En junio, el Congreso de Colombia aprobó en su octavo y último debate la reforma constitucional que implementaría la Mesada 14 para los veteranos de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional. Este proyecto, promovido por el gobierno del presidente Gustavo Petro, busca modificar el artículo 48 de la Constitución Política y proporcionar un ingreso adicional a los pensionados de la fuerza pública y a sus beneficiarios.
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¿Qué es la Mesada 14?
La Mesada 14, que ahora se encuentra en proceso de conciliación para unificar los textos aprobados por el Senado y la Cámara de Representantes, es un pago anual que se otorga a los pensionados de la fuerza pública.
Este beneficio, instaurado en 1993, equivalía a un mes extra de pensión y se otorgaba por razones de jubilación, invalidez, vejez y a los beneficiarios en caso de fallecimiento del pensionado. Sin embargo, fue tumbada en 2005 durante el mandato del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez, quien aseguró que la medida fue necesaria para generar recursos y garantizar el pago de pensiones en el país.
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¿Quiénes son los beneficiarios de la actual Mesada 14?
- Pensión antes del 25 de julio de 2005: su pensión no debe ser superior a 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Pensión entre el 25 de julio de 2005 y el 31 de julio de 2011: su pensión no debe ser superior a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Cabe resaltar que toda persona a la que se la ha aprobado la pensión después del 31 de julio de 2011 no recibirá la actual Mesada 14.
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¿Cómo solicitar la Mesada 14?
El procedimiento para solicitar la Mesada 14 es el siguiente:
- Deberá presentar un escrito solicitando el reconocimiento de la Mesada 14 ante el fondo de pensiones correspondiente.
- La entidad tendrá un plazo de 15 días para responder a la solicitud.
- En caso de no ser aprobada, podrá interponer una demanda contra el fondo de pensiones para solicitar el reconocimiento de la Mesada 14.