Dian cobrará IVA por uso de áreas comunes en conjuntos residenciales de Colombia: así se aplicará
"Están prestando servicios que están gravados con el IVA. En consecuencia, deben declarar el IVA y expedir la correspondiente factura electrónica", recalcó la Dian.
DIAN cobrará IVA por uso de zonas comunes en conjuntos en Colombia -
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) aseguró que cobrará IVA a las administraciones de propiedades horizontales que cobren por el uso de los espacios comunales en sus unidades. Fedelonjas, el gremio de propiedad raíz, manifestó su desacuerdo con la directriz.
Las administraciones de conjuntos residenciales que reciban dinero por el uso de piscinas, gimnasios, salones, parqueaderos y otras zonas comunes, tendrán que cobrar y transferir a la DIAN el impuesto del IVA.
¿En qué casos la DIAN cobra el IVA?
"Están prestando servicios que están gravados con el IVA. En consecuencia, deben declarar el IVA y expedir la correspondiente factura electrónica. Cuando los conjuntos residenciales incluyen estos servicios dentro de la cuota de administración, no hay necesidad de facturar el IVA ni de presentar la correspondiente factura electrónica", explicó Gustavo Peralta Figueredo, director de gestión jurídica de la DIAN.
“Solo se causa el impuesto sobre las ventas -IVA- cuando el conjunto residencial explota económicamente las zonas comunes y no cuando los costos de su mantenimiento se pagan con cuotas de administración. Las propiedades horizontales de uso residencial no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y tampoco son declarantes, pero los servicios de alquiler que presten sí generan impuesto sobre las ventas -IVA”, informó la DIAN.
Dian cobrará IVA por uso de áreas comunes en conjuntos residenciales de Colombia: así se hará -
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Por supuesto, esta directriz no cayó muy bien para los dueños de apartamentos.
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“Nos van a cobrar IVA. Ya quieren cobrar si utiliza uno el parqueadero. El Gobierno está totalmente desfasado", expresó un ciudadano. "No estoy de acuerdo porque esa propiedad es del conjunto”, dijo otro habitante.
Fedelonjas rechaza decisión de la DIAN de cobrar IVA por uso de áreas comunes
Fedelonjas manifestó su desacuerdo con esta medida, porque no solo representa una carga tributaria para las copropiedades, sino que también desconoce la naturaleza y función de la propiedad horizontal en el bienestar y la seguridad de las comunidades.
“Los parqueaderos, al igual que igual de las otras zonas comunes de una copropiedad, no son activos comerciales, esos son espacios esenciales para la administración y para la sostenibilidad de las residencias de las copropiedades. Grabar estos ingresos podría traducirse en el aumento de las cuotas de administración", enfatizó Mario Ramírez, presidente de Fedelonjas.
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Sobre este tema, la DIAN aclaró que no es una directriz nueva, sino que desde 2014 el Consejo de Estado aclaró que las propiedades horizontales son contribuyentes del IVA por la explotación económica de sus zonas comunes.
Según la Dian, "durante 2024 se adelantó reuniones con agremiaciones y representantes legales de propiedades horizontales en diferentes regiones del país; producto de ello, y luego de diversos análisis y recopilación de evidencias, se logró la reclasificación de 1.200 conjuntos que, estando obligados a declarar y pagar el IVA, no lo hacían. Actualmente, la entidad avanza en labores de reclasificación de oficio a más de 90 copropiedades por este mismo motivo".