Las cesantías hacen parte de las prestaciones sociales (prima, aportes a la salud, pensión y vacaciones, etc.) teniendo el derecho todas las personas que cuentan con un contrato laboral a término fijo o indefinido en Colombia. El monto de esta retribución corresponde a un mes de salario por cada año trabajado y ellas generan unos intereses que, así como las cesantías mismas, deben ser pagados por el empleador a sus trabajadores como un valor adicional al salario ordinario.
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¿Cuándo pagarían las cesantías en el 2024?
Según la Ley 50 de 1990
, la liquidación de las cesantías por cada año trabajado (salvo cuando el contrato termine antes de finalizar el año, caso en el cual la liquidación se hace con dicha terminación) se debe hacer todos los 31 de diciembre mientras que el pago de los intereses generados por esa prestación social debe ser consignado, a más tardar, el 31 de enero del año siguiente a la liquidación del año laborado.
“El empleador cancelará al trabajador los intereses legales del 12% anual o proporcionales por fracción, en los términos de las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantía, con respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente”, dice la mencionada ley en su artículo 99.
¿Cuál es la fecha límite para que paguen las cesantías?
Hasta el miércoles 31 de enero de 2024, el empleador tiene la responsabilidad de realizar el depósito correspondiente a los intereses generados por sus cesantías de 2023.
Esto implica que a lo largo de enero de 2024 debería recibir un pago adicional en su salario ordinario que corresponde a dichos intereses.
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Es importante destacar que este monto no se transfiere al fondo de cesantías, sino que se entrega directamente al trabajador.
En caso de que su contrato concluya antes del 31 de diciembre, el pago (calculado proporcionalmente al tiempo trabajado hasta la fecha de finalización) debe incluirse en la liquidación del contrato.
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Es crucial no confundir este pago de intereses con el de las propias cesantías, las cuales se depositan en el respectivo fondo y se convierten en un ahorro que solo puede retirar según las condiciones que se explican detalladamente.
En relación con las cesantías de 2023, es necesario que estas sean consignadas en su fondo entre el 1 de enero y el 14 de febrero de 2024. Cabe mencionar que la Ley 50 de 1990 establece que en caso de incumplimiento en el plazo, el empleador deberá pagar un día de salario por cada día de retraso.
¿Cómo aprender a calcular las cesantías?
La ley dice que los intereses legales sobre las cesantías equivalen al “12% anual o proporcionales por fracción (si no se laboró el año completo sobre el que se liquida)”.
Esto quiere decir que las cesantías y sus intereses se calculan basándose en los salarios recibidos durante el año liquidado o durante el tiempo que usted estuvo vinculado formalmente a la empresa mediante contrato laboral a término fijo o indefinido.
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Para calcular los intereses que recibirá, primero realice el cálculo de sus cesantías con la siguiente fórmula:
Cesantías = salario mensual X días trabajados / 360 (días)
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Ahora, para calcular los intereses sobre sus cesantías, utilice esta fórmula:
Intereses de cesantías = cesantías (el valor obtenido en la fórmula anterior) X 0,12 X días trabajados / 360 (días)
Por ejemplo, si usted trabajó durante todo el 2023 con un salario mensual de $1.000.000, le corresponderían $1.000.000 por cesantías (1.000.000 X 360 / 360 = 1.000.000).
Siguiendo con el ejemplo, los intereses generados por esas cesantías serán de $120.000 (1.000.000 X 0,12 X 360 / 360 = 120.000).
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