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Corte Constitucional tumbó cobro impuesto en factura de la luz para atender emergencia en La Guajira

La Corte Constitucional determinó que el decreto que avaló el cobro de entre $1.000 y $5.000 como aporte a La Guajira es ilegal desde el momento en que comenzó a regir. A los usuarios deberá devolverse el dinero en 6 meses o menos.

Corte Constitucional tumbó cobro incluido en factura de la luz para atender emergencia en La Guajira

La Corte Constitucional tumbó el cobro de un aporte que se estaba haciendo por medio de las facturas de energía en todo Colombia, con el fin de recaudar recursos para ayudar a La Guajira ante la emergencia económica decretada por el Gobierno en esa zona del país.

Este cobro fue avalado por el decreto 1276 del 31 de julio de 2023, en el cual el Gobierno adoptó "medidas para crear un régimen tarifario especial y diferencial de carácter transitorio que abarate la energía en La Guajira".

En este se estableció que, para tener recursos y asegurar mayor energización en las zonas no interconectadas del área rural de la Guajira, se incluiría en las facturas de energía a nivel nacional de los hogares 4, 5 y 6 un “aporte departamento de La Guajira” por un valor de $1.000 pesos. Para los estratos comerciales e industriales, el aporte sería de $5.000 pesos en cada factura.

Pese a esto, la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió declarar inexequible este cobro, debido a que no se evidenció que una crisis por cuenta del fenómeno de El Niño se trataba de un hecho sobreviviente o irremediable.

En alto tribunal determinó que el decreto es ilegal desde el mismo momento en que se cobró y, por tanto, los dineros recaudados deberán ser devueltos a través de compensación a los usuarios, por lo cual concedió 6 meses para que se haga el retorno de los mismos.

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