Aplica para usted y su cónyuge en que caso de que tengan la edad para pensionarse pero no las semanas.
Consiste en sumar los aportes de ambos de tal forma que si entre los completan el mínimo exigido obtendrán una mesada conjunta.
Entre los requisitos figuran que los dos tengan la edad de jubilación cumplida, que tengan una relación de más de 5 años y que estén afiliados al mismo régimen.
La alternativa aplica para el régimen público de Colpensiones y para los fondos privados, pero hay algunas condiciones que varían entre los dos sistemas, por lo que deben asesorarse más a fondo sobre las exigencias.
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Si clasifican para la pensión familiar, en Colpensiones la mesada será de un salario mínimo. En los fondos privados, este monto dependerá del ahorro sumado por la pareja.
Aunque dos pensiones son mejor que una, la familiar seguramente será mejor que nada.
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