Esperanza hace parte de las 122 mil personas que en Colombia ejercen elteletrabajo y narra cómo bajo esta modalidad las jornadas laborales son muy largas y a veces no reconocidas económicamente.
“Las jornadas laborales son más extensas y sin dejar de lado también que hay líderes en las organizaciones que aún no entienden a cabalidad el fin de la jornada y normalmente normalizaron escribirle a uno o dejar correos o tareas en altas horas de la noche”, manifestó la mujer.
Pues laCorte Constitucional acaba de respaldar esa norma al estudiar una demanda contra la ley que reglamentó el teletrabajo.
Esta modalidad consiste en que el trabajador la ejerce de manera permanente fuera de la empresa utilizando elementos tecnológicos.
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El fallo aclara que acá la persona no tiene la misma condición que un trabajador ordinario, pero si el teletrabajador excede el horario, a petición del empleador, se le deben reconocer las horas de más trabajadas.
“La Corte aclara que si bien los teletrabajadores tienen un régimen específico de condiciones, previsto en la ley 1221 de 2008 con características aplicables a este grupo poblacional, debe respetarse el reconocimiento a recargos por superación de la jornada ordinaria pactada entre las partes en virtud”, explicó Daniel Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario.
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Ante el auge de esta modalidad de trabajo, señalan los expertos, es importante que el teletrabajador no tenga una jornada sin fin.
“La limitación de la jornada de trabajo para teletrabajadores constituye un pilar importante en la construcción de derechos complementarios como el derecho a la desconexión digital que ha sido tan complejo en el contexto de la pandemia y que se ha verificado como uno de los grandes desafíos de la humanidad del trabajo a distancia en Colombia”, dijo Jaramillo.
Así mismo la Corte avaló la obligación del Ministerio de Trabajo para realizar una vigilancia especial y garantizar que los teletrabajadores no sean sometidos a excesivas cargas de trabajo.
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