
En marzo de 2025, el programa Colombia Mayor , administrado por el Departamento de Prosperidad Social, implementará un doble pago para sus beneficiarios. Esta medida busca garantizar la continuidad de las transferencias y ponerse al día con los ciclos de pago atrasados. Más de 1,6 millones de adultos mayores en situación de vulnerabilidad recibirán los recursos correspondientes a los ciclos 2 y 3, con montos que pueden alcanzar hasta $450.000.
El director de Prosperidad Social, Gustavo Bolívar, anunció que los pagos acumulados correspondientes a los ciclos 2 y 3 se realizarán entre el 14 y el 28 de marzo de 2025. Esta medida permitirá que los beneficiarios reciban un monto acumulado, evitando atrasos en la entrega de los subsidios. Para esta operación, el Gobierno ha destinado una inversión de 442.000 millones de pesos.
“Como lo anuncié hace algunas semanas, decidimos acumular dos ciclos de pago para garantizar la continuidad de las transferencias y ponernos al día con los beneficiarios. Este programa es una medida de justicia social y protección para quienes no cuentan con recursos suficientes para cubrir sus necesidades básicas”, explicó Bolívar.

¿Cuánto pagarán de Colombia Mayor en marzo de 2025?
Del total de 1.686.299 adultos mayores habilitados para recibir la ayuda, 484.472 tienen más de 80 años, por lo que recibirán un monto diferenciado de 225.000 pesos. Los beneficiarios restantes recibirán hasta 160.000 pesos, dependiendo de su situación particular. Esta diferenciación en los montos busca atender de manera más efectiva las necesidades de los adultos mayores más vulnerables.
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El valor que recibe cada beneficiario por ciclo es de 80 mil pesos si tiene menos de 80 años; no obstante, si supera esta edad, el monto que Colombia Mayor le entregará es de $225.000. Cabe destacar que en Bogotá, los adultos mayores menores de 80 años reciben un monto incrementado de 130.000 pesos mensuales gracias a un convenio especial entre Prosperidad Social y la Alcaldía Mayor.
La entrega de los recursos estará a cargo de SuperGIROS y sus aliados en todo el país. Los beneficiarios recibirán un mensaje de texto con la información sobre el monto y la fecha exacta en que podrán retirar el dinero.

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"El primer ciclo de pagos de Colombia Mayor en 2025 se llevó a cabo entre el 21 de febrero y el 6 de marzo, y benefició a más de 1,6 millones de adultos mayores en todo el país. Al cierre del periodo de pagos, el programa alcanzó una efectividad del 97 %", recalcó el Departamento de Prosperidad Social.
¿Cómo saber si soy beneficiario de Colombia Mayor?
Para ser beneficiario del programa Colombia Mayor, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser colombiano.
- Haber residido durante los últimos diez años en el territorio nacional.
- Tener mínimo tres años menos de la edad requerida para pensionarse por vejez:
- Mujeres: 54 años.
- Hombres: 59 años.
- Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.
- Estar clasificado en los niveles de Sisbén IV:
- Grupos A y B.
- Grupo C hasta el subgrupo C1.
Proceso de inscripción
Si cumple con los requisitos mencionados, puede seguir estos pasos para inscribirse en el programa Colombia Mayor:
- Acudir a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico.
- En la mayoría de los entes territoriales, el trámite se realiza en la Oficina de Atención al Adulto Mayor. En Bogotá, se adelanta en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social.
- La persona responsable del trámite en la alcaldía municipal o distrital verificará el cumplimiento de los requisitos, revisando su cédula de ciudadanía en físico y diligenciando la inscripción en el Sistema de Información de Colombia Mayor.
- Validación de datos: Posteriormente, se verifica y valida que el ciudadano inscrito no reciba pensión alguna o perciba renta a través del cruce con bases de datos externas.
- Criterios de priorización: La información de los potenciales beneficiarios se procesa y se aplican criterios de priorización que determinan el orden para asignar cupos una vez estén disponibles. Los criterios incluyen:
- Edad del aspirante.
- Puntaje del Sisbén o listado censal.
- Minusvalía o discapacidad física o mental del aspirante.
- Personas a cargo del aspirante.
- Ser adulto mayor que vive solo y no depende económicamente de ninguna persona.
- Haber perdido el subsidio al aporte en pensión por llegar a la edad de 65 años y no contar con capacidad económica para continuar efectuando aportes a dicho sistema.
- Pérdida de subsidio por traslado a otro municipio.
- Fecha de solicitud de inscripción al programa en el municipio.
