En Colombia, el tema de quién debe pagar los recibos de servicios públicos, como la luz y el agua, en un contrato de arriendo está regulado principalmente por la Ley 820 de 2003, conocida como la Ley de Arrendamientos de Vivienda Urbana. Esta norma establece las responsabilidades tanto del arrendador (dueño) como del arrendatario (inquilino) en relación con estas facturas.
La Ley 820 de 2003, en su artículo 15, establece que el pago de los servicios públicos domiciliarios debe ser acordado entre las partes en el contrato de arrendamiento. Esto significa que tanto el propietario como el inquilino tienen la libertad de pactar quién será el responsable de pagar estos servicios.
Sin embargo, la práctica común y la regla general es que el arrendatario sea quien asuma el pago de los servicios públicos, ya que es él quien los consume durante su estancia en el inmueble.
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Entonces, ¿quién asume el pago de los servicios públicos de una vivienda en arriendo?
El artículo 15 de la Ley 820 de 2003 especifica que cuando un inmueble es entregado en arriendo, el contrato debe indicar claramente quién es el responsable del pago de los servicios públicos. Si se establece que el arrendatario debe pagar los servicios, este debe hacerlo puntualmente para evitar la suspensión de los mismos.
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En caso de que el arrendatario no pague los servicios, las empresas prestadoras de servicios públicos tienen el derecho de suspender el suministro.
Además, la ley permite que el arrendador solicite una garantía para cubrir posibles deudas de servicios públicos que el arrendatario pueda dejar al finalizar el contrato. Esta garantía puede ser utilizada para pagar cualquier saldo pendiente en los recibos de servicios públicos.
Casos especiales y excepciones
Existen situaciones en las que el arrendador puede asumir el pago de los servicios públicos. Por ejemplo, en contratos donde se arrienda una habitación dentro de una vivienda más grande, es común que el arrendador incluya el costo de los servicios públicos en el canon de arrendamiento.
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En estos casos, el arrendatario paga una tarifa fija que cubre tanto el alquiler como los servicios públicos.
Obligaciones del arrendador
El arrendador tiene la obligación de garantizar que el inmueble arrendado cuente con acceso a los servicios públicos necesarios, como agua, luz y gas. Esto implica que el arrendador debe asegurarse de que las instalaciones estén en buen estado y que los servicios estén activos al momento de entregar el inmueble al arrendatario.
Procedimiento en caso de incumplimiento
Si el arrendatario no paga los servicios públicos y estos son suspendidos, el arrendador puede tomar varias acciones
. Primero, puede utilizar la garantía mencionada anteriormente para cubrir las deudas. Segundo, podrá solicitar la reconexión de los servicios una vez que se haya pagado el saldo pendiente. Es importante que el arrendador mantenga un registro de los pagos y deudas de servicios públicos para evitar problemas legales futuros.
Recomendaciones para arrendadores e inquilinos, según expertos
Para evitar conflictos, es recomendable que tanto arrendadores como arrendatarios sigan estas prácticas:
- El contrato de arrendamiento debe especificar claramente quién es responsable del pago de los servicios públicos. Esto incluye detallar qué facturas están incluidos y cuáles no.
- Mantener un registro detallado de los pagos de servicios públicos puede ayudar a resolver disputas. Esto es especialmente importante para el arrendador.
- Solicitar una garantía para cubrir posibles deudas de servicios públicos es una práctica común y recomendada.
- Mantener una comunicación abierta y honesta entre arrendador y arrendatario puede prevenir malentendidos y conflictos.