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Salario mínimo 2025: ministro de Hacienda descarta que el ajuste sea mayor al 10%

Los gremios y los sindicatos de trabajadores empezarán las discusiones desde el 6,2% y se descarta que el aumento del salario mínimo 2025 sea superior al 10%.

Salario mínimo 2025: ministro de Hacienda descarta que el ajuste sea mayor al 10%
La inflación será vital para definir el salario mínimo 2025 -
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El ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, anunció este martes que se descarta que el aumento del salario mínimo 2025 sea por encima del 10%. Desde ya arrancan las negociaciones entre los sindicatos de trabajadores y los gremios empresariales para el ajuste.

>>> Vea más: Inflación en Colombia sigue bajando y en octubre se ubicó en 5,41%, según el DANE

Según el alto funcionario, las discusiones arrancarán desde el 5,2% más un punto de productividad, por lo que la negociación del ajuste empezará desde el 6,2%.

Este aumento al salario mínimo 2025 sería menor al de los últimos años, debido a que la inflación ha estado por encima de lo esperado.

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El ministro Ricardo Bonilla dijo ante los medios de comunicación que “la discusión del salario mínimo está normada. El salario mínimo no puede crecer por debajo de la inflación causada y se toma como punto de referencia la inflación del mes de septiembre. Si el mes de octubre quedó en 5,41%, es probable que la del mes de septiembre esté alrededor 5,2%, entonces ese podría ser el punto de partida. A eso hay que agregarle productividad y otros factores. Eso significaría que, si se sigue la tradición colombiana, tendríamos un 6,2% y si hay algún ajuste mayor, nunca podría estar en un nivel de dos dígitos”.

¿Cómo se define el salario mínimo 2025?

Parámetros económicos (artículo 8 Ley 278 de 1996)

  • IPC del año causado y su proyección para el siguiente año
  • PIB del año causado y su proyección para el siguiente año
  • Aporte de la Productividad al crecimiento de la economía (Productividad Total de los Factores y Productividad Laboral)
  • La contribución de los salarios al ingreso nacional

Parámetros Jurisprudenciales (sentencia C815-99 y C531-05)

  • La especial protección constitucional del trabajo (art. 25 C.P.)
  • La necesidad de mantener una remuneración mínima vital y móvil (art. 53 C.P.)
  • La función social de la empresa (art. 333 C.P.)
  • Los objetivos constitucionales de la dirección general de la economía a cargo del Estado (art. 334 C.P.)

¿Cómo se negocia el salario mínimo en Colombia?

  • El primer paso consiste en convocar a la Subcomisión de Productividad Laboral para definir la metodología y el cálculo de la productividad, lo cual es crucial para determinar su contribución al crecimiento económico.
  • El Ministerio de Hacienda debe proporcionar los datos del Producto Interno Bruto (PIB) actual y proyectado, esenciales para evaluar el contexto económico en el que se llevará a cabo la negociación.
  • La Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales se reúne para discutir las posturas de las diferentes partes involucradas: el Gobierno nacional, los empleadores y los trabajadores. Estas reuniones buscan alcanzar un consenso sobre el incremento del salario mínimo.
  • Durante las reuniones, cada parte presenta sus propuestas de aumento del salario mínimo, basadas en diversos parámetros económicos y jurisprudenciales, como la inflación, el crecimiento del PIB, la productividad y la contribución de los salarios al ingreso nacional.
  • Las partes debaten las propuestas presentadas, buscando un acuerdo aceptable para todos. Este proceso puede incluir varias rondas de negociación y ajustes a las propuestas iniciales.
  • La comisión debe llegar a un acuerdo a más tardar el 15 de diciembre. Si no se logra un consenso, las partes disidentes deben explicar por escrito las razones de su desacuerdo dentro de las 48 horas siguientes.
  • Si no se alcanza un acuerdo, el Gobierno nacional tiene la responsabilidad de emitir el decreto que fija el salario mínimo a más tardar el 30 de diciembre de cada año.

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