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¿Desde cuándo el Aguardiente Amarillo se podrá comprar en Bogotá? Licorera de Caldas responde

La Licorera de Caldas manifestó que su producto estrella, el Aguardiente Amarillo, volverá a las principales ciudades de Colombia, tras la determinación de la Corte Constitucional.

La Corte Constitucional terminó las restricciones para la comercialización de aguardiente en Colombia . Los gobernadores de los departamentos podían restringir el ingreso de un licor proveniente desde otro departamento, lo cual lo permitía la ley de los licores.

Esta norma fue estudiada por la Corte Constitucional y este ente encontró que la ley de licores (artículo 28 de la Ley 1816, de 2016) era ilegal porque violaba el tema de la libertad del consumidor a poder elegir lo que se tomara. El alto tribunal también especificó que se violó la libertad económica.

El exsuperintendente Pablo Felipe Robledo, demandante de la ley de licores, celebró la determinación de la corte y explicó qué va a pasar frente a la determinación tomada. “De esta manera, todos los aguardientes producidos en Colombia podrán circular, como corresponde, en todo el territorio nacional, sin restricción alguna, y los consumidores, independientemente del lugar del territorio colombiano en donde se encuentren, podrán escoger libremente el aguardiente de su preferencia”.

(Lea también: Corte Constitucional puso fin al monopolio de aguardiente en Colombia: se podrá elegir libremente)

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El fallo del alto tribunal señaló que un gobernador no podrá negar estos permisos de introducción de licores que provengan de un departamento a otro. Además, el mismo fallo sugiere que no se va a restringir el tema de los pagos, ya que, de todas formas, un departamento tendrá que pagar derechos de distribución a otro, en el cual pretende comercializar su aguardiente.

La Corte Constitucional, en su fallo, respaldó los argumentos presentados por los demandantes de la norma, Pablo Felipe Robledo, Jorge Enrique Sánchez y Julio Andrés Ossa. También consideró los planteamientos del Gobernador de Caldas, Henry Gutiérrez Ángel, el gerente general de la Industria Licorera de Caldas (ILC), Diego Angelillis Quiceno, y otras personas naturales y jurídicas que solicitaron a la Corte declarar inconstitucional la facultad de restringir el libre mercado y la circulación de los aguardientes. Se alegó que dicha restricción vulneraba las normas constitucionales que protegen el derecho a la libre competencia de todas las empresas para participar en el mercado y el derecho de los consumidores colombianos a elegir los productos de su preferencia.

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Como resultado de la decisión de la Corte Constitucional, las empresas licoreras productoras de aguardiente ahora operan en un entorno de plena competencia en el mercado nacional. Tienen la posibilidad de distribuir sus productos en todos los departamentos, municipios, regiones y rincones del país, sin que los gobernadores puedan imponer fronteras o barreras a la introducción, comercialización y venta de algunos aguardientes. Asimismo, los ciudadanos podrán elegir y acceder al consumo del aguardiente de su preferencia en todo el territorio nacional.

La Corte Constitucional ha reconocido que las empresas de licores departamentales deben competir por ganarse la preferencia de los consumidores y que los ciudadanos tienen derecho a elegir el aguardiente de su preferencia, sin importar en qué parte del territorio nacional se encuentren, y sin estar obligados a consumir únicamente el aguardiente local autorizado por el gobernador del departamento.

¿Dónde se venderá el Aguardiente Amarillo?

Con esta decisión, según la Industria Licorera de Caldas (ILC), se “podrá vender el Aguardiente Cristal en todo el territorio nacional, y el Aguardiente Amarillo de Manzanares podrá ser comercializado y consumido en los 32 departamentos sin restricción alguna, y en especial, podrá ser ahora también introducido y vendido en los departamentos de Cundinamarca (que incluye Bogotá, D.C.), Antioquia, Valle del Cauca, Boyacá, Cauca, Nariño, Huila, Chocó, Caquetá y Putumayo, pues la Corte ha derrumbado las fronteras departamentales impuestas por los gobernadores de esos departamentos que privaban a los habitantes de esas regiones de poder consumir el Aguardiente Amarillo de Manzanares”.

Esto quiere decir que desde ya se podrá comercializar el Aguardiente Amarillo en Bogotá y las diferentes ciudades de Colombia.

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Gracias al fallo de la Corte Constitucional, los ingresos que reciben los departamentos para invertir en la salud y educación de sus habitantes, según la ILC, aumentarán. Estas rentas no están en riesgo, especificó la entidad, y dijo que, al contrario, cuantos más aguardientes se vendan en el departamento, sin importar su marca o procedencia, más participación y derechos de explotación recibirán los departamentos por la introducción y venta de estos productos en sus jurisdicciones.

Por último, la Industria Licorera de Caldas consideró que “esta decisión resulta trascendental para el desarrollo de la industria de licores en Colombia, especialmente, la industria del aguardiente, pues al estar todas las empresas obligadas a competir, generarán productos con mayor innovación y desarrollo con el propósito de ganarse la preferencia de los consumidores, y trabajarán buscando el mejoramiento de los procesos de producción y venta de los aguardientes en el mercado nacional e internacional trasladando a sus clientes las eficiencias generadas en ambientes totalmente competitivos”.

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(Lea también: 6 bebidas colombianas que son perjudiciales para su salud: el aguardiente lidera la lista)

CAMILO ROJAS
PERIODISTA NOTICIAS CARACOL
X: RojasCamo