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Aprenda a ahorrar las cesantías con un salario mínimo en Colombia

Las cesantías forman parte integral de las prestaciones sociales que incluyen primas, aportes a salud, pensión, vacaciones, entre otras. Esta especie de seguro se aplica a aquellos trabajadores que cuentan con contratos laborales a término fijo o indefinido.

Tenga en cuenta que el retiro de las cesantías solo puede efectuarse en situaciones específicas.
Tenga en cuenta que el retiro de las cesantías solo puede efectuarse en situaciones específicas.
Colprensa

Con la reciente actualización del salario mínimo en Colombia, los ciudadanos han comenzado a realizar cálculos financieros para administrar sus recursos, con el objetivo de ahorrar y planificar sus cesantías.

La norma que rige las cesantías en Colombia se establece en la Ley 50 de 1990. Dado a esto, cada 31 de diciembre se lleva a cabo la liquidación de las cesantías, que constituyen una parte esencial de las prestaciones sociales, como las primas, aportes a salud y pensión, vacaciones, entre otras.

Estas prestaciones son aplicables a los trabajadores con contratos laborales a término fijo o indefinido.

Conforme a lo estipulado en la ley, el empleador tiene la responsabilidad de abonar a los trabajadores los intereses legales del 12% anual o proporcionarlos de manera fraccionada, según las normas vigentes sobre el régimen tradicional de cesantías. Esto se aplica respecto a la suma causada en el año o en la fracción que se liquide definitivamente.

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En situaciones en las cuales los empleados no hayan completado el tiempo establecido, recibirán una cantidad proporcional al período laborado.

Es esencial resaltar que las cesantías equivalen a un mes de salario por cada año trabajado y generan intereses adicionales. Incluso aquellos empleados que no hayan cumplido con el tiempo establecido obtendrán una cantidad proporcional al período laborado.

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Este fondo de cesantías funciona como un ahorro destinado a situaciones específicas, como desempleo, adquisición de vivienda o fines educativos.

De acuerdo con lo establecido en la Ley 50 de 1990 , el empleador tiene como plazo máximo el 14 de febrero para consignar las cesantías al fondo correspondiente.

En caso de incumplimiento con esta fecha límite, el empleador deberá abonar un día de salario por cada día de retardo.

Conozca la fórmula para ahorrar las cesantías


Para determinar el monto de las cesantías se basa en una fórmula sencilla que implica multiplicar el salario mensual por los días laborados y dividir el resultado entre 360 (días en el año).

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De esta manera, los intereses generados por las cesantías se obtienen mediante la fórmula: cesantías multiplicadas por 0,12, multiplicadas por los días trabajados y divididas por 360.

Por ejemplo, con un salario mínimo para el año 2024, incluyendo el subsidio de transporte, totalizando en $1′462.000.

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Si un trabajador devengara este salario durante todo el año, el monto de sus cesantías sería igual a ese salario mensual (1′462.000 X 360 / 360 = 1′462.000). Los intereses generados por estas cesantías alcanzarían los $175.440 (1.462.000 X 0,12 X 360 / 360 = 175.440).

Contrastando con el caso de un trabajador que percibió un salario mínimo en 2023, por un valor de $1′300.000, sus cesantías ascenderían a $1′300.000 (1′300.000 X 360 / 360 = 1′300.000). Los intereses correspondientes a estas cesantías serían de $156.000 (1′300.000 X 0,12 X 360 / 360 = 156.000).

Este cálculo ejemplifica cómo las cesantías pueden representar un ahorro significativo para los trabajadores a lo largo del año, proporcionando una red de seguridad financiera en momentos críticos.

Es crucial que tanto empleadores como empleados estén al tanto de estas disposiciones legales para asegurar el cumplimiento de sus derechos y obligaciones en el ámbito laboral.

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¿Cómo se retiran las cesantías?


Cuando la persona se encuentre desempleado, tiene la posibilidad de retirar la totalidad de su dinero del fondo de cesantías mediante una carta que el empleador debe enviar al mencionado fondo.

Este retiro puede efectuarse en situaciones específicas, como la adquisición de una vivienda o terreno, así como para abonar a créditos hipotecarios. Además, se extiende a casos de ampliación, reparación o mejora de la vivienda del afiliado o su cónyuge.

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En situaciones en las que el retiro tenga como objetivo sufragar gastos educativos, es necesario contar con un comprobante del valor de la matrícula, siempre que esté vinculado a la educación superior del trabajador, sus hijos o su cónyuge.

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