Golpear a su pareja no solo le va a ocasionar perjuicios sentimentales o la ruptura de su relación, esto lo podrá llevar a pagar a una indemnización, así lo determinó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, al estudiar el caso de un médico que le pegaba a su compañera e incurría en otros maltratos.
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“Tras una discusión, le negaba el dinero necesario para el abastecimiento de víveres o instruía al personal de seguridad de la copropiedad donde cohabitaban para que se le impidiera el ingreso a su pareja por varios días. Incluso, llegó a exigirle relaciones sexuales en contra de su voluntad por considerarlo como una retribución por los gastos de alimentación y vivienda que eran suministrados por él”, declaró Luis Alfonso Ríos, magistrado de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.
Para la Corte Suprema de Justicia, no existe inmunidad para quien le cause daño a otra persona y menos cuando se trata de la pareja. Por eso, el daño debe ser resarcido, pero, además, sin que los jueces envíen a la víctima a la Fiscalía y a otras entidades para ser revictimizada.
“Exigir esa duplicidad de esfuerzos fiscales a la mujer maltratada parece revictimizante y constituye una barrera al acceso a una justicia pronta y efectiva, en contravía de los compromisos internacionales adquiridos por Colombia”, añadió el magistrado Ríos.
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En el 2021, en Colombia se registraron 34.042 casos de violencia intrafamiliar entre esposos, mientras que, en el 2020, esos casos fueron 30.551. En tanto, en este año, solo en enero se presentaron 2.523 casos.