¿Cuál es el máximo que deben cobrar de arriendo en su local en 2025 si pagaba $1.500.000 en 2024?
Aprenda a calcular el nuevo valor del arriendo de su local y asegúrese de no pagar de más. Si supera lo permitido, puede acercarse a la Superintendencia de Industria y Comercio.
El incremento máximo del arriendo mensual está determinado por el IPC del año anterior -
El 2025 trajo como cada año nuevos desafíos en los ajustes económicos, entre esos para los arrendatarios de locales comerciales en Colombia
. Si en 2024 pagaba $1.500.000 de arriendo, es fundamental conocer cuánto es lo máximo que pueden cobrarle este año. La inflación y las regulaciones vigentes juegan un papel crucial en este cálculo.
En 2024, la tasa de inflación en Colombia cerró en un 5,20%. Este porcentaje es clave para determinar el incremento permitido en los contratos de arrendamiento. Según la Ley 820 de 2003, el aumento del canon de arrendamiento no puede superar el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior.
Por lo tanto, para 2025, el incremento máximo permitido es del 5,2%. Si el arrendador decide aumentar el alquiler por encima de este porcentaje, deberá ponerse en contacto con el inquilino para llegar a un acuerdo. En caso de no hacerlo, el arrendatario podrá acudir a las autoridades, como la Superintendencia de Industria y Comercio, para presentar una queja formal, asegurándose de tener toda la documentación en regla, incluyendo el contrato de arrendamiento y cualquier comunicación escrita relacionada con el incremento.
¿Cómo calcular el nuevo valor del arriendo?
Para calcular el nuevo valor del arriendo de su local comercial en 2025, debe aplicar el porcentaje de incremento permitido al valor que pagaba en 2024. Si su valor era de $1.500.000, el cálculo sería el siguiente:
$1.500.000 x 5,20% / 100 = $1.578.000 COP
De esta manera, el valor del arriendo de su local para 2025 pasaría de $1.000.000 a $1.578.000 pesos colombianos, considerando que el incremento se aplicará una vez se haya cumplido el año en el lugar.
El aumento del arriendo solo puede aplicarse después de 12 meses desde el último incremento o al renovar el contrato. -
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Factores adicionales a considerar
Aunque el incremento del 5,20% es el máximo permitido por ley, hay otros factores que pueden influir en el valor del arriendo:
Ubicación del local: en zonas de alta demanda pueden tener incrementos adicionales debido a la oferta y demanda del mercado.
Condiciones del contrato: algunos contratos pueden incluir cláusulas específicas sobre incrementos anuales que deben ser revisadas cuidadosamente.
Negociación con el arrendador: siempre es posible negociar con el arrendador, para llegar a un acuerdo que beneficie a ambas partes.
¿Qué dice la ley sobre el aumento del arriendo?
El incremento máximo del arriendo mensual está determinado por el IPC del año anterior, según lo establece la ley. Hay varios aspectos importantes a considerar:
El arrendador tiene la opción de negociar con el arrendatario y acordar un aumento menor al IPC.
El aumento del arriendo solo puede aplicarse después de 12 meses desde el último incremento o al renovar el contrato. Por ejemplo, si el contrato se firmó en mayo de 2024, el aumento solo se aplicará en mayo de 2025.
El incremento del arriendo no debe realizarse al inicio del año o en enero, sino únicamente al momento de la renovación del contrato.
Aunque el incremento del 5,20% es el máximo permitido por ley, hay otros factores que pueden influir en el valor del arriendo. -
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Importancia de estar informado
Mantenerse informado sobre las regulaciones y el contexto económico es esencial para tomar decisiones financieras acertadas. La inflación y las políticas económicas pueden cambiar, afectando directamente los costos de arrendamiento. Por ello, es recomendable revisar periódicamente las actualizaciones del IPC y las normativas vigentes.
Revise su contrato: asegúrese de entender todas las cláusulas relacionadas con el incremento del arriendo.
Negocie con su arrendador: si considera que el incremento es excesivo, intente negociar un acuerdo más favorable.
Si no desea renovar el contrato: debe notificarlo con tres meses de anticipación para evitar cualquier penalidad.
En cuanto a los cambios en el contrato: si el arrendatario ha incurrido en mora de servicios públicos o ha realizado modificaciones sin autorización, el arrendador tiene el derecho de terminar el contrato de manera unilateral.
Planifique su presupuesto: incluya el nuevo valor del arriendo en su planificación financiera para evitar sorpresas.