En Colombia, el incremento anual del canon de arrendamiento de vivienda urbana está regulado por la Ley 820 de 2003. Esta normativa establece que el aumento no puede exceder el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior. Para el año 2024, el incremento máximo permitido fue del 9.28% , correspondiente a la inflación registrada en 2023. Este porcentaje se aplica cuando se cumplen 12 meses desde el último incremento o desde la firma del contrato de arrendamiento.
Por ejemplo, si un colombiano paga $900.000 de arriendo, el máximo que le puede incrementar el arrendador en 2024 es el 9.28%, es decir, $83.520.
El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) ha reportado que la inflación en Colombia ha mostrado una tendencia a la baja durante 2024. Según los datos más recientes, la inflación anual a octubre de 2024 se ubicó en 5.41% . Este descenso es notable si se compara con la inflación de 2023, que cerró en 9.28%.
Aunque aún no se ha confirmado una cifra exacta para la inflación de todo el año 2024, se espera que el incremento máximo permitido para los arriendos en 2025 esté en línea con la inflación anual reportada por el DANE. Esto significa que, si la inflación se mantiene en torno al 5.41%, el aumento máximo del arriendo para 2025 no debería superar este porcentaje.
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Cuánto es lo máximo que le pueden subir al arriendo en 2025
Para determinar cuánto es lo máximo que le pueden subir al arriendo en 2025, es fundamental considerar la inflación anual de 2024. Según la Ley 820 de 2003, el incremento del canon de arrendamiento no puede exceder el 100% del IPC del año anterior. Esto significa que, si la inflación anual de 2024 se mantiene en 5.41%, el aumento máximo permitido para los arriendos en 2025 sería del mismo porcentaje.
Por ejemplo, si un arrendatario paga actualmente $1.000.000 de arriendo mensual, el incremento máximo permitido para 2025 sería de $54.100, resultando en un nuevo canon de $1.054.100. Este cálculo se basa en la aplicación directa del porcentaje de inflación al valor del arriendo vigente. Es importante que tanto arrendadores como arrendatarios estén informados sobre estos límites para evitar incrementos indebidos y asegurar el cumplimiento de la normativa vigente.
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Inflación en 2024 según el DANE
Según el DANE, la inflación en Colombia ha mostrado una tendencia decreciente a lo largo de 2024. En enero, la inflación anual se situó en 8.35%, evidenciando una desaceleración respecto al año anterior. A medida que avanzó el año, la inflación continuó disminuyendo, alcanzando un 7.36% en marzo y un 5.41% en octubre. Este comportamiento refleja una mejora en la estabilidad económica del país, influenciada por la reducción en los precios de los alimentos y otros bienes de consumo.
La variación mensual del IPC en octubre de 2024 fue de -0.13%, lo que indica una ligera deflación en ese mes. Este fenómeno se explica principalmente por la disminución en los precios de alimentos y bebidas no alcohólicas, así como en las categorías de recreación y cultura, información y comunicación, y bienes y servicios para el hogar.
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¿Qué hacer si se identifica un cobro excesivo?
Si se confirma que el arrendador ha realizado un cobro excesivo en el arriendo, es fundamental tomar medidas para corregir esta situación y proteger sus derechos como arrendatario. En primer lugar, la idea es intentar resolver el problema de manera amistosa. Puede comunicarse directamente con el arrendador para discutir el incremento y presentar evidencia de que el aumento excede el límite permitido por la ley. En muchos casos, una conversación clara y documentada puede llevar a una resolución sin necesidad de procedimientos legales.
Si no se logra un acuerdo amistoso, el siguiente paso es buscar asesoría legal. Un abogado especializado en derecho inmobiliario puede ofrecer orientación sobre las opciones disponibles y ayudar a preparar una queja formal. Es importante recopilar toda la documentación relevante, como el contrato de arrendamiento, recibos de pago y cualquier comunicación con el arrendador, para respaldar su caso.
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En caso de que el arrendador se niegue a corregir el cobro excesivo, puede presentar una denuncia ante las autoridades competentes. En Bogotá, por ejemplo, puede dirigirse a la Secretaría de Hábitat o enviar una queja por correo electrónico a defensordelciudadano@habitatbogota.gov.co. También puede acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para denunciar prácticas abusivas y solicitar una intervención. Estas entidades tienen la autoridad para investigar y sancionar a los arrendadores que no cumplan con la normativa vigente.