debe hacerse a más tardar el 14 de febrero en la cuenta que se tiene en el fondo respectivo.
- Consiste en un mes de salario por el último año trabajado o una cantidad proporcional al tiempo laborado en el año anterior. La demora en la consignación genera multas a favor del trabajador.
- Además, el empresario debe pagar intereses de cesantías, que corresponden al 12 por ciento del valor de las cesantías liquidadas y se entregan directamente al empleado el 30 de enero.
- Las cesantías se retiran cuando el trabajador quede desempleado o para compra de vivienda, reparaciones locativas y educación superior. Temporalmente se autoriza su retiro por reducción de ingresos a causa de la pandemia.
- Los fondos de cesantías generan una rentabilidad. Trabajadores independientes también pueden afiliarse y ahorrar la doceava parte de sus ingresos anuales.