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Reforma laboral: estos son los puntos más polémicos

La contratación, las horas extras, el pago de indemnización e, incluso, el incremento salarial, son algunos de los temas de la reforma laboral que han generado controversia.

Análisis de la reforma laboral: ¿Cuáles son los puntos más polémicos?

Son varios los puntos de la reforma laboral que han provocado polémica por el costo adicional que, según empresarios, acarrearía para las compañías y que, creen, incrementarían la tasa de desempleo en Colombia.

Estos son los temas que más controversia han causado.

Contratos laborales


La regla general es que el contrato sea a término indefinido. Se permite el fijo, pero máximo hasta por 2 años. Se deben regular otro tipo de contrataciones como son: prestación de servicios o tercerización, que es cuando se contratan servicios a través de otra empresa.

Si el empleado decide dar por terminado el contrato de forma unilateral debe hacerlo con un preaviso de 30 días.

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El incremento de sueldo para personas que ganen hasta dos salarios mínimos debe hacerse, por lo menos, con base en la inflación generada hasta el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

Protección especial para trabajadores


Se le dará un fuero de salud a personas con enfermedades graves o en condición de discapacidad. También se protegerá a mujeres embarazadas -se extenderá hasta 6 meses después de tener al bebé-, así como a los prepensionados, que son aquellos que están a menos de 3 años de jubilarse.

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En cualquiera de estos casos, el empleador no puede prescindir de los servicios de estas personas si no hay justa causa, para lo cual se debe acudir a un juez.

Indemnización por despidos sin justa causa


Con la reforma laboral será más cara de lo que actualmente es.

Por el primer año o menos de trabajo, la indemnización será de 45 días de salario. Si la persona lleva más de un año laborando, se deben pagar por cada año 45 días adicionales.

Si cualquier tipo de prestación no es cancelado a tiempo, el empleador debe abonarse al extrabajador un día de sueldo hasta que esté a paz y salvo.

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Jornada y recargos


Con la reforma laboral, la jornada de trabajo bajará de 48 a 42 horas. Da flexibilidad para que se pueda distribuir entre 5 y 6 días y determinar si serán entre 4 y 9 horas para completar el tiempo.

Los recargos nocturnos deberán pagarse desde las 6:00 p.m. Se limita a 12 horas extras máximo en la semana.

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Los dominicales y festivos que se laboren se cancelarán con un recargo del 100%.

Plataformas digitales


Obliga a que quienes trabajan con ellas tengan contrato laboral, afiliación a la seguridad social y no tienen cláusula de exclusividad, lo que sugiere que, por ejemplo, los domiciliarios trabajen con más de una empresa.

Trabajo rural


Se crea un contrato de trabajo agropecuario, independiente de si el trabajador hará labores por días, cosechas o largo plazo.

También se crea el jornal agropecuario, que no puede ser inferior a un salario mínimo, y aumenta en un 30% para compensar cosas como la prima o cesantías. Las personas tendrán derecho a vacaciones si el contrato es de larga duración.

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Fortalecimiento de sindicatos


  • Facilita la constitución de sindicatos, sin limitar el número.
  • Protección por fuero a quienes sean directivos sindicales.
  • Reglamenta el derecho de los sindicalistas a salir en jornada de trabajo para actividades de su central obrera.
  • Regula la negociación colectiva de salarios y otros temas con la empresa.
  • Se prohíben los pactos colectivos.

Se establece el derecho a la huelga, incluso cuando no hay sindicato.

Otras normas


  • La licencia paternidad pasaría a 12 semanas, pero el aumento será gradual. Actualmente está en 2 semanas y pasaría a 4, en 2024 se haría la transición a 8 y en el 2025 ya quedaría en 12.
  • Se brindará protección por automatización. Cuando el trabajo sea reemplazado por una máquina, el empleado deberá ser reubicado en otra área de la compañía.
  • Los migrantes deberán ser contratados en igualdad de condiciones a los colombianos.
  • Los deportistas deberán tener un contrato laboral normal.
  • Toda empresa debe velar y garantizar la no discriminación, la no violencia y que se evite el acoso laboral o sexual.

Puede ver: Expertos hacen reparos a ley de sometimiento: ¿beneficia más a victimarios que a víctimas?

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