El magistrado César Augusto Rengifo acogió la tesis de la defensa de Aníbal Gaviria en el sentido de que había cumplido 120 días detenido sin que la Fiscalía haya calificado el mérito de instrucción, lo cual para el togado viola los derechos del detenido.
“Así entonces, tal como lo permite advertir el panorama analizado, la conclusión a la que se arriba en este caso no es gratuita, y surge como consecuencia de un irregular proceder que lo mantiene privado de su libertad más allá de la barrera de los 120 días sin que la Fiscalía haya calificado el mérito de la instrucción. Esto es desde el 6 de junio de 2020, fecha en que se torna vigente la suspensión en el cargo por la publicación oficial del decreto, de modo que la causal de libertad solicitada era procedente, por lo que mantener privado de la liberad al procesado se erige en una clara vía de hecho”, señala el fallo.
La Fiscalía le había dictado medida de aseguramiento por presuntas irregularidades en la adjudicación del contrato de la Troncal de la Paz y la Corte Suprema de Justicia había mantenido en firme esta solicitud.
Los hechos habrían ocurrido entre 2004 y 2007 cuando Aníbal Gaviria ocupó su primer periodo en la Gobernación de Antioquia, por lo que el sistema jurídico en el que se le investiga corresponde a las Ley 600.
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Al dictarle medida de aseguramiento bajo detención domiciliaria, la Fiscalía indicó que Gaviria presuntamente “incurrió en los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en concurso homogéneo, y heterogéneo con peculado por apropiación en favor de terceros”.
El contrato en cuestión fue firmado en 2005 por un monto de 41 mil 663 millones 432 mil 778 pesos. “Se pactó inicialmente un anticipo del 25 por ciento y luego se amplió al 29, lo que significó casi 1.500 millones de pesos de más para el contratista”.
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Gaviria se ha mantenido en que es inocente y que él ni siquiera firmó los documentos.