Este martes, 20 de junio de 2023, vence el plazo para renovar la licencia de conducción. Como es costumbre, muchos dejan todo para lo último y los centros de reconocimiento de conductores amanecieron con largas filas de quienes no surtieron el proceso a tiempo.
¿Cómo saber si debe renovar la licencia de conducción?
Si su licencia no tiene fecha de vencimiento, debe renovarla. Si esta dice ‘fecha de vencimiento indefinido’, también debe hacerlo, y si se venció entre el 1 y el 31 de enero del año pasado, de igual manera debe hacer el trámite.
¿Cuáles son los requisitos para renovar la licencia de conducción?
El Ministerio de Transporte dio estas indicaciones:
- Revise en la página del RUNT el vencimiento de su licencia.
- Solicite la cita en el Centro de Reconocimiento de conductor. Realice los exámenes que se requieran.
- Verifique en el SIMIT si tiene alguna multa de tránsito. Para renovar la licencia de conducción debe quedar a paz y salvo de todas las multas o hacer un convenio de pago con el organismo de tránsito.
- Por último, diríjase a organismo de tránsito para iniciar el trámite de renovación.
¿Qué pasa si a partir de hoy, 20 de junio, no ha renovado la licencia de conducción?
“Ya están preparados todos los operativos para hacer control en las vías del país. Si la persona está conduciendo el vehículo con su licencia de conducción vencida, se expone a una multa de 309.000 pesos, la inmovilización de su vehículo y la llevada a patios de ese vehículo”, indicó Emiro José Castro, asesor jurídico del Ministerio de Transporte.
Cabe aclarar que los precios para la renovación varían en cada municipio y dependiendo de los centros de reconocimiento de conductores.
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¿Qué hacer si tiene varias categorías en la licencia de conducción?
Es importante saber que cada categoría de licencia de conducción puede tener una fecha de vencimiento diferente. Se recomienda hacer la revisión de fecha de vencimiento de cada categoría antes de hacer la renovación.
Categorías de licencias de conducción
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Servicio particular:
- A1: motocicletas de menos de 125 centímetros cúbicos
- A2: motocicletas de más de 125 centímetros cúbicos
- B1: automóviles, motocarros, cuatrimotos, camperos, camionetas y microbuses
- B2: camiones rígidos, busetas y buses
- B3: vehículos articulados y tractocamiones de servicio particular
Servicio público:
- C1: automóviles, motocarros, cuatrimotos, camperos, camionetas y microbuses
- C2: camiones rígidos, busetas y buses
- C3: vehículos articulados de servicio público