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Capital Creativo, la iniciativa de créditos para empresas culturales en Bogotá: ¿cómo acceder?

Si usted está en Bogotá y es dueño de una pequeña o grande empresa que se dedica al ámbito cultural, puede ser parte del proyecto Capital Creativo. Le contamos todo lo que debe saber.

Capital Creativo, la iniciativa de créditos para empresas culturales en Bogotá: vea cómo acceder

Hay grandes noticias para las pequeñas y medianas empresas en Bogotá. La Secretaría de Cultura anunció el proyecto Capital Creativo, un programa que facilitará el acceso a créditos económicos para quienes se dediquen al ámbito cultural.

De acuerdo con la Secretaría, Capital Creativo, "a través de una alianza con el Fondo Nacional de Garantías (FNG), buscará que las micro, pequeñas y medianas empresas obtengan una oportunidad invaluable para materializar sus proyectos culturales y creativos, lo que permitirá fortalecer la economía de este sector en Bogotá a través de la generación de empleo, la creación de nuevos proyectos y la promoción del talento local".

“Después de darnos cuenta de que solo el 20% de los agentes del sector habían realizado una solicitud formal de créditos a las entidades financieras, y de este porcentaje solo el 21% logró acceder a dichos recursos, vimos necesario crear Capital Creativo. Esta es la oportunidad para que este sector tan talentoso de nuestra ciudad se postule y pueda estar cada vez más cerca de cumplir sus sueños sin un limitante económico”, señaló Catalina Valencia, secretaria de Cultura, Recreación y Deporte.

¿Cuáles son los requisitos para aplicar a Capital Creativo?

Los aspirantes, por supuesto, deben dedicarse a la industria cultural y tener todos los documentos de la empresa en regla. Para la postulación deben estar pendientes de las redes sociales y de la página de la Secretaría Distrital de Cultura de Bogotá.

Otras noticias económicas:

¿Cuándo se paga la prima de mitad de año?

La prima es un salario mensual que los empleadores pagan a los trabajadores dos veces al año (15 días de sueldo cada 6 meses). Si el empleado no estuvo vinculado a la empresa durante todo el semestre, el valor de la prestación será proporcional a los días laborados.

Por otro lado, según la ley 1788 de 2016, "se garantiza el acceso en condiciones de universalidad al derecho prestacional de pago de prima de servicios para las trabajadoras y trabajadores domésticos". Es decir, aquellos empleados que realizan tareas como jardinería, aseo, lavado, planchado, cocina, trabajadores de finca y conductores de familia.

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¿Qué pasa si el empleador no cumple con el pago de la prima de mitad de año?

En caso de que el empleador incumpla la fecha máxima para el pago de la prima de mitad de año, deberá someterse a una sanción moratoria correspondiente a un día de salario por cada día que demore en entregar el beneficio al trabajador. El dinero será entregado al mismo.

"La fórmula para calcular la prima de servicios es el salario base por los días laborados y este resultado se divide en 360. Si el trabajador laboró menos días, el procedimiento se debe hacer con el número de jornadas completadas", agrega Mintrabajo.

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