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Con la reforma pensional, ¿todos los colombianos pasarán a Colpensiones?

Este 16 de julio de 2024, el presidente Gustavo Petro sanciona la nueva reforma pensional. El régimen entrará a regir en Colombia a partir de 2025.

Acuerdos en la reforma pensional: ¿qué puntos fueron modificados en debate de la iniciativa?
¿Qué colombianos pasarán a Colpensiones? -
Pexels

Junto a congresistas y sindicatos, el presidente Gustavo Petro sancionará este 16 de julio la reforma pensional, que -según el Gobierno- busca mejorar la cobertura y sostenibilidad del sistema pensional, beneficiando a muchos colombianos, especialmente aquellos con ingresos bajos y medios.

Uno de los aspectos más destacados es la transición de la mayoría de colombianos a Colpensiones.

¿Qué colombianos pasarán a Colpensiones?

Con la implementación de la reforma pensional, se establece que todos los trabajadores que ganen hasta 2,3 salarios mínimos legales vigentes pasarán a cotizar en Colpensiones. Esto significa que:

  1. Trabajadores con ingresos medios y bajos: aquellos que ganen hasta 2,3 salarios mínimos cotizarán obligatoriamente en Colpensiones. Esto busca garantizar una pensión mínima para un mayor número de trabajadores.
  2. Trabajadores independientes: los trabajadores independientes que se encuentren dentro del rango de ingresos mencionado también deberán cotizar en Colpensiones.
  3. Nuevos cotizantes: todos los nuevos trabajadores que ingresen al mercado laboral y cuyos ingresos no superen los 2,3 salarios mínimos serán automáticamente afiliados a Colpensiones.

Pilares de la reforma pensional

Pilar solidario

"El pilar solidario busca garantizar una renta básica solidaria para la subsistencia de adultos mayores en situación de pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad. Los beneficiarios recibirán una transferencia monetaria equivalente a una línea de pobreza extrema, estimada en 223 mil pesos mensuales en 2024. El pilar solidario no implica derechos pensionales, los recursos de la transferencia provendrán y estarán limitados en el Presupuesto General de la Nación (PGN) del año en curso y serán administrados por el Ministerio del Trabajo", explica el Comité Autónomo de la Regla Fiscal.

Pilar semicontributivo

Se otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que tienen semanas en Colpensiones o ahorros en su cuenta individual en una administradora de los fondos de pensiones.

Pilar contributivo

Colpensiones recibirá los aportes hasta los 3 primeros salarios mínimos mensuales legales vigentes cotizados y las administradoras de los fondos de pensiones recibirán las cotizaciones que exceden los 3 SMLMV.

Esas dos prestaciones se unirán o complementarán para sumar una única pensión de vejez, señaló Mintrabajo.

Pilar ahorro individual voluntario

Según el Ministerio de Trabajo, en esto consiste el pilar ahorro individual voluntario:

  1. Se creará un fondo para el ahorro, que evitará cualquier impacto al mercado de valores y adquisición de TES o títulos de deuda pública. Los dineros que tienen los afiliados en sus cuentas de ahorro continuarán siendo administrados por las AFP, administradoras de fondos de pensiones, y solo se usarán para el reconocimiento de sus pensiones.
  2. Además, se establecen condiciones especiales para la mujer otorgando una reducción en la cantidad de semanas mínimas, de 50 semanas por cada hijo sin que supere los 3 hijos, es decir, 150 semanas para compensar el trabajo de cuidado.
  3. Las pensiones de invalidez y de sobrevivientes continúan igual, con los mismos requisitos, pero ahora serán reconocidas por Colpensiones.
  4. Se respetarán los derechos adquiridos, es decir, las personas pensionadas continúan en las mismas condiciones.
  5. Se establece un régimen de transición para aquellas personas afiliadas al sistema que cuenten con 900 semanas en el caso de los hombres, y 750 en el de las mujeres, a quienes se les respetará las condiciones establecidas en el régimen anterior (ley 100 de 1993).

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