Cada año, miles de colombianos se enfrentan a la obligación de declarar renta, un proceso que es regulado y supervisado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Y, a medida que se acerca la temporada de declaraciones, muchos se preguntan si deben o no presentar su declaración.
Para responder a esta inquietud, la DIAN ha habilitado un sistema en línea que permite a los ciudadanos verificar fácilmente si tienen la obligación de declarar renta, así como los valores que deben considerar para cumplir con sus obligaciones tributarias.
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)
Paso a paso para saber si debe declarar renta
Para saber si debe declarar renta este año, el primer paso es acceder a la página web oficial de la DIAN. El sitio habilitado para la consulta es accesible desde cualquier dispositivo con conexión a internet.
- Ingrese al portal web de la DIAN, específicamente a la sección donde se puede verificar la obligación de declarar renta. El enlace directo es: https://webazure.dian.gov.co/consultarenta/ .
- Para realizar la consulta, debe ingresar a su cuenta de usuario en el portal. Si aún no tiene una cuenta, el sistema le permitirá crear una de manera sencilla y rápida.
- Una vez dentro de su cuenta, seleccione la opción que indica "Consulte si debe declarar renta digitando su número de cédula aquí". Este enlace le permitirá acceder a la herramienta de verificación.
- El siguiente paso es introducir algunos datos personales, tales como su número de cédula, fecha de nacimiento y la fecha de expedición de su documento de identidad. Con esta información, el sistema de la DIAN verificará su situación tributaria y le indicará si está obligado a presentar su declaración de renta.
¿Quiénes están obligados a declarar renta en 2025?
Para este año, los criterios establecidos por la DIAN para determinar quiénes deben declarar renta están basados en los ingresos, el patrimonio y los movimientos financieros del contribuyente. Noticias Caracol en vivo
consultó con el asesor contable y tributario José Gómez Ortega sobre este tema, el cual depende de estos factores:
- Ingresos anuales: Si sus ingresos brutos anuales superan las 1.400 unidades de valor tributario (UVT), equivalentes a $69.718.600, entonces estará obligado a presentar su declaración. La UVT es una unidad de medida establecida por la DIAN, cuyo valor en 2025 es de $49.799.
- Patrimonio bruto: Si su patrimonio bruto es igual o mayor a las 4.500 UVT, lo que corresponde a un monto de $224.095.500.
- Consignaciones bancarias: Si ha realizado movimientos financieros iguales o superiores a las 1.400 UVT, equivalente a $69.718.600.
- Compras y consumos anuales: Si este monto es igual o superior a las 1.400 UVT, equivalente a $69.718.600.
- Consumo de tarjetas de crédito anual: Si este valor es igual o superior a las 1.400 UVT, equivalente a $69.718.600.
Si ninguno de estos criterios se aplica a su situación, es posible que no esté obligado a declarar renta. Sin embargo, es fundamental que realice la consulta en la plataforma oficial de la DIAN para confirmar su estatus tributario.
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La multa por no declarar renta en 2025
"Cabe recordar que la DIAN fija unos plazos para cumplir con la obligación de declarar renta por parte de las personas naturales, cuyo calendario inicia el 12 de agosto de 2025, de acuerdo a los dos últimos dígitos de su cédula de ciudadanía, este empieza por los dígitos del 01-02; y, finaliza el 24 de octubre de 2025, con los dígitos 99-00", explicó el experto.
La DIAN establece una sanción económica en caso de no cumplir con los plazos señalados, lo que se entiende por "presentación extemporánea" y cuyo valor es equivalente al 5% del valor del impuesto a cargo por cada mes o fracción entre la fecha establecida y la presentación de la declaración correspondiente.
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La sanción mínima está establecida en un valor equivalente a 10 UVT ($49.799), es decir $498.000.
¿Quiénes están exentos de declarar renta?
Por otro lado, existe cierto grupo de personas que no están obligados a declarar renta, siempre y cuando no superen los umbrales establecidos. Aquellos cuyos ingresos anuales no excedan las 1.400 UVT, es decir, que no superen los $69.718.699, y cuyo patrimonio no sobrepase las 4.500 UVT (alrededor de $224.095.500), quedan exentos de realizar este trámite.
Además, si sus movimientos financieros no superan el monto estipulado por la DIAN, también quedará exento de presentar la declaración de renta.