La prima de servicios es un beneficio laboral que los trabajadores en Colombia reciben dos veces al año. La prima de mitad de año, en particular, corresponde al pago de 15 días de salario por el semestre trabajado.
¿Cuándo se debe pagar la prima de junio?
El plazo para el pago de la prima de mitad de año, también llamada prima de junio, lo indica el Ministerio de Trabajo. La fecha límite es el 30 de junio. Esto significa que los empleadores tienen la obligación de realizar este desembolso antes de que finalice el primer semestre del año.
La normativa establece que el pago debe efectuarse en su totalidad o de manera proporcional al tiempo trabajado durante el semestre.
¿Qué pasa si no me pagan la prima antes del 30 de junio?
Si no recibe el pago antes de esta fecha, el empleador puede enfrentar varias consecuencias legales. La ley estable que las sanciones por no pagar la prima a tiempo pueden incluir:
- Multas: el Ministerio del Trabajo puede imponer multas que varían entre 1 y 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, dependiendo del tamaño de la empresa, la gravedad de la conducta y la reiteración.
- Intereses moratorios: usted tiene derecho a recibir intereses moratorios sobre el valor de la prima no pagada, a una tasa equivalente a la máxima de interés para créditos de libre asignación certificada por la Superintendencia Financiera, desde el día siguiente al vencimiento del plazo máximo de pago hasta que se realice el pago total.
- Reclamo judicial: puedes presentar una demanda ante un juez laboral para exigir el pago de la prima, los intereses moratorios y las demás indemnizaciones a la que tenga derecho.
- Indemnización moratoria: en caso de adeudar una o varias primas de servicios, el trabajador puede reclamar judicialmente el pago de una indemnización moratoria, equivalente a un día de salario por cada día de retraso en el pago completo de la prima.
Cómo se calcula la prima de mitad de año
"La fórmula para calcular la prima de servicios es: el salario base por los días laborados y este resultado se divide en 360. Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas", cita la página web oficial del Ministerio de Trabajo.
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